Historia de Chile: historia militar (1520-1883)

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Balcells & Company, 1925
 

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Página 420 - El territorio de las provincias de Tacna y Arica que limita por el norte, con el río Sama, desde su nacimiento en las cordilleras limítrofes con Bolivia hasta su desembocadura en el mar...
Página 423 - Fuera de las declaraciones consignadas en los artículos precedentes, y de las obligaciones que el gobierno de Chile tiene espontáneamente aceptadas en el supremo decreto de 28 de marzo de 1882, que reglamentó la propiedad salitrera de Tarapacá, el expresado gobierno de Chile no reconoce créditos de ninguna clase que afecten a los nuevos territorios que adquiere por el presente tratado, cualquiera que sea su naturaleza y procedencia.
Página 423 - El gobierno de Chile declara que cederá al Perú, desde el día en que el presente tratado sea ratificado y canjeado constitucionalmente, el cincuenta por ciento que le corresponde en el producto del guano de las islas de Lobos. Art.
Página 421 - Expirado este plazo, un plebiscito decidirá en votación popular, si el territorio de las provincias referidas queda definitivamente del dominio y soberanía de Chile, o si continúa siendo parte del territorio peruano. Aquel de los dos países a cuyo favor queden anexadas las provincias de Tacna y Arica, pagará al otro diez millones de pesos, moneda chilena de plata o soles peruanos de igual ley y peso que aquella.
Página 423 - Mientras no se ajuste un tratado especial, las relaciones mercantiles entre ambos países subsistirán en el mismo estado en que se encontraban antes del 5 de Abril de 1879.
Página 38 - Al deponer la insignia que caracteriza al jefe supremo del Perú, no hago sino cumplir con mis deberes, y con los votos de mi corazón. Si algo tienen que agradecerme los peruanos, es el ejercicio del supremo poder, que el imperio de las circunstancias me hizo obtener. Hoy que felizmente lo dimito, yo pido al Ser Supremo que conceda a este Congreso el acierto, luces y tino, que necesita para hacer la felicidad de sus representados.
Página 421 - Un protocolo especial, que se considerará como parte integrante del presente tratado, establecerá la forma en que el plebiscito deba tener lugar y los términos y plazos en que hayan de pagarse los diez millones por el país que quede dueño de las provincias de Tacna y Arica.
Página 421 - Terminada la venta del millón de toneladas a que se refiere el inciso anterior, el gobierno de Chile continuará entregando a los acreedores peruanos el cincuenta por ciento del producto líquido del guano, tal como se establece en el mencionado artículo 13, hasta que se extinga la deuda o se agoten las covaderas en actual explotación. Los productos de las covaderas o yacimientos que se descubran, en lo futuro, en los territorios cedidos pertenecerán exclusivamente al gobierno de Chile. Art....
Página 420 - Pacífico, continuará poseído por Chile y sujeto a la legislación y autoridades chilenas durante el término de diez años contados desde que se ratifique el presente Tratado de Paz.
Página 424 - El presente tratado será ratificado, y las ratificaciones canjeadas en la ciudad de Lima, cuanto antes sea posible, dentro de un término máximo de ciento sesenta días contados desde esta fecha. "En fe de lo cual los respectivos plenipotenciarios lo han firmado por duplicado y sellado con sus sellos particulares.

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