RECTIFICACION El Código de Comercio vigente en Méjico es el de 20 de Abril de 1884, puesto en observancia desde 20 de Julio del mismo año, y no el expresado, por error de copia, en la pág. 77 del tomo I. I CREANDO LAS CÁMARAS DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN, y estableciendo las bases para su constitución, y atribuciones que les son propias. MINISTERIO DE FOMENTO EXPOSICIÓN SEÑORA: Los esfuerzos que en los últimos siglos ha venido haciendo España para desarrollar su vida económica, se estrellaron hasta ahora en la falta de una organización suficiente para dar fórmula á este deseo de encauzar tan diversas aspiraciones. El trabajo y la industria, al compas de los demás intereses de la vida humana, y quizás con mayor necesidad que algunos de ellos, no están suficientemente amparados con la aislada actividad del individuo, y necesitan adquirir por medio de la libre asociación poderosos organismos, con los cuales, resumiéndose y concertándose los esfuerzos de todos sin mengua de la libertad de cada uno, puedan obtenerse prontos y eficaces beneficios para el desarrollo y engrandecimiento de aquellos generales intereses. No de otro modo, ni por distintos procedimientos, han conseguido hoy llegar al gran desarrollo de su industria y de su comercio las naciones que en esto nos preceden, y no tampoco se consiguió en los siglos medios dar una existencia segura y suficiente para las necesidades de la época al trabajo y á la producción sino por medio de los Gremios, de las Bolsas y de las Ligas. TOMO II 34 |