La ley penal: Estudios prácticos sobre la interpretación, inteligencia y aplicación del Código de 1870, en su relación con los de 1848 y 1850, con nuestras antiguas leyes patrias y con las principales legislaciones extranjerasLib/ de A. de San Martín, 1876 - 476 páginas |
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... luego que la extinga , debe ser indultado siempre que por su conducta ó por otras circunstancias no se haya hecho indigno de la gracia . La responsabilidad penal personal se extingue : Por la muerte del reo . Por el cumplimiento de la ...
... luego que la extinga , debe ser indultado siempre que por su conducta ó por otras circunstancias no se haya hecho indigno de la gracia . La responsabilidad penal personal se extingue : Por la muerte del reo . Por el cumplimiento de la ...
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... luego el expresado párrafo viene á ser ocioso . No aceptada , ni lo es ni puede serlo . Sin ley previa , que pueda que- brantarse , el quebrantamiento , natural , moral y materialmente , es im- posible . El pensamiento y objeto de este ...
... luego el expresado párrafo viene á ser ocioso . No aceptada , ni lo es ni puede serlo . Sin ley previa , que pueda que- brantarse , el quebrantamiento , natural , moral y materialmente , es im- posible . El pensamiento y objeto de este ...
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... luego y con el necesario acierto establecerla ; por más que puedan ocurrir casos de mayor dificultad , sobre todo , cuando los actos agresivos se dirigen contra las personas . De cualquier manera , el más ó el ménos del proyecto , el ...
... luego y con el necesario acierto establecerla ; por más que puedan ocurrir casos de mayor dificultad , sobre todo , cuando los actos agresivos se dirigen contra las personas . De cualquier manera , el más ó el ménos del proyecto , el ...
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... Luego no resulta verdadera armonía , no existe consecuencia lógica perfecta entre el párrafo 1. ° y el 2. del art . 5. ° del Código de 1870 : luego el delito frustrado , si no mal definido , está acaso algo oscuro . Y el culpable que ...
... Luego no resulta verdadera armonía , no existe consecuencia lógica perfecta entre el párrafo 1. ° y el 2. del art . 5. ° del Código de 1870 : luego el delito frustrado , si no mal definido , está acaso algo oscuro . Y el culpable que ...
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... luego parece como que el de- lito se inicia con otro carácter , tomando el de una tentativa de estupro perfectamente definida . Supongamos que á la firme negativa y á las reconvenciones de María el pastor se ve obligado á ceder de su ...
... luego parece como que el de- lito se inicia con otro carácter , tomando el de una tentativa de estupro perfectamente definida . Supongamos que á la firme negativa y á las reconvenciones de María el pastor se ve obligado á ceder de su ...
Contenido
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La Ley Penal: Estudios Prácticos Sobre La Interpretación, Inteligencia Y ... Manuel Azcutia Sin vista previa disponible - 2019 |
Términos y frases comunes
abuso accion acto agra agravacion alevosía analogía aplicacion apreciacion arresto asesinato atenuacion autor cadena perpétua castigo causa cion circuns circunstancia agravante circunstancias atenuantes Código de 1870 cometido cómplices comprende concepto concreto condena condiciones consignado correccional crímen criminal culpable cuya dado daño debe debia delincuente delinque despues determina directa disposiciones doctrina efectos ejecucion ejecuta ejemplo embargo encubridores entenderse escala especial establece explica expresa falta grado máximo grado medio grado mínimo grave habia habria halla hemos homicidio hubiera hurto imponer indemnizacion indispensable inhabilitacion absoluta inmoralidad interpretacion justicia legal legislacion legislador lleva luego menor meses miedo insuperable muerte necesario objeto ocasion ofendido párrafo parricidio pena capital pena de muerte penal perjuicio persona podria precepto precisamente premeditacion presidio primero prision producir propia provocacion público punible punto razon razon filosófica reclusion recurso de casacion reglas reincidencia relegacion respecto responsabilidad civil resultado robo segundo sentencia supone tambien tancia temporal tículo Tribunal Supremo último
Pasajes populares
Página 296 - Aprovechándose por sí mismos ó auxiliando á los delincuentes para que se aprovechen de los efectos del delito. 2.° Ocultando ó inutilizando el cuerpo, los efectos ó los instrumentos del delito para impedir su descubrimiento. 3.° Albergando, ocultando ó proporcionando la fuga al culpable, siempre que concurra alguna de las circunstancias siguientes: Primera. La de intervenir abuso de funciones públicas de parte del encubridor. Segunda. La de ser el delincuente reo de traición, regicidio,...
Página 243 - Haber sido castigado el culpable anteriormente por delito á que la Ley señale igual ó mayor pena, ó por dos ó más delitos á que aquélla señale pena menor.
Página 336 - Las penas que pueden imponerse con arreglo á este Código y sus diferentes clases, son las que comprende la siguiente ESCALA GENERAL Penas aflictivas. Muerte. Cadena perpetua. Reclusión perpetua. Relegación perpetua. Extrañamiento perpetuo. Cadena temporal. Reclusión temporal. Relegación temporal. Extrañamiento temporal. Presidio mayor. Prisión mayor.
Página 109 - No delinquen, y por consiguiente están exentos de responsabilidad criminal (1): 1.° El imbécil y el loco, á no ser que éste haya obrado en un intervalo de razón. Cuando el imbécil ó el loco hubiere ejecutado un hecho que la ley calificare de delito grave, el Tribunal decretará su reclusión en uno de los hospitales destinados á los enfermos de aquella clase, del cual no podrá salir sin previa autorización del mismo Tribunal.
Página 71 - Hay delito frustrado cuando el culpable practica todos los actos (1) En el Proyecto de ley presentado á las Cortes se leia de que. de ejecución que deberían producir como resultado el delito, y sin embargo no lo producen por causas independientes de la voluntad del agente.
Página 321 - El viajero que lleve en su equipaje joyas, pedrerías, billetes de banco, dinero, acciones de sociedades industriales, títulos de la deuda pública ú otros objetos de valor, deberá hacerlo constar, exhibiéndolos antes de verificarse el registro, manifestando la suma total que estos efectos representen, ya sea según su valor en venta, ya por el precio en que se les estime. La falta de este requisito relevará de responsabilidad á la empresa en caso de sustracción ó extravío.
Página 123 - El mayor de nueve años y menor de quince, á no ser que haya obrado con discernimiento. El Tribunal hará declaración expresa sobre este punto para imponerle pena ó declararle irresponsable. Cuando el menor sea declarado irresponsable, en conformidad con lo que se establece en este número y en el que precede, será entregado á su familia con encargo de vigilarlo y educarlo.
Página 296 - Son encubridores los que, con conocimiento de la perpetración del delito, sin haber tenido participación en él como autores ni cómplices, intervienen con posterioridad á su ejecución de alguno de los modos siguientes: 1.° Aprovechándose por sí mismos ó auxiliando á los delincuentes para que se aprovechen de los efectos del delito. 2.° Ocultando ó inutilizando el cuerpo, los efectos ó los instrumentos del delito para impedir su descubrimiento.
Página 144 - El que en ocasión de ejecutar un acto lícito con la debida diligencia, causa un mal por mero accidente, sin culpa ni intención de causarlo.
Página 56 - Son delitos ó faltas las acciones y omisiones voluntarias penadas por la Ley. Las acciones y omisiones penadas por la Ley se reputan siempre voluntarias, á no ser que conste lo contrario.