Imágenes de páginas
PDF
EPUB
[graphic]

TOMO LX.

26

[ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors]
[ocr errors]
[blocks in formation]
[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][ocr errors]

Nombre

Linderos

Número

de la calle 6 plaza donde por ambos lados, donde del expediente de su estén situadas las fincas. no están numeradas.

referencia.

[ocr errors][ocr errors]
[ocr errors]
[blocks in formation]

CATEGORIA 4.-CLASE 1.'-PARTE 2.*

Minas propias del Estado y que por lo tanto son intrasferibles.

Sus gastos anual

mente...

En el segundo cuáles sean sus productos. al año, calculados: ó justificados.....

En el primer caso la cantidad á que asciende el arriendo.

Arrendadas 6 explo tándose por el Es

-tado....

Si están ó no en tra bajos.....

Término municipal en que se hallan.

Mineral que se ex

trae...

Sus nombres..

Orígen de las minas,

[graphic][merged small][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][subsumed][ocr errors][ocr errors][subsumed][ocr errors][subsumed][subsumed][ocr errors]

838.

GOBERNACION.

[21 Noviembre.] Real órden, recordando á las Juntas de Sanidad el cumplimiento de la Real órden de 25 de Enero de este año, y mandando excepto en el caso que se expresa, no se sujeten á medidas sanitarias los buques que hayan sido visitados en otro puerto de la Península.

[ocr errors]

que,

Enterada la Reina (Q. D. G.) de que algunas Juntas marítimas de Sanidad, á pesar de lo dispuesto en la Real órden circular de 25 de Enero de este año, continúan sujetando los buques que llegan á los puertos de su jurisdiccion, al trato que tienen por conveniente, sin que estos hayan sufrido accidente alguno despues que fueron reconocidos por otras de su clase; y considerando que esta irregular conducta, á la vez que establece diferente aplicacion de las disposiciones sanitarias vigentes, ocasiona no pequeños perjuicios al comercio en general; S. M., conforme con el parecer del Consejo de Sanidad, ha tenido á bien resolver que las Juntas marítimas de Sanidad cumplan exactamente lo preceptuado en la Real órden circular de que va hecha mencion, y además, que cuando hubiese sido visitado un buque en un puerto de la Península, y sometido al trato que aquellas Autoridades sanitarias estimasen oportuno, si pasa á otro ú otros puertos de la misma, ó de las islas Baleares, no se le sujete á ninguna nueva medida sanitaria, á no ser que hubiere ocurrido á bordo algun accidente que infunda sospecha, ó haya mediado roce ó comunicacion sospechosa.

De Real órden lo digo á V. S. para su inteligencia y cumplimiento. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 21 de Noviembre de 4853. San Luis. Sr. Gobernador de la provincia de.....

839. GUERRA.

[22 Noviembre. Real órden, declarando que el año de abono otorgado con motivo del natalicio de la augusta Princesa de Asturias, sirve para optar á la placa de la Orden de San Hermenegildo.

Excmo. Sr.: El Sr. Ministro de la Guerra dice con esta fecha al Capitan general de la isla de Cuba lo que sigue:

«He dado cuenta á la Reina (Q. D. G.) de la carta de V. E. número 524, por la que consulta si el año de abono para optar á la

« AnteriorContinuar »