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BIBLIOTECA JURÍDICA

DE LA

REVISTA GENERAL DE LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA

(Sección de Jurisprudencia.)

JURISPRUDENCIA CIVIL

60

JURISPRUDENCIA CIVIL

COLECCIÓN COMPLETA

DE LAS

SENTENCIAS DICTADAS

POR EL

TRIBUNAL SUPREMO

EN RECURSOS DE NULIDAD

CASACIÓN CIVIL É INJUSTICIA NOTORIA
Y EN MATERIA DE COMPETENCIAS

desde la organización de aquellos en 1838 hasta el dia.

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JURISPRUDENCIA CIVIL

SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

EN

RECURSOS Y COMPETENCIAS

1.a

RECURSO DE CASACION (1.o de Junio de 1886).—Sala primera.- Reivindicación.-No ha lugar al interpuesto por D. Juan Gutiérrez Fernández con D. Juan Rodríguez González y otros (Audiencia de Oviedo), y se resuelve:

Que la sentencia recurrida no infringe los artículos 23, 27, 66 y 396 de la ley Hipotecaria, porque no teniendo los recurrentes en las fincas objeto del pleito derecho alguno inscrito á su favor, y no pudiendo por lo mismo ostentar el carácter de terceros, no cabe que en concepto de tales les perjudique la admisión de los documentos presentados por los demandantes, y por lo tanto, no se está en el caso previsto por los mencionados artículos.

En la villa y corte de Madrid, á 1.o de Junio de 1886, en el pleito seguido en el Juzgado de primera instancia de Avilés y en la Sala de lo civil de la Audiencia de Oviedo por D. Juan y D. Valentín Rodríguez y González y D. Aureliano Gutiérrez en representación de su mujer Doña Carmen Rodríguez y González, propietario y vecino de Luanco el primero, no constando la profesión y vecindad de los otros, con Doña Josefa Menén dez y Arenas, propietaria, vecina de San Martín de Podes, D. Juan Gutiérrez y Fernández, D. José Ovies y Menéndez y D. Manuel Fernández Buján y Fernández, labradores los dos primeros, y el tercero Cura propio de la parroquia de Manzaneda, vecinos los tres de los barrios de la Reguera y los Valles, en la prroquia de San Martín de Podes, sobre reivindicación de bienes raíces, pendiente ante Nos en virtud de recurso de casación por infracción de ley, interpuesto por los demandados bajo la dirección del Licenciado D. Eduardo Santana y López, y representados por el Procurador D. Julián Merinero y Ginés, habiéndolo sido los recurridos por el Licenciado D. Manuel Pedregal y Cañedo y el Procurador D. Celestino Armiñán:

Resultando que por escritura pública de 6 de Mayo de 1653 D. Domingo Fernández Pumarino vendió á D. Francisco Menéndez de la Granda las caserías de la Reguera, compuestas de casa alta y baja y corrales, sito en el lugar de la Reguera, parroquia de San Martín de Podes, con un huerto

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