Jurisprudencia civil: colección completa de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en recursos de nulidad, casación civil é injusticia notoria y en materia de competencias desde la organización de aquéllos en 1838 hasta el día ..., Volumen60

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Editorial Reus, 1887

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Página 41 - En los juicios en que se ejerciten acciones personales-, será Juez competente el del lugar en que deba cumplirse la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, si hallándose en él, aunque accidentalmente, pudiera hacerse el emplazamiento.
Página 216 - ... compromiso, no surtirá efecto contra tercero, como no se haga constar en el Registro por medio de una inscripción nueva, de una cancelación total ó parcial, ó de una nota marginal, según los casos.
Página 56 - Los Jueces y Tribunales apreciarán la fuerza probatoria de las declaraciones de los testigos conforme á las reglas de la sana crítica, teniendo en consideración la razón de ciencia que hubieren dado y las circunstancias que en ellos concurran.
Página 205 - Los contratos de comercio se han de ejecutar y cumplir de buena fe, según los términos en que fueron hechos y redactados, sin tergiversar con interpretaciones arbitrarias el sentido propio y genuino de las palabras dichas ó escritas, ni restringir los efectos que naturalmente se deriven del modo en que los contratantes hubieren explicado su voluntad, y contrajeron sus obligaciones.
Página 216 - Todo hecho ó convenio entre las partes, que pueda modificar ó destruir la eficacia de una obligación hipotecaria anterior, como el pago, la compensación, la espera, el pacto ó promesa de no pedir, la novación del contrato primitivo y la transacción...
Página 596 - También podrá admitirse el expresado documento cuando se presente para pedir la declaración de nulidad y consiguiente cancelación de algún asiento que impida verificar la inscripción de aquel documento.
Página 29 - Cuando se ejerciten acciones personales, el del lugar convenido para el cumplimiento de la obligación, y á falta de éste, á elección del demandante, el del domicilio del demandado ó el del lugar del contrato, con tal que el demandado se halle en él aunque sea accidentalmente.
Página 443 - Cuando hubiere condena de frutos, intereses, daños o perjuicios, se fijará su importe en cantidad líquida o se establecerán, por lo menos, las bases con arreglo a las cuales deba hacerse la liquidación. Sólo en el caso de no ser posible lo uno ni lo otro, se hará la condena, a reserva de fijar su importancia y hacerla efectiva en la ejecución de la sentencia.
Página 292 - Se considera como fecha de la inscripción para todos los efectos que esta debe producir, la fecha del asiento de presentación, que deberá constar en la inscripción misma.
Página 581 - Art. 13. La comparecencia en juicio será siempre por medio de Procurador, con poder declarado bastante por un Letrado. El poder se acompañará precisamente con el primer escrito, sin que se permita en ningun caso la protesta de presentarlo. Podrán, sin embargo, comparecer los interesados directamente: 1.° En los actos de jurisdiccion voluntaria. 2.° En los actos de conciliacion.

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