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colocarian lápidas en todas las capitales. Se le obsequiaba un millon de pesos para sí, y otro millon para que lo distribuyese á su arbitrio entre los generales, gefes y oficiales. Sucre fué confirmado en su grado de Gran Mariscal de Ayacucho, y despues se le recompensó con el premio de doscientos mil pesos, que le fueron adjudicados en la hacienda de la Huaca, del valle de Chancay, la que valia mucho mas. Para pagar los millones decretados se autorizó al gobierno á levantar un emprestito con independencia de otros, que pudiera contratar para las demas atenciones de la república. Cuantos habian hecho la campaña libertadora, serian considerados peruanos de nacimiento y con opcion á todos los destinos del Perú, para los que reunieran los requisitos legales.

Mas desprendido Bolívar del dinero, que del poder, renunció una y otra vez el millon ofrecido, y solo lo aceptó para sus hermanos de Caracas, cuando el Congreso insistió por tercera vez en otorgarselo para que fuera distribuido en beneficio de la ciudad, que habia tenido la dicha de darle el ser. El Libertador habia manifestado, que de su parte seria una inconsecuencia monstruosa recibir del Perú un género de recompensa, que jamas habia querido aceptar de su patria; le bastaba el honor de haber merecido del Congreso peruano señaladas pruebas de estimacion y de

reconocimiento.

Algunos diputados, queriendo moderar el poder dictatorial, propusieron, que se reuniera el senado conservador; mas perdieron la cuestion por un voto. Otros íban á proponer, que, siendo ya segura, segun las últimas noticias, la pacificacion del Alto Perú, se restableciera el régimen constitucional; pero desistieron de su intento por consejo de Mariategui, quien por indicaciones ministeriales sabia bien el peligro de semejantes proyectos. La camara habia autorizado al Liber

tador á socorrer á Colombia, con tropas, buques y otros elementos de guerra, levantando emprestitos, imponiendo contribuciones, desterrando á personas peligrosas y modificando las leyes, que fuera menester, en el caso de realizarse la agresion, que se anunciaba de parte de la Francia. Como la autorizacion decretada se hubiera publicado en la Gaceta, omitiendo esa condicion esencial, reclamó Mariategui de tan importante omision; y el Ministro Unanue se limitó á decirle por toda disculpa: "temo, que muera U. jóven."

Se habia resuelto en 23 de febrero: 1.° que el ejército unido marchará contra el enemigo hasta destruir, á juicio del Libertador, el último peligro, de que la libertad del Perú estuviera nuevamente invadida ó perturvada, estableciendo provisoriamente en las provincias (Alto Perú) el gobierno mas analogo á sus circunstancias; 2.° que esta empresa fuera de la respon sabilidad de la república del Perú, hasta tanto, que llegará el caso del artículo anterior, 3.° que, si verifi cada la demarcacion, segun, el artículo constitucional, resultaran las provincias altas separadas de esta repú blica, el Gobierno, á quien pertenecieren, indemni zaria al Perú los gastos causados en emanciparlasBolívar se proponia recorrerlas, despues de haber visitado los departamentos meridionales del Perú, cuya organizacion demandaba su accion inmediata, segun su modo de pensar. Los recelos, de que en ausencia del Dictador volviera el Congreso sobre sus pasos, modificando la humillante resolucion del 10 de fe brero, habian movido á Pedemonte y Ortiz Ceballos á proponer el 18 la inmediata clausura de la legislatu ra. Realmente era anómala, cuando no ridicula, la po sicion de los legisladores, despues de haber decretado una ilimitada dictadura; así lo hizo ver una comision compuesta de liberales y conservadores en un informe luminoso, que sin faltar á las formas serviles

de la situacion, decia entre otras cosas:

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"El Congreso por su memorable decreto del dia 10 ha investido de nuevo á S. E. el Libertador de la amplitud de facultades, que obtuvo en el tiempo de la Dictadura, con retencion de los tres poderes soberanos, que entonces ejercia; y habiendose dignado aceptar, debe haber cesado en la Representaeion Nacional la autoridad legislativa para todos aquellos actos, que no esten intimamente conexos, y que deban reputarse unos con la trasmision del Supremo mando, de que generosamente ha querido desnudarse el Congreso, en beneficio mismo de los pueblos, que se le confirieron. Las acciones de gracias, las súplicas al Congreso de Colombia, para que dispense al Libertador el permiso de mandarnos; la ley de premios al ejercito, en testimonio de la gratitud peruana, y otros decretos de esta clase, no han podido expedirse sino por los Representantes mismos, como consecuencia inmediata de su principal resolucion, y como naturalmente impracticables por aquel mismo, de cuyo honor, y recompensas se trata en ellos. Mas todo lo que sal ga de este círculo, es un e ercicio monstruoso, incompa tible con el que ya se ha trasferido, y tan indecoroso al delegado, como á los mismos delegantes: á aquel por la contradiccion, que envuelve la amplitud, y universalidad de facultades, que le ha declaiado, con las que continuase ejerciendo el Congreso, sin haberse reservado algunas en el decreto de su trasmision; y por lo mismo indecoroso el uso de ellos á los Represen tantes, al manifestar un arrepentimiento práctico de haberlas renunciado, y un deseo nada moderado y honesto de reasumirlas. Cree tambien la comision, que el Gobierno, por nn efecto de delicadeza ó por el deseo del mejor acierto en sus resoluciones, quiere dirijir al Congreso las consultas, que han anunciado los Ministros, sin advertir la irregularidad, que resulta de

la intervencion de los representantes en asuntos, cuyo conocimiento absolutamente han dimitido, y de los que no ha manifestado S. E. el Libertador querer descargarse, al prestar tan generosa, como ilimitadamente su aceptacion del nuevo mando. La armonia pues y consecuencia de los actos de la Rspresentacion nacional con respeto á S. E. el Libertador exigen su total prescindencia, en clase de Cuerpo Legislativo, de los negocios públicos, que con universal satisfaccion le estan encomendados, y á cuyo perfectisimo y feliz desempeño bastan los talentos del Gobierno solo, en cuyas operaciones descansa tan lisongeramente la Representacion Nacional, como pudiera en las del Congreso general mas ilustrado: por tanto la comision opina.

1.° Que el Sr. Presidente del Congreso exponga, en una nota oficial, á S. E. el Libertador, que, habiendole trasferido el Congreso todos los poderes, que en el momento de su dimision se suponían reasumidos poi la Asamblea representativa, y S. E., aceptandoles tan generosamente y sin reserva, debe contemplarse autorizado para resolver por sí solo todos los puntos, sobre que versan las consultas de los actuales Minis tros, á quienes opina la comision deben devolverse, con expresion, de que el Congreso solo espera la contestaçion de S. E. á la presente nota para acordar la últi ma sesion, en que el Congreso Constituyente declare concluidas sus funciones.

Conforme á ese dictamen se acordó dias despues la clausura de las sesiones, que tuvo lugar el 10 de Marzo al mes de la apertura. El Presidente de la asamblea se mostró muy satisfecho en ese acto, por cuanto los diputados aparecian tan grandes, abdicando el poder supremo, como lo habian sido antes, de fendiendolo contra un usurpador. En verdad se mostraron tan pequeños en Agosto de 1823, sirviendo de

instrumentos á Torretagle, como en Febrero de 1825, acordando con humillante exaltacion la prolongacion de la dictadura.

A falta de un Congreso, que con su iniciativa pudiera cohonestar las tendencias opresoras, ideó Bolivar un consejo de gobierno, que, investido con la autoridad nominal y con los honores del Presidente de la República, no fuera en realidad sino el órgano de la voluntad dictatorial. El Consejo ejereria su autorida sobre todos los ramos en los departamen tos del norte; no se mesclaria en los casos de la guer ra respecto de los departamentos meridionales, y aun sus demas resoluciones habrian de aplicarse en estos, previa orden del secretario, que acompañara al Liber tador. En todo caso conservaba este la plenitud del poder. Segun la primitiva organizacion acordada el 24 de febrero, se compondria el consejo de tres miembros: Lamar, lo presidiria con voto decisivo, Unanue Ministro de Hacienda, y Carrion de gobier no y relaciones exteriores, serian vocales con voto consultivo. Por ausencia de Lamar y por enfermedad de Sanchez Carrion se resolvió en 1.° de Abril, que la presidencia del consejo fuera ocupada interinamente por Unanue, el ministerio de hacienda por Pando ex-secretario de estado en España, y el de gobierno y relaciones exteriores por Heres, designado antes ministro de la guerra para acompañar al Dictador. En vez de Heres marchaba con Bolivar ahora el coronel Perez, invistiendo el caracter de Secretario General, y sirviendole de órgano de sus ordenes y comunicaciones con el consejo de gobierno y con todas las autoridades de la república.

Instalado el consejo con toda solemnidad el 3 de Abril, emprendió el Dictador su viage el 10; llegó el 18 á Ica, de donde salió para Arequipa el 22; caminando por la costa, hizo su entrada en la última

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