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Un espositor presentó la mocion de que los comisionados de cada provincia corrijan la parte del catálogo general de productos presentados, á ella referente, y se acordó solicitarlo asi del consejo de calificacion ó de quien corresponda. En seguida se disolvió la reunion.

Causa célebre.-Hemos leido el estracto de la acusacion fiscal formulada tiempo há en la causa que se sigue en el juzgado de Hacienda de Madrid sobre la falsificacion de documentos y malversacion de efectos públicos ocurrida hace seis años.

Para dar una idea de este proceso estraordinario, de su volúmen, de su complicacion, de sus incidentes y del improbo trabajo que habrá causado a los encargados de su instruccion, bastará decir que cuando llegó el caso de formularse la acusacion fiscal, el sumario constaba de 62 piezas, tenia 4,500 fólios, obraban en ellos mas de 300 declaraciones dignas de consultarse, emanaban de él cerca 150 espedientes gubernativos, y se contaban por millares los datos numéricos que era preciso consultar y cotejar para formar una idea exacta y completa del mismo. La acusacion fiscal tiene 100 fólios próximamente.

En ella el celoso é ilustrado promotor de Hacienda del juzgado de la corte, D. Luciano Boada y Valladolid, ha desentrañado este vasto proceso con una inteligencia y un tacto que le honran sobremanera, y su trabajo es tan notable y estraordinario, que el señor fiscal del Tribunal Supremo lo propuso para la cruz de Cárlos III, como justa recompensa de su celo y la→ boriosidad.

Segun creemos, todavía no han terminado sus defensas los abogados de los reos en cerca de tres años que llevan ya corriendo los traslados. Esto solo podria probar lo voluminoso y difícil del proceso.

Venta de un niño por su madre.-Parece que se ha elevado al gobierno de S. M. consulta sobre un crímen no previsto en el Código penal y que consiste en la venta de un niño de año y medio, verificada por su propia madre en el partido judicial de Moron, mediante la suma de seis reales.

Crimen horrible.-Hé aquí el que se ha sometido al fallo de los tribunales de Oran:

Una desgraciada española, honrada y digna madre de familia, la señora Llorca, al regresar á su quinta de vuelta de San Andrés de Mers-el-Kebir, fué detenida en el camino por una horda de malhechores, que le hicieron sufrir el último de los ultrajes, y fué cobardemente asesinada, despues de haber visto matar á su presencia á su hijo, de edad de 12 años; este jóven testigo podria descubrir á los asesinos, y se desembarazaron de él asesinándole; dudando despues de su muerte, le atravesaron el cuerpo á puñaladas. El marido y padre de las dos víctimas, inquieto por su tardanza, fué á buscarlos por si mismo, y halló los cadáveres decapitados y mutilados.

Declarados culpables sin circunstancias atenuantes los cinco árabes, han sido condenados á la pena de muerte. La ejecucion se hará en una plaza pública de Orán.

Reformas administrativas y judiciales en Túnez.—Gracias á la eficaz y decidida cooperacion de los gobiernos de Francia é Inglaterra, el bey de Túnez ha promulgado diversas disposiciones encaminadas á introducir la igualdad ante la ley, la igualdad en los impuestos, y la limitacion en el servicio militar, proclamando al mismo tiempo la libertad

completa de cultos, de comercio, de industria y de propiedad para todos sus súbditos, y creando asimismo tribunales criminales y de comercio, compuestos por mitad de musulmanes y judíos ó cristianos. La influencia que tan importantes medidas ha de ejercer en la civilizacion de Africa, debe ser muy grande para el porvenir.

Congreso estadístico internacional.—Al Diario de Francfort dicen con fecha 30 de agosto desde Viena lo que sigue:

«El congreso estadístico internacional que en la próxima mañana abre sus sesiones, promete ser brillantísimo, puesto que, escuchando el llamamiento de nuestro gobierno, casi todas las naciones europeas han enviado. sus representantes oficiales. Hasta el dia de ayer han llegado ya los órganos de los gobiernos de la Gran-Bretaña, Francia, Turquía, Rusia, Bélgica, Paises Bajos, España, Portugal, Baviera, Sajonia, Hannover, Wurtem→ berg, de los Estados Pontificios, de Toscana, de las Ciudades Anseáticas y de Francfort, de Suiza, Dinamarca, Suecia, Baden, Weimar, Nasau, etc.

Grande es la satisfaccion que se esperimenta aquí en tener la positiva esperanza de que ningun acontecimiento vendrá á entorpecer la consecucion de los beneficios esperados á favor de la ciencia y la práctica de la administracion. Por lo mismo choca tanto mas que entre los gobiernos europeos se han, casi esclusivamente, retraido la Prusia y la Cerdeña de concurrir á tan importante congreso. El ministro de Comercio, caballero de Togemburg, inaugurará mañana la asamblea pronunciando un discurso en idioma aleman y otro en francés. Dicese que dentro de pocos dias regresará el emperador á Viena para recibir á los representantes oficiales de los diferentes gobiernos.>>

Entre las resoluciones adoptadas en este Congreso internacional, de estadística, citarémos como mas importantes las siguientes:

1. Establecer una comision internacional para el perfeccionamiento de la estadística del procedimiento penal, é invitar á los gobiernos que comuniquen á esta comision el resúmen de la respectiva legalizacíon vigente.

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2. Adoptar para la estadística industrial un programa de clasificacion de productos dejando á un lado las primeras materias y esceptuando lo que concierne á la esplotacion de las minas. La memoria relativa á esta proposicion se pronuncia enérgicamente contra la estadística conjetural, é invita al Congreso á gestionar con empeño cerca de los gobiernos para que adopten el sistema métrico de pesas y medidas.

3. Admitir la estadística de la literatura en el programa del Congreso próximo.

4. Suprimir los informes verbales de los delegados oficiales de los gobiernos y sustituirlos por un informe general que redactará un comité especial.

5. Adoptar un programa uniforme de estadística médica.

6. Presentar en el próximo Congreso una relacion de los Bancos, institutos de crédito y sociedades por acciones de los diferentes Estados.>>

Por la Seccion de Variedades,
JOSÉ REUS.

Administrador y editor responsable, D. BASILIO MARTINEZ.
MADRID.-1857.

IMPRENTA DE LA Revista de Legislacion, A CARGO DE JULIAN MORALES,
Plazuela del Dugue de Alba, núm. 4.

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Ministerio de la Guerra. Por Ley de 3 de octubre, publicada en la Gaceta del 10, se concede á doña Juana del Plano la pension de 6,000 reales anuales durante su vida.

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Ministerio de Marina.-Por Real decreto de 7 de octubre, publicado en la Gaceta del 10, se aprueba el Reglamento para la Academia de Estado mayor de artillería de la Armada, insertándose á continuacion.

Por Real orden de 7 de octubre, publicada en la Gaceta del 10, se señala el dia 3 de enero próximo para dar principio en la capital del departamento de Cádiz á los exámenes de los alumnos de la Academia de la ArtiHería de la Armada.

Ministerio de Hacienda.-Por Real decreto de 30 de setiembre, publicado en la Gaceta del 8 de octubre, se fijan varias reglas y se reunen en una sola todas las disposiciones vigentes sobre circulacion de mercancias.

Por Real orden de 2 de octubre, publicada en la Gaceta del 8, se manda proceder inmediatamente á imprimir y circular los aranceles de importacion y esportacion al estranjero y posesiones de Ultramar.

Por Real orden de 29 de setiembre, publicada en la Gaceta del 9 de octubre, se dispone que los Contadores de Hacienda pública sustituyan á los Comisarios régios de los Bancos establecidos fuera de la corte en las vacantes, ausencias ó enfermedades de dichos funcionarios.

Por Real decreto de 3 de octubre, publicado en la Gaceta del 10, se manda que desde 1.° de enero de 1838 se espendan los tabacos que existan elaborados, y los que nuevamente se elaboren, á los precios siguientes: Rapé, 28 rs. libra; polvo, 36; cigarros peninsulares superiores, 48 céntimos pieza; id. de primera y segunda, 30; id. de dama mistos y comunes, 18; picado habano puro, un real 24 céntimos onza; id. habano filipino, 1-6; id. superior, 1; id. misturado 77; tuses peninsulares, 1-65 cajetilla; cajetillas de cigarros de papel de la isla, 1-42; id. de habano puro, 1-12; id. de habano y filipino, 89; id. de misturado, 65; id. largos de TOMO VIII. (15 de octubre de 1857.)

6

primera y segunda clase, 1-59; id. regulares de primera y cuarta y suaves, 1-6; id. superiores, 89; id. filipino 77; id. misturados, 30; cigarros habanos imperiales, 1-42; cigarros regalía superiores, 1-18; y regalía co⚫ mun, 71.»>

setiembre, publicad

Por Real orden de 23 de setiembre, publicada en la Gaceta de 10 de octubre, se amplía á un año el término de 15 dias que el art. 120 de la Instruccion de Aduanas señala para que los introductores de mercancías estranjeras soliciten la espedicion de certificados.

Por otra de 1.o de octubre, publicada en la Gaceta del 10, se dictan varias reglas, sobre la zona fiscal en las provincias españolas fronterizas de España y Portugal, para la introduccion y salida de ganados.

Por otra de 3 de octubre, publicada en la Gaceta del 10, se manda que solo se consideren como incidencias de Aduanas las aprehensiones que se verifiquen por el cuerpo de Carabineros al tenor de lo dispuesto en la Real órden de 27 de octubre de 1856.

Por otra de 6 de octubre, publicada en la Gaceta del 12, se autoriza el establecimiento de un depósito especial de comercio en la plaza de Santander.

Ministerio de la Gobernación. Por Real órden de 3 de octubre, publicada en la Gaceta del 7, se manda que al pedirse autorizacion para obras, en cuanto tengan relacion con la sanidad, se acompañe el presupuesto de ellas, informe acerca de su utilidad 6 necesidad, y pliego de condiciones que haya de servir para la subasta.

Ministerio de Fomento.-Por Real orden de 25 de setiembre, publicada en la Gaceta de 7 de octubre, se aprueban los contratos proyectados entre la Direccion del Canal Imperial de Aragon y D. Calixto Lombiere, D. Domingo de Domingo y Azlor, D. Aniceto Luezma, D. Nicolas García, D. Gregorio Campos y D. Felipe Almeh.

Por otra de 1.o de octubre, publicada en la Gaceta del 7, se resuelve que hasta que no esté completo el cuadro de profesores en las Universidades, no se haga alteracion en los que disfrutan aumento de sueldo por antigüedad.

Por Real decreto de 7 de octubre, publicado en la Gaceta del 8, se aprueba el Reglamento para la Escuela superior de pintura, escultura y grabado, insertándose á continuacion.

Por Real órden de 2 de octubre, publicada en la Gaceta del 9, se designa el uniforme de los indivíduos de las demás Reales Academias para los que pertenezcan á la de Ciencias morales y políticas, y se manda que esta proponga el emblema y atributos que hayan de figurar en el anverso y reverso de la medalla correspondiente al referido uniforme.

Por la seccion Legislativa,
JOSÉ REUS.

SECCION DE JURISPRUDENCIA.

Consultas del Consejo Real.-El Consejo Real, terminadas sus vacaciones de verano, ha vuelto á emprender de nuevo sus trabajos. Ade más de varias sentencias dictadas en pleitos que se han agitado ante el mismo, ha formulado en el mes de setiembre diez y ocho dictámenes en espe◄ dientes de competencias y de autorizaciones para procesar, cuyo estracto es el siguiente:

«Decidiendo á favor de la Administracion una competencia suscitada entre el Gobernador de la provincia de Albacete y el Juez de primera instancia de Alcaráz.

Negando la autorizacion pedida por el Juez de primera instancia para procesar á dos guardias urbanos, por suponersele abuso en el ejercicio de sus funciones.

Negando la autorización para procesar al Alcalde de Gaucin.

Negando la autorizacion para procesar al Alcalde de la villa de Reus en 1855.

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Negando la autorizacion para procesar al Alcalde de Almentía.

Negando, de conformidad con lo consultado por las secciones de Gracia y Justicia y Gobernacion del Consejo Real, la autorizacion para procesar á los indivíduos del Ayuntamiento de Lagunarróta, con motivo de la venta de una campana.

Negando la autorizacion para procesar á D. Manuel Jesús Diaz de Casio, Alcalde que fué de Cabuérniga, por suponersele abuso de autoridad.

Negando la autorizacion para procesar á D. Pedro García, Alcalde del Prado del Rey, con motivo de resultar falsos tres sellos de correos pegados á igual número de sobres que el Gobierno de la provincia dirigió á aquel Alcalde.

Negando la autorizacion para procesar á D. Francisco Redondo Muñoz, depositario que fué del Ayuntamiento de Sotomayor, por un descubierto hallado en la dependencia de su cargo.

Negando la autorizacion para procesar á D. Cipriano Alvaro, guarda de monte de Romanillos, por faltas en el ejercicio de sus funciones.

Negando la autorizacion para procesar á D. Márcos de la Fuente, maestro de instruccion primaria de la parroquia de Sabarga, por atribuírsele desacato á la autoridad.

Negando la autorizacion para procesar á D. Antonio Ecequiel de Prados Alcalde de Monterrubio, y á Victoriano Dominguez, recaudador de los agostaderos de 1845.

Negando, de conformidad con lo consultado por las secciones de Gracia y Justicia y Gobernacion del Consejo Real, la autorizacion para procesar á D. Francisco Ibazabal, Alcalde de Gomis, por atribuírsele detención de correos de varios pueblos limítrofes.

Negando, de conformidad con lo consultado por las secciones de Gracia y Justicia y Gobernacion del Consejo Real, la autorizacion pedida por el Juez de primera instancia de Talavera para procesar á D. Tomás Sanchez de Poza, Alcalde de dicha villa, por injurias al delegado de la cria caballag que fué del mismo punto.

Negando la autorizacion para procesar á varios indivíduos del Ayuntamiento de Villarrasa, por suponérseles exacciones ilegales.

Negando la autorizacion para procesar á D. Vicente Larrazabal y don Fernando Goya, Alcalde pedáneo y síndico local de Marquina de Zuya.

Negando la autorizacion para procesar á D. Miguel García Benavente, Secretario del Ayuntamiento de Cortes, por abuso en el desempeño de su destino.

Negando la autorizacion para procesar á D. Domingo Barco, Alcalde que fué de Salma en 1854.»

Por la Seccion de Jurisprudencia,
JOSÉ REUS.

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