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BOLETIN

DE LA

REVISTA GENERAL DE LEGISLACION

Y

JURISPRUDENCIA;

periódico oficial

DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS

DE MADRID.

AÑO CUARTO.

TOMO VIII,

(Segunda época.)

I.

MADRID.—1857.

IMPRENTA DE LA Revista de Legislacion y Jurisprudencia,
A CARGO DE JULIAN MORALES, Plazuela del Duque de Alva, núm. 4.

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"PERIÓDICO OFICIAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID,

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En Real orden, comunicada el 22 de junio último por el Ministerio de Gracia y Justicia al de la Gobernacion, se previene å fos Gobernadores de provincia y Fiscal de imprenta, que no permitan la publicacion de las Colecciones oficiales ó de decretos, que están ejecutando algunas empresas periodísticas. En su consecuencia no se nos permite la publicacion del BOLETIN DE LA REVISTA en la forma que veníamos haciéndolo desde 1854, por considerarlo comprendido en la prohibicion espresada,

Al vernos precisados á suprimir del BOLETIN la seccion Isgislativa para incorporarla á la REVISTA, único modo de que nuestros lectores no carezcan de tan importante materia, hemos creido oportuno continuar la publicacion de dicho BOLETIN; pero bajo un sistema diferente det observado hasta ahora. La REVISTA Sola, no basta á satisfacer los encontrados deseos de nuestros suscritores; no puede llenar todos los gustos. Como periódico semanal y de carácter científico, no se presta á dar noticias, que no por ser de actualidad, pierden su condicion de interesantes. Nuestros suscritores necesitan tambien conocer, antes que el número de la REVISTA llegue á sus manos, las disposiciones legislativas que el Gobierno publica, á fin de aplicar las que sean referentes á la administracion de justicia en todos sus ramos. Para ocurrir á todas estas aspiraciones y legitimos deseos, vamos á continuar desde el presente mes el BOLETIN DE LA REVISTA, en su segunda época, bajo la siguiente forma:

Se publicará los dias 7, 15, 22 y 30 de cada mes en un pliego dé ocho páginas del mismo tamaño que los anteriores. Cada número comprenderá tres secciones: la primera, que será la oficial, estará dedicada á dar el índice ó estracto de todas las disposiciones que haya publicado el Gobierno en la semana, ó sea desde la publicacion del anterior número del BOLETIN: la segunda, de variedades, abrazará cuantas noticias interesen á las diferentes clases del foro; y la tercera, que solo tendrá lugar cuando los materiales lo permitan, comprenderá la bibliografia española y estranjera de derecho y administracion, ó sea una noticia de todas las obras nuevas que se publiquen sobre aquellas materias, con indicacion de su precio y puntos TOMO VIII. (7 de setiembre de 1857).

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