Leyes expedidas por la assamblea constituyente de 1884

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1884 - 36 páginas
 

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Página 3 - Expirado este plazo, un plebiscito decidirá, en votación popular, si el territorio de las provincias referidas queda definitivamente del dominio y soberanía de Chile, o si continúa siendo parte del territorio peruano. Aquel de los dos países a cuyo favor queden anexadas las provincias de Tacna y Arica...
Página 10 - De cualquiera cantidad exigida ó invertida contra el tenor expreso de ella, será responsable el que ordene la exacción ó el gasto indebido; también lo será el ejecutor, si no prueba su inculpabilidad.
Página 10 - Todo el que ejerce cualquier cargo público es directa é inmediatamente responsable por los actos que practique en el ejercicio de sus funciones. La ley determinará el modo de hacer efectiva esta responsabilidad.
Página 3 - El territorio de las provincias de Tacna y Arica, que limita por el norte con el río Sama desde su nacimiento en las cordilleras limítrofes con Bolivia hasta su desembocadura en el mar...
Página 8 - El despacho de los negocios de la administración pública corre á cargo de los Ministros de Estado, cuyo número, igualmente que los ramos que deban comprenderse bajo cada Ministerio, se designarán por una ley. Art. 98. Para ser Ministro de Estado se requiere ser peruano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
Página 11 - Art. 23. Puede ejercerse libremente todo oficio, industria ó profesión que no se' oponga á la moral, á la salud ni á la seguridad pública.
Página 12 - Por hallarse procesado criminalmente y con mandamiento de prisión. 4.° Por ser notoriamente vago, jugador, ebrio, ó estar divorciado por culpa suya. Art. 41. El derecho de ciudadanía se pierde: 1.° Por sentencia judicial que así lo disponga.
Página 10 - La Nación profesa la Religión Católica, Apostólica, Romana, el Estado la proteje, y no permite el ejercicio público de otra alguna.
Página 14 - Conceder ó negar el pase á los decretos conciliares, bulas, breves y rescriptos pontificios, con asentimiento del Congreso; y oyendo previamente á lajüórte Suprema de Justicia, si fueren relativos á asuntos contenciosos: 20a.
Página 11 - Todos los que ofrezcan las garantías de capacidad y moralidad prescritas por la ley, pueden ejercer libremente la enseñanza y dirigir establecimientos de educación bajo la inspección de la autoridad.

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