Trabajo de hundidos. Si no hay un modo seguro de llegar á ellos se busca un parage el mas firme para dar un pozo y un cañon hácia el hundido y se pepena lo mejor hasta donde se pueda. Acabado aquí se da otro cañon desde el pozo ó del hundido hacia delante. en busca de otros puntos buenos que disfrutar para los cuales como no se conocen bien no se pueden dar reglas ciertas; solo la de que no se hagan á un tiempo cañones altos y bajos, pues por la poca firmeza perecerian unos y otros. LAS ORDENANZAS. INDICE DE LAS PRINCIPALES MATERIAS DE QUE TRATAN ESTAS ORDENAN ARTICULOS. Providencias y actuaciones que precedieron para la formacion y Real aprobacion de las dichas Ordenanzas. TITULO PRIMERO. Del Tribunal General de la Minería de Nueva España. Títulos de que este ha de usar, y modo en qué ha de ser reputado y atendido por todos los demas Tribunales. Empleos que han de obtener los Individuos de que se Tiempo que el Administrador y el Director Generales culo 4. 7 12 12 43 Artí 13 Junta en que se han de hacer las elecciones de Administrador, de Director y de Diputados Generales en adelante: tiempo en que se ha de convocar; y cómo han de ser autorizados sus Vocales. Artículo 5. Calidades que han de concurrir en los Lugares de Minas para tener voto en las dichas elecciones. Artículo 6. Número de votos que en las mencionadas elecciones ha Presidencia de la Junta General de Electores: quienes han de tenerla, y con qué calidad: señálase dia para las elecciones: dase regla para ellas; y se declara cual voto ha de ser decisivo en caso de discordia. — Artículo 9. Reelecciones: se permiten en los enunciados empleos, y 14 14 15 15 16 47 48 18 48 Nombramiento Ꭹ remocion del Factor, del Asesor y del y en qué forma. Artículo 44. Consultores del Real Tribunal: su número y calidades: forma de su eleccion y de su sustitucion: tiempo de su ejercicio su libre reeleccion: asiento que deben ocupar en las asistencias públicas del mismo Real Tribunal; y preeminencias que los Diputados territoriales de los Reales de Minas gozarán en Méjico cuando pasen á aquella Capital, y mientras permanezcan en ella. - Artículo 15. Artículo 16. Estado que cada tres años se ha de presentar á la Junta · Artí Oficios de Fiscal y Promotor del Cuerpo de la Minería : lo 24. deberá sentar en él. Artícu Papeles que se han de colocar y custodiar en el Archivo 19 20 21 24 24 24 26 26 26 |