Constitución política de Colombia: actos legislativos que la reforman y leyes1907 |
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Términos y frases comunes
22 de Agosto Abril acreedores administración Agosto de 1908 ALFREDO VÁZQUEZ COBO Altas Partes Contratantes Antioquia aprueba Artículo único Asamblea Nacional Constituyente AURELIO MUTIS Aurelio Rueda auto Autorízase Baena buques cabecera capital ción ciudadanos civil COBO El Secretario compuesto concede concurso Constituyente y Legislativa contaminado Contratista Convención Dada en Bogotá debe Departamento derecho deudor Diputado disposiciones Distrito Capital Distrito Judicial Ecuador efecto Electoral Emperador del Japón estipulaciones Excmo Facatativá fecha ferrocarril fiebre amarilla firmado FRANCISCO JOSÉ URRUTIA gastos Gerardo Arrubla Hacienda y Tesoro hubiere Jueces Juez juicio lazareto legal Legislativa DECRETA legislativo número Méjico mensuales mil novecientos Ministerio de Obras Ministro de Relaciones municipales Municipios MUTIS El Secretario Obras Públicas Oficial pago país Parágrafo pensión Plenipotenciarios Poder Ejecutivo Poder Ejecutivo-Bogotá podrán Presidente Presupuesto Publíquese y ejecútese reglamentos Relaciones Exteriores República de Colombia respectivos sean secuestro sentencia serán siguientes Síndicos sometidos sueldos territorio Tribunal Tundama Unidos de América
Pasajes populares
Página 99 - Juan Cuestas; Quienes después de haberse comunicado sus plenos poderes y encontrándolos en buena y debida forma, con excepción de los exhibidos por los Representantes de SS. EE. el Presidente de los Estados Unidos de América, el de Nicaragua y el del Paraguay, los cuales obran ad referendum, han convenido en celebrar una Convención sobre canje de publicaciones oficiales, científicas, literarias e industriales, en los siguientes términos: ARTÍCULO I.
Página 95 - Enero de mil novecientos dos, en tres ejemplares escritos en castellano, inglés y francés respectivamente, los cuales se depositarán en la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que de ellos se saquen copias certificadas para enviarlas por la vía diplomática a cada uno de los Estados signatarios.
Página 47 - En todos los casos en que un extranjero tenga reclamaciones o quejas del orden civil, criminal o administrativo contra un Estado, o sus nacionales, deberá interponer su demanda ante el Tribunal competente del país; y no podrá reclamarse por la vía diplomática sino en los casos en que haya habido, de parte de ese Tribunal, manifiesta denegación de justicia, o retardo anormal, o violación evidente de los principios del Derecho Internacional.
Página 117 - En fe de lo cual los Plenipotenciarios y Delegados firman la presente Convención y ponen en ella el sello de la tercera Conferencia Internacional Americana.
Página 45 - Deseando que sus países respectivos fueran representados en la Segunda Conferencia Internacional Americana, enviaron a ella, debidamente autorizados para aprobar las recomendaciones, resoluciones, convenciones y tratados que juzgaren útiles a los intereses de la América...
Página 95 - Este Tratado será obligatorio para los Estados que lo ratifiquen, desde la fecha en que cinco Gobiernos signatarios lo hayan ratificado, y estará en vigor durante cinco años. La ratificación de este Tratado por los Estados que lo firmen será transmitida al Gobierno de los Estados Unidos Mejicanos, el cual comunicará a los demás las notas de ratificación que reciba.
Página 35 - Quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes. ARTICULO I.
Página 32 - ... o por medio de sus agentes, sus propios negocios; entrar con sus buques y cargamentos en los puertos, radas, bahías y ríos abiertos al comercio extranjero, y salir de ellos sin obstáculo ni impedimento; y gozarán al efecto de la misma seguridad y...
Página 161 - Los acreedores hipotecarios no estarán obligados a aguardar las resultas del concurso general para proceder a ejercer sus acciones contra las respectivas fincas: bastará que consignen o afiancen una cantidad prudencial para el pago de los créditos de la primera clase en la parte que sobre ellos recaiga, y que restituyan a la masa lo que sobrare después de cubiertas sus acciones.
Página 101 - A contar del día en que se efectúe la ratificación en la forma indicada en el artículo anterior, esta Convención quedará vigente por tiempo indefinido, y la Nación que desee denunciarla, deberá avisar su determinación a las demás, y sólo quedará desligada un año después de haber dado dicho aviso. En fe de lo cual los Plenipotenciarios y Delegados firman el .presente Tratado y ponen en él el sello de la Segunda Conferencia Internacional Americana.