Constitución política de Colombia: actos legislativos que la reforman y leyes

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Página 99 - Juan Cuestas; Quienes después de haberse comunicado sus plenos poderes y encontrándolos en buena y debida forma, con excepción de los exhibidos por los Representantes de SS. EE. el Presidente de los Estados Unidos de América, el de Nicaragua y el del Paraguay, los cuales obran ad referendum, han convenido en celebrar una Convención sobre canje de publicaciones oficiales, científicas, literarias e industriales, en los siguientes términos: ARTÍCULO I.
Página 95 - Enero de mil novecientos dos, en tres ejemplares escritos en castellano, inglés y francés respectivamente, los cuales se depositarán en la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que de ellos se saquen copias certificadas para enviarlas por la vía diplomática a cada uno de los Estados signatarios.
Página 47 - En todos los casos en que un extranjero tenga reclamaciones o quejas del orden civil, criminal o administrativo contra un Estado, o sus nacionales, deberá interponer su demanda ante el Tribunal competente del país; y no podrá reclamarse por la vía diplomática sino en los casos en que haya habido, de parte de ese Tribunal, manifiesta denegación de justicia, o retardo anormal, o violación evidente de los principios del Derecho Internacional.
Página 117 - En fe de lo cual los Plenipotenciarios y Delegados firman la presente Convención y ponen en ella el sello de la tercera Conferencia Internacional Americana.
Página 45 - Deseando que sus países respectivos fueran representados en la Segunda Conferencia Internacional Americana, enviaron a ella, debidamente autorizados para aprobar las recomendaciones, resoluciones, convenciones y tratados que juzgaren útiles a los intereses de la América...
Página 95 - Este Tratado será obligatorio para los Estados que lo ratifiquen, desde la fecha en que cinco Gobiernos signatarios lo hayan ratificado, y estará en vigor durante cinco años. La ratificación de este Tratado por los Estados que lo firmen será transmitida al Gobierno de los Estados Unidos Mejicanos, el cual comunicará a los demás las notas de ratificación que reciba.
Página 35 - Quienes, después de haberse comunicado sus respectivos Plenos Poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes. ARTICULO I.
Página 32 - ... o por medio de sus agentes, sus propios negocios; entrar con sus buques y cargamentos en los puertos, radas, bahías y ríos abiertos al comercio extranjero, y salir de ellos sin obstáculo ni impedimento; y gozarán al efecto de la misma seguridad y...
Página 161 - Los acreedores hipotecarios no estarán obligados a aguardar las resultas del concurso general para proceder a ejercer sus acciones contra las respectivas fincas: bastará que consignen o afiancen una cantidad prudencial para el pago de los créditos de la primera clase en la parte que sobre ellos recaiga, y que restituyan a la masa lo que sobrare después de cubiertas sus acciones.
Página 101 - A contar del día en que se efectúe la ratificación en la forma indicada en el artículo anterior, esta Convención quedará vigente por tiempo indefinido, y la Nación que desee denunciarla, deberá avisar su determinación a las demás, y sólo quedará desligada un año después de haber dado dicho aviso. En fe de lo cual los Plenipotenciarios y Delegados firman el .presente Tratado y ponen en él el sello de la Segunda Conferencia Internacional Americana.

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