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NÚMERO 1.o

FOMENTO.

1.o Enero: publicada en 11.

Real órden, otorgando á D. Manuel Gasset y D. Manuel Vidal, como Presidente y Subdirector respectivamente de la Compañia La Carbonera Metalúrgica Española, la concesion de un ferro-carril que una en Lérida las minas de Monsech, con la linea férrea de Zaragoza á Barcelona.

Ilmo. Sr. Vista la instancia promovida con fecha 10 de Mayo último por D. Manuel Gasset y D. Manuel Vidal, como Presidente y Subdirector respectivamente de la Compañía La Carbonera Metalúrgica Española, solicitando en nombre de la misma la concesion de un ferro-carril que una las minas de Monsech, de su pertenencia, con la línea férrea de Zaragoza á Barcelona, en Lérida, conforme al proyecto que acompañan: Vistos los documentos que le constituyen y el expediente instruido al efecto,

S. M. el Rey (Q. D. G.), conformándose con lo propuesto por esa Direccion general, de acuerdo con el informe de la Junta consultiva de Caminos, Canales y Puertos, ha tenido á bien otorgar, con arreglo al decreto-ley de 14 de Noviembre de 1868, á D. Manuel Gasset y D. Manuel Vidal, en concepto de la representacion que ostentan, la concesion del ferrocarril de las minas de Monsech á empalmar con el de Zaragoza á Barcelona en las inmediaciones de su estacion de Lérida, en la parte que la línea proyectada afecte al dominio público con el empalme que se indica, así como tambien con

el paso del rio Noguera-Ribagorzana, el de los barrancos'de la Solana, la Fuente, Barbuxera, Fornech, Portella y otros cáuces de menor importancia; sometiéndose la empresa concesionaria al proyecto y pliego de condiciones aprobados con fecha 14 del mes próximo pasado.

De Ral órden lo digo à V. I. para los efectos oportunos. Dios guarde á V. I. muchos años. Madrid 1.o de Enero de 1876. C. de Toreno. Sr. Director general de Obras públicas.

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PLIEGO de condiciones particulares para la concesion del ferrocarril de las minas de Monsech á empalmar con el de Zaragoza á Barcelona en las inmediaciones de la estacion de Lérida, en la parte que afecta al dominio público.

a

1. La empresa concesionaria se obliga á ejecutar de su cuenta y riesgo las obras necesarias para establecer un ferrocarril que desde las minas de Monsech vaya á empalmar con el de Zaragoza á Barcelona en su kilómetro 183, inmediato á la estacion de Lérida, en la parte que al dominio público afecta, con los pasos sobre el rio Noguera-Ribagorzana, sobre los barrancos de la Solana, de la Fuente, Barbuxera, Fornech, Portella y otros cáuces de menor importancia, así como tambien con el empalme con el ferro-carril de Zaragoza á Barcelona en su kilómetro 183.

2. En el término de dos meses, contados desde la fecha de la concesion, consignará la empresa concesionaria en la Caja general de Depósitos, como garantía de las condiciones estipuladas en este pliego, la cantidad de 55.956 pesetas en metálico ó efectos de la Deuda pública, al tipo que para este objeto les está asignado por las disposiciones vigentes, acreditándose el cumplimiento de esta condicion por medio de la correspondiente carta de pago que se presentará en el Ministerio de Fomento.

3. La empresa no podrá ocupar en la zona del dominio. público, objeto de la presente concesion, más que la parte necesaria para la instalacion de la vía con arreglo al proyecto aprobado en la parte respectiva, así como tampoco emprenderá trabajos de ninguna clase para el empalme con el ferrocarril de Zaragoza á Barcelona sin que preceda la debida aprobacion del provecto que la empresa presentará por conducto del Ingeniero Inspector, mediante informe del mismo, con audiencia de la Compañía de aquella línea.

4. Para la ejecucion de las obras en los puntos que determina la condicion 1.", se someterá la empresa á la inspec

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