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á que se discutiera el asunto á su presencia, quedaban muy pocos á favor de la opinion que antes sostenian. Por lo dicho se calculará cuales eran sus disposiciones, y con cuanta razon se ha quejado de ellas el soberano Congreso.

Medidas de Iturbide para impedir los progresos del Republicanismo.

Iturbide bien conocia que su manejo desagradaba cada dia mas y mas al pueblo que su ambicion se manifestaba con rapidez: que la desconfianza se aumentaba en los corazones Americanos, y que el odio á las monarquías y á los monarcas se iba estendiendo visiblemente por momentos. Para precaver los males que de todo esto debian resultar, se valió de vários arbitrios : el uno fué restringir en lo posible la libertad de imprenta, y á pretesto de que no se escribiera contra las bases del plan de Iguala, ni contra la tercera garantia, que era la union de Americanos y Españoles, hacia que se denunciaran los papeles que se imprimian, sin tener embarazo de llamar él mismo al fiscal de la libertad de imprenta, para decirle que denunciara un papel titulado El Hom

bre libre, como en efecto se denunció; y por bando público, con ocasion de arreglar la libertad de imprenta, escitó á que se denunciaran otros varios.

Convocatoria de Córtes por Iturbide.

El otro arbitrio de que se valió, fué de establecer una nueva convocatoria á córtes, diversa de Ja de la constitucion Española, para que los diputados salieran á su gusto. Este paso era indispensable para que no se le frustraran sus miras. El se iba haciendo temible: la monarquía tenia cada instante nuevos adictos: si las elecciones de diputados se hacian con arreglo á la constitucion Española, los pueblos tenian libertad para elegir á quien quisieran, y entonces era de esperar que fueran electos los mas liberales, los que en cualquier movimiento de Iturbide podian muy bien derribarlo. El prevenir este daño, hizo que proyectase un nuevo plan de elecciones. Su primer intento fué que se verificaran por estamentos; pero con la espantosa desproporcion que se nota en su plan, dado al público con el nombre de pensamiento.

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Es un delirio creer que la sancion, ya la ,, tenga el rey, ya una regencia, pueda equilibrar ,, la potencia legislativa que esta en una junta ,, popular esta tiene mil medios de persuadir al

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incauto pueblo, que la interposicion del veto es ,, un medio de tiranizarlo, y por esto jamas llegará el caso de usar de este remedio, viniendo por lo mismo á quedar sin eficacia, y el cuerpo re,, presentativo en una ilimitada libertad de estra,, viarse, sin freno que la contenga. En esto se ,, fundáron los republicanos del Norte para establecer un senado, á pesar de que el presidente de los Estados, en quien reside el poder egecu„tivo, goza de la prerogativa del veto, y puede ,, suspender el efecto de una ley.

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Bajo esta idea general, y prescindiendo de pormenores, cuyo arreglo deja la regencia á la alta discrecion de V. M., propone como único ,, medio de afianzar la libertad, la convocacion del cuerpo legislativo, compuesto de dos salas : una de representantes del clero en número que "no esceda de quince, ni sea ménos de doce : ,, igual número de militares: un procurador de cada uno de los ayuntamientos de las ciudades, ,, y un apoderado por cada audiencia territorial.

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,, La segunda sala de que se escluiran las clases de la primera, se compondrá de diputa

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,, dos elegidos inmediatamente por el pueblo á razon de uno por cada cincuenta mil, advirtiendo que en cuanto á esto nada es mas impor,, tante que abolir las opresivas trabas de las elecciones consecutivas, que destruyen la sensible relacion entre el pueblo y los elegidos, no ,, ménos que el influjo de opinion de la masa dé los habitantes en el nombramiento de sus fun,, ciones."*

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Razones que tuvo Iturbide parà proponer esta Convocatoria.

¿Puede darse mayor desproporcion? Este plan será un eterno baldon para su autor. Ya se vé, que él como consiga sus miras, no se para en los medios, aunque lastimen su reputacion. Este de que se valia era inmejorable para ellas. El contaba con mas de medio Congreso á su favor comenzando por los eclesiásticos. Parece que el elero secular y regular al tiempo de hacer sus votos, ha hecho con mas solemnidad que cual

*Indicacion dirigida por la regencia del imperio á S. M. la soberana junta provisional, de 6 de Noviembre de 1821.

quiera de ellos, el de apoyar con todas sus fuerzasTM y su influjo el despotismo y esclavitud de Mégico. Algun dia quizá regenerada está region, no los tratará con la consideracion que ellos créen merecer siempre, aunque hagan los mayores atentados. Pero antes de que prorrumpan en agrias quejas contra los amigos de la razon y de los derechos del hombre, traigan á la memoria los hechos de los eclesiásticos en América. ¿Quienes sostuviéron con tanto ahinco la dominacion Española ? ¿Quiénes han protegido la del déspota Iturbide?

Es verdad que en la insurreccion antigua hubo un Hidalgo, un Morelos, un Matamoros, y otros sacerdotes generosos é ilustrados, que se sacrificaron por la justa causa; pero ¿qué son estos en comparación del crecido número que profanó los púlpitos, los confesionarios y lo mas sagrado, comprometiendo las opiniones y las conciencias, prevalidos de la ignorancia de los pueblos de que abusaban torpemente ? Conocen que la libertad del hombre está en contradiccion con sus escesivas prerrogativas, y con su ilimitado poder, de aquí es que teniendo necesidad de un gobierno que sea enemigo de la libertad y de las luces, se acomodan necesariamente con el tiranico. Este como á la vez, tiene necesidad de ellos

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