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pareció habria circulado, envié al primer gefe det egército imperial dos comisionados con una carta, en que le aseguraba de las ideas liberales del gobierno, de las paternales del rey, de mi sinceridad, y deseos de contribuir af bien general, é invitándole á una conferencia: recibí otra del mismo gefe, que al ver mi proclama me dirijia tambien comisionados para que nos viésemos. Repito, que jamas pensé en que podria sacar de la entrevista partido ventajoso para mi patria; pero resuelto á proponer lo que, atendidas las circunstancias, tal vez no se consiguiese, á no sucumbir jamas á lo que no fuese justo y decoroso ; ó á quedar prisionero entre los independientes, si faltaban á la buena fé, lo que por desgracia es y ha sido siempre tan frecuente; salí de Veracruz para tratar en Córdoba con Iturbide. Ya este estaba prevenido por sus comisionados, que tuvieron cuidado de formar apuntes de mis contestaciones, de las bases en que era preciso apoyarse para que pudiésemos entrar en convenio: habialas examinado, y consultado tal vez cuando llegó el caso de El resultado de nuestra conferencia es haber quedado pactado lo que resulta del número 1o, copia de nuestro convenio. Yo no sé si he acertado; solo sé que la espansion que recibió mì alma al verlo firmado por Iturbide en representa

vernos.

cion del pueblo y egército Megicano, soło podrá igualarla la que recibia al saber que ha merecido la aprobacion de S. M. y del Congreso. Espero obtenerla cuando reflexiono que todo estaba perdido sin remedio, y que todo está ganado; ménos. lo que era indispensable que se perdiese algúnos meses antes, ó algunos despues.

La independencia ya era indefectible, sin que hubiese fuerza en el mundo capaz de contrarestarla: nosotros mismos hemos esperimentado lo que sabe hacer un pueblo que quiere ser libre. Era preciso, pues, acceder á que la América sea reconocida por nacion soberana é independiente, y se llame en lo sucesivo Imperio Megicano.

El gobierno monárquico constitucional modificado es el mejor que la política conoce para los paises que reunen á poblacion y estension considerable, cierto grado de recurso de educacion y de luces, que les hace insufrible el despotismo, al mismo tiempo que no tienen todas las virtudes que sirven de sostenimiento á las repúblicas y estados federativos: asi se tuvo presente para dictar el articulo 2o.

Un pueblo que se constituye tiene derecho para elegirse el príncipe que ha de gobernarle. Esta eleccion es espontánea y libre, sin que pueda disputársele y lo que vemos en la historia es,

que siempre recayó en uno de los hombres def mismo pueblo, por lo comun en el mas atrevido ; muchas veces en el que disponia de la fuerza ; algunas en el que tenia mas amigos; y pocas en el mas virtuoso; pero ahora convenia á las glorias de España que fuese uno de sus principes el emperador de Mégico; y en efecto, el Sr. D. Fernando VII. es el primer llamado en el artículo 3o, y por su órden de mayoría sus augustos hermanos y sobrino.

El artículo 4° no necesita esplanacion es de ninguna importancia á los Españoles ; y si Mêgico por su posicion geográfica no es la mejor corte, tiene á su favor otras razones que la conservan en este rango..

En cumplimiento del artículo 5o dictado por la debida, consideracion á S. M., por el respecto y amor que profesamos á su sagrada persona los Megicanos, y yo, por los deseos de que la venida del emperador no se dilate, he comisionado al coronel D. Antonio del Val, y al teniente . Martin José de Olaechea, para que pasen á poner en manos de V. E., quien tendrá la bondad de elevar á las de S. M., esta carta y copia que le acompaña del tratado de Córdoba: suplicándole al mismo tiempo se digne recibirla con benignidad, conceder su alta aprobacion, si no á mis aciertos, á mis

buenos deseos, y poner el sello á sus bondades, accediendo á la pretension de estos pueblos que anhelan por ser dirijidos por S. M., ó de un principe de su casa.

Los artículos siguientes hasta el 14 inclusive,. pertenecen á disposiciones interiores para asegurar el órden, evitar la anarquia, garantizar el cumplimiento de todo lo convenido, y procurar por todos medios el acierto. Solo hay de notable en el 8o, que se me nombra á mí desde luego individuo de la junta provisional de gobierno, por la razon que se espresa en el mismo artículo; y á lo que no me opuse, por que en efecto considero conveniente mi asistencia á la junta, en donde podré influir siempre que se trate de los intereses de mi patria, que quiero conservar, y á quien · quiero scrvir cesando mis funciones en el momento que conforme al artículo 13o se reunan las córtes; pero permaneciendo en el imperio hasta la venida del monarca, ó resolucion de mi gobierno. El número 2o es copia del plan de Iguala que se cita.

Los artículos 15° y 16° aseguran la vida, libertad y propiedades de los Europeos, que tenian ántes que se estipulasen, espuestas las primeras y perdidas las últimas: partido que solo él seria bastante para llenarme de satisfaccion, y que no puede ménos de constituirme acreedor á ser mira

do con indulgencia por S. M. y la nacion entera. A lo acordado en el artículo 16° no pude dejar de acceder. Ni cómo oponerse á que cada cual mande su territorio? Tampoco á lo que espresa el 17°. La evacuacion de la capital era necesaria y forzosa; pues hágase, dejando en su lugar las virtudes de la tropa española, el honor de la nacion, y capitulando de un modo que no se inancillen nuestras glorias. Ademas, convenido en los articulos anteriores, nada mas indispensable que convenir en éste nada mas urgente que aplicar desde luego los medios para evitar la efusion de sangre que de otro modo era infalible. Tampoco podian, ni debian permanecer soldados armados en posesion de la capital de un imperio declarado independiente. No interponiendo yo mi autoridad para que sin estrépito se verificase la salida, el resultado necesario era que saliesen al fin, dejando para corte del emperador ruinas y escombros, que tendria que entrar pisando, mezclados con los cadáveres, para sentarse en el trono que le preparó el amor, y mancharia el capricho y la temeridad, me pareció que era un deber mie evitar á sus ojos tan horrible espectáculo, y á su corazon el dolor que le produciria.

Recien llegado á Veracruz fluctuaba inquieta mi imaginacion sin decidirse á abrazar un par

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