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Sr. Iturbide haya de ser colectiva por todos los empleos que la nacion le ha conferido :" y se aprobó. Segunda:,, que la asignacion colectiva sea la de 120,000 pesos anuales :" se aprobó tambien. Tercera :,, que desde 24 de Febrero en que el Sr. Iturbide proclamó la independencia hasta 29 de Setiembre en que se le nombró generalísimo, se le abonen sus sueldos á razon de 60,000 pesos anuales:" quedó aprobada. Entónces el Sr. Marques de S. Juan de Rayas, hizo la siguiente, que el sueldo ya asignado de 120,000 pesos se entienda desde 24 de Febrero en que el Sr. Iturbide proclamó la independencia :" quedó aprobada.

Número 11.-Subscitada la duda de si el Escuno. Sr. presidente de la soberana junta, por serlo de la regencia, cesaba en el primer empleo,

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debia procederse á la eleccion de presidente de la junta, hizo el Sr. Espinosa esta proposicion : ,, que el Sr. presidente de la junta, por serlo de la ,, regencia, no pierda el carácter honorífico de ,, presidente de la junta, para que en todo caso ,, que estime necesario concurrir á ella solo, ó con la regencia, tenga el primer lugar aunque ,, esté principalmente adicto á la regencia, y que " se elija vice-presidente. Lo espuesto sin egem

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,, plar:" fué desechada. El Sr. Alcocer hizo la proposicion siguiente: que se elija presidente de la junta; pero que siempre que concurra á ella ,, el Escmo. Sr. Iturbide, tenga la preferencia sobre el presidente:" quedó aprobada. (Diarios de las Cortes de Mégico de 1821.)

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Número 12. Es un delirio creer que la sancion, ya la tenga el rey, ya una regencia, pueda equilibrar la potencia legislativa que está en una junta popular: esta tiene mil medios de persuadir al incauto pueblo, que la interposicion del veto es un medio de tiranizarlo, y por esto jamas llegará el caso de usar de este remedio viniendo por lo mismo á quedar sin eficacia, y el cuerpo representativo en una ilimitada libertad de estraviarse sin freno que la contenga. En esto se fundaron los republicanos del Norte, para establecer un senado á pesar de que el presidente de los Estados, en quien reside el poder egecutivo, goza de la prerrogativa del veto y puede suspender el efecto de una ley.

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Bajo esta idea general, y prescindiendo de pormenores, cuyo arreglo deja la regencia á la alta discrecion de V. M., propone como único medio de afianzar la libertad, la convocación def cuerpo legislativo compuesto de dos salas: una

de representantes del clero en número que no és. ceda de quince, ni sea ménos de doce: igual número de militares : un procurador de cada uno de los ayuntamientos de las ciudades, y un apoderado por cada audiencia territorial.

La segunda sala de que se escluirán las clases de la primera, se compondrá de diputados elegidos inmediatamente por el pueblo, á razon de uno por cada cincuenta mil, advirtiendo que en cuanto á esto nada es mas importante que abolir los opresivas trabas de las elecciones consecutivas que destruyen la sensible relacion entre el pueblo y los elegidos, no menos que el influjo de opinion de la masa de los habitantes en el nombramiento de sus funciones. (Indicacion dirigida por la regencia del imperio, á S. M. la soberana junta provisional de 6 de Noviembre 1821.)

Número 13.-El generalísimo almirante á Bos habitantes del imperio.-Conciudadanos: nada mas conforme con los principios liberales, que la franqueza del gobierno en dar al público oportunos conocimientos de la conducta que observa, y la razon de las medidas que adopta ; nada mas contrario á los mismos principios que la obscuridad y el misterio. Los acontecimientos de los dos últimos dias han llamado la atencion, y dado motivo á diversidad de opiniones; ni los pacíficos

<tienen porque recelar, ni los bravos porque alarmarse, ni los Europeos porque temer, ni los Amealterar su tranquilidad.

ricanos porque

Tuve noticia de que en Toluca, algunos individuos de las tropas espedicionarias, observaban una conducta contraria á la que debia esperarse de hombres agradecidos, moderados y circunspectos que el pueblo sufria insultos y callaba, temiendo, no á los que se declaraban sus enemigos, sino contravenir á lo dispuesto por el gobierno, faltar á lo que se deben así mismo, como generosos y magnánimos, y aun diré mas, teniendo disgustarme tal es el afecto con que me tienen obligado crecia el agravio en razon al sufrimiento, hasta llegar al estremo de alterar un capitan espedicionario la tranquilidad pública, haciendo cerrar una casa de recreo, insultando el pudor de una joven, tratando con desprecio á los ciuda danos que encontraba, pronunciando dieterios. contra la patria, contra el gobierno, y aun blasfemando contra el mismo Dios: este desgraciado tuvo quien le siguiese en sus estravagancias; muchos de sus compatriotas se le unieron, autores sin duda del fuego que desde las casas de su alojamiento se ha notado, han hecho contra los infelices inermes: el pueblo dió muestras de que empezaba á apurarse su paciencia tan egercitada, y estabamos muy próximos á un trastorno, que

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aunque momentáneo, alteraria el órden; era necesario evitarlo con este motivo, con el de haber llegado á S. Juan de Ulúa 400 hombres procedentes de la Habana, y haberse producido de un modo grosero, deprimiendo al imperio y á sus gefes, teniendo en consideracion la obstinada resistencia del general Dávila; que algunos de los capitulados en Puebla, al embarcarse para su pais, se introdujeron en el castillo, faltando á lo que juraron, y al honor de su carrera; y la multitud de especies subversivas que estienden por todas partes; sabiendo que muchos de los peninsulares no se han unido á nuestro egército, porque no se les ha permitido por algunos de sus gefes y oficiales, en lo que se ha contravenido no solo á to que exige la libertad individual, sino á la buena fé de los tratados, sabiendo que muchos de los que habian abrazado nuestro partido, y acogidose á nuestras banderas, desertaron infamemente, dando una prueba de su veleidad y falta de carácter, y que sin embargo fueron admitidos en aquellos cuerpos¡que ab audonaron, y por quienes debieron ser despreciados por hacerse honor asi y por cor responder à la, buena fé con que procediamos : teniendo, repito, todos estos antecedentes á la vista, y otras poderosas razones, crei de necesidad desarmar á unos hombres que no dejaban de mirarnos con ceño, cuyo aspecto siempre era amena

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