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tuamente ocupadas por otros tantos niños vacunados, que hallándose á la vista de los catedráticos, pasantes y enfermeros de esa sala no se rascarán los granos, haciendo la operacion infructuosa en sí mismo, y exponiendo á perderse el fluido vacuno, como puede acontecer por el método que se sigue en el dia, y que hace andar llenos de cuidados á los profesores que tienen este encargo, temiendo perder por momentos el fluido vacuno, porque esparcidos los niños vacunados por sus casas corren el riesgo de destrozarse el grano, y lo hacen frecuentemente.

Añadidos á las cantidades y aplicaciones aquí mencionadas los novecientos pesos que de los fondos de V. E. se deducen para la subsistencia del teatro anatómico, resulten que en desempeño de sus obligaciones por el bien público, aplica la suma de tres mil doscientos pesos para que se consiga el logro de la enseñanza de la medicina y cirujía, tan necesarias á la salud pública, así de esta capital como de sus provincias. Con la enunciada suma quedará mejorado el establecimiento del teatro anatómico, fundada la instruccion práctica de la medicina y cirujía, y ademas doradas tres ó cuatro becas para otros tantos niños pobres de esta capital que quieran aplicarse á la carrera de la medicina, y que serán designados por V. E. así los primeros que hayan de agraciarse, como los que sucedieren en caso de vacante. Todo lo cual será arreglado en las constituciones que hayan de regir el colegio de medicina y que se pasarán á V. E. como tan interesado en su fundacion.

En cuanto á los medios que V. E. me propone, con respecto á la real univerdad, siendo esta la obligada á la enseñanza, no dudo que adoptando estos ú otros semejantes, ponga expeditos y con el sueldo respectivo las cátedras cuyos profesores han de ir á dar al colegio las lecciones de medicina teórica Ꭹ de las otras facultades que deben precederle.

Deseando que todas las aplicaciones que se hagan al colegio sean subsistentes á fin de que éste mismo pueda serlo, y de que empezada la enseñanza no haya de interrumpirse por la falencia de alguno de los fondos, con los cuales deba contar, quedó entendiendo en el modo de hacer permanentes aquellos arbitrios que hubiesen de elegirse entre los demas que V. E. me propone, y sobre lo que se le instruirá á su debido tiempo.

Dios guarde á¡V. E. muchos años.-Lima, y Julio 28 de 1808.

Al Excmo. Cabildo de esta Capital.

JOSÉ ABASCAL.

Excmo. Señor:

CONTESTACION.

El oficio de 28 de Junio próximo pasado, en que V. E. se ha dignado no solo contestar la propuesta de los arbitrios conducentes á la dotacion de cátedras del colegio de medicina, sino extender con prolijidad todo lo perteneciente á las apli caciones, á las cátedras y enseñanza, presentando un plan por el cual se descubre lo que va á tomar á su cargo este colegio, y cómo ha de desempeñar sus funciones para que sea efectivo y general. El beneficio de su establecimiento, ha llenado á este cabildo de la mayor satisfaccion y complacencia, tanto porque la parte que tiene en una empresa, cuyas utilidades se iran conociendo y disfrutando de dia en dia, como por el acierto con que V. E. dá ocupacion á los que deben tenerla, y proporciona en todo el cumplimiento de las reales intenciones del soberano. Para cooperar á esto y á cuanto ceda en el beneficio público en que son tan constantes los desvelos de V. E. estan siempre prontos los caudales y fondos de propios y arbitrios; y nunca mas gustoso el cabildo, que cuando los emplea con utilidad notoria é indisputable. Tal es lo que logra la asignacion de los 3,200 pesos anuales de que V. E. se encarga, uniendo los 600 pesos ya efectivos por la muerte del sarjento mayor de la plaza, y los 500 del capitan de la patrulla de encapados, que lo seran en su respectiva oportunidad, con los mil doscientos de los dos profesores destinados á la vacunacion, y los 900 de la cátedra de Anatomía, director y gastos del anfiteatro.

Si es digna del mayor elogio la deliberacion tomada por V. E. en órden á asegurar el fluido vacuno, y establecer los medios mas propios para cuidar de los jóvenes vacunados, condecorando con el magisterio del colegio á los dos profesores y haciéndoles emplear sus talentos é instruccion en la enseñanza de los alumnos, no lo es menos la de que sin privarse de renta á la cátedra de prima de medicina, se le prescriba lo que deba obrar con respecto al colegio, proporcionándose á las demas unos destinos con los cuales tengan el ejercicio de que carecen, segun lo que resulta del expediente relativo á la real

Universidad de San Marcos, en que habló este Cabildo reproduciendo una prolija respuesta, del señor procurador general y de cuyo progreso y estado no ha vuelto á tener noticia. Serán pues, en virtud de la justísima determinacion de V. E. y de sus acertadas consiguientes providencias, unas cátedras cuyas rentas se satisfagan lejítimamente por una ocupacion cierta y efectiva, que fué el objeto de la fundacion de ella.

Los conocimientos del cabildo, las indagaciones que haga en los casos que ocurran, y el acuerdo uniforme ó resultante de la pluralidad de los votos, serán los que obren en la eleccion de los jóvenes que hayan de ocupar las becas con que V. E. ha querido señalar su atencion á este cuerpo, que por esto, y por todo cuanto comprende el citado oficio á que ahora se contesta, rinde á V. E. las debidas gracias, suplicándole tenga la bondad de permitir se haga público ese mismo oficio en la MINERVA PERUANA, para que esta ciudad y todo el reino se instruyan del plan que V. E. ha trazado, y de que cuando aun no ha sido posible verificar la construccion material del colegio, está ya construido en lo formal, y no queda la menor duda en órden á su perfecto establecimiento, subsistencia y perpetuidad.

Al tesorero de propios y arbitrios, se ha hecho saber el oficio de V. E. para que tenga á su disposicion y órdenes superiores los 600 pesos que se pagabsn al sarjento mayor, y que del mismo modo proceda segun lo que se le comunique por V. E. acerca de los 400 pesos del capitan de encapados, y de los 1200 de los profesores destinados á la vacunacion, en que todo lo que se ejecute ha de ser lo que V. E. vaya providenciando. Para que donde existe la dotacion de esos profesores y sus nombramientos, conste la aplicacion que V. E. les ha dado, y lo últimamente dispuesto en cuanto á mantener el fluido y ejercitar las operaciones de la vacunacion, se ha agregado testimonio del oficio de V. E. al expediente de su materia.

Dios guarde á V. E. muchos años.

Sala Capitular de Lima, y Julio 8 de 1808.

OFICIO DEL ILUSTRE CABILDO DE BUENOS AYRES
Á EL DE LIMA.

Excmo. Señor.

Cada dia nos presenta V. E. nuevos testimonios del grande interes que ha tomado en las glorias de esta América, en la conservacion y defensa de estos dominios. La Nacion toda deberá tributar elogios á ese Excmo. ayuntamiento, en quien brillan á competencia la generosidad, el espíritu de religion, de fidelidad y de patriotismo: el mas digno de los monarcas se complacerá cada vez mas en haber condecorado á V. E. con prerogativas y distinciones tan justamente merecidas; y este Cabildo por mas que apure los resortes de la gratitud, nunca podrá manifestarla á medida de sus deseos. Serán eternas en su memoria las demostraciones con que ha celebrado V. E. el triunfo de esta ciudad contra las armas británicas, y ocupará en sus anales un lugar distinguido, ese razgo noble de generosidad, con que V. E. ha prohijado al hijo menor de nuestro general el señor D. Santiago Liniers, en los términos que resultan de la acta capitular testimoniada. Ella y la carta fueron inmediatamente puestas en manos del señor general con expre siones de parte de este cuerpo, cuales correspondian á la insi

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