Legislacion de contribuciones, recopilade y codificada por José Román de IdiaquezImprenta del estado, 1884 - 250 páginas |
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Legislacion De Contribuciones, Recopilade Y Codificada Por José Román De ... Jose Roman de Idiaquez,Peru Sin vista previa disponible - 2019 |
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Términos y frases comunes
1.º de Marzo 11 de Agosto 16 de Abril 20 de Mayo actuacion de matrículas actúen AGUSTIN GAMARRA anual Apoderado fiscal Arequipa arrendamiento auxilio patriótico avalúo bienio boletos bucion Caja Fiscal Cajeros cantidad centavos cion clase cobrado Comuníquese contri contribucion de patentes contribucion industrial contribucion personal contribucion predial contribuciones contribuyentes correspondiente creto cuatro por ciento cula cumplimiento cuota decreto designados despues Diputados Direccion de Rentas distrito documentos eclesiástica encargado Enero establecida exceptuados expediente Fisco fundos gremio Hacienda hará hubiere impuesto individuos indus industria Instr JOSÉ RUFINO ECHENIQUE Juntas de Matrícula Lima matrí matrícula de prédios Mayo Obispo obligacion oficinas padroncillos padrones pagar la contribucion papel del sello papel sellado predios rústicos Prefecto Prefecto del departamento presente propietario provincia públicos publíquese RAMON CASTILLA recaudacion recaudadores Receptor ó Apoderado regístrese Reglamento República resolucion respectiva Rúbrica SECCION semestre serán Sub-prefecto supremo tambien tasa Tesoro tribucion trícula triosos utilidad valor
Pasajes populares
Página 236 - Vice-Presidente de la República encargado del Poder Ejecutivo, por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERUANA, Considerando : Que es indispensable elevar la cuota de algunas contribuciones ; Ha dado la ley siguiente: Art. 1?
Página 203 - El Ministro de Estado en el Despacho de Justicia, Culto, Instrucción y Beneficencia, queda encargado del cumplimiento de este decreto, y de mandarlo publicar y circular.
Página 96 - Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario á su cumplimiento, mandándolo imprimir, publicar y circular.
Página 125 - Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución de este decreto. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el Palacio del Supremo Gobierno, en Lima, á u de Agosto de 1826 — 7.° y 5.° * HIPÓLITO UNANUE, Vice-presidente.
Página 243 - La cancelación de los documentos públicos ó privados por los que se hubiese pagado el impuesto con arreglo á esta ley; 4.° Las cuentas y conocimientos relativas á las ventas y consignaciones de guano; 5.
Página 88 - EL CIUDADANO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, ENCARGADO DEL PODER EJECUTIVO Por cuanto: el Congreso ha dado la ley siguiente: El Congreso General Constituyente del Perú.
Página 94 - El secretario general queda encargado de la ejecución de este decreto. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el cuartel general de Arequipa, a 16 de mayo de 1825.
Página 79 - El Ministro de Estado en el despacho de Hacienda y Comercio queda encargado del cumplimiento de este decreto y de mandarlo publicar y circular.
Página 217 - El ministro de estado, secretario general, queda encargado de la ejecución de este decreto, y de mandarlo imprimir, publicar y circular.
Página 110 - El ministro de estado en el despacho de guerra y marina, queda encargado del cumplimiento -de este decreto. ''Dado en la casa de gobierno en Lima, á los ocho días del mes de mayo de mil ochocientos setenta y siete. Mariano J. Prado. Pedro Bustamante-