La reforma tributaria española de 1920Editorial Reus, s.a., 1920 - 481 páginas |
Términos y frases comunes
1.º de Mayo 100 Pesetas 12 de Junio 14 de Mayo 20 de Mayo 29 de Abril 29 de Junio 31 de Diciembre Abril último Administración aguardientes compuestos alcoholes aplicación arreglo aumento autorización base beneficios capital céntimos ción clase comercio comprendidos concedida contratos Contribución industrial contribuyente correspondiente cuotas debe derechos reales determina devengado disposiciones documentos duty efectos Empresas escala España establecido exacción exceda exención exigirá extranjeros fábricas fecha fijo grados centesimales Grandeza gravamen hectolitro herencia hubiere ídem importe impuesto de derechos impuesto de sucesiones impuesto de transportes industria ingresos inmuebles Junio legales legislación liquidación Mayo mercancías miento minerales Ministro de Hacienda modificaciones núm obligación oficina pago del impuesto párrafo pongan en circulación preceptos precio Presupuestos productos propiedad pública Real decreto Real orden realización recargo recaudación reforma Reglamento reglas renta respecto satisfarán siguiente Sociedades sucesiones sujetos tarifa Timbre título transmisión tributaria tributo trimestre valor venta viajeros
Pasajes populares
Página 106 - En atención a lo expuesto, el ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto: Real Decreto. En atención a las razones expuestas por el ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, y de acuerdo con mi Consejo de Ministros, vengo en decretar lo siguiente: Artículo primero.
Página 167 - La Sociedad no puede dejar de representar á VA que aunque la alcabala le parece siempre digna de su bárbaro origen , nunca es á sus ojos mas gravosa, que cuando se cobra en la venta de propiedades ; porque siendo un principio inconcuso, que tanto vale^ gravar los productos de la tierra como gravar su renta, y tanto gravar...
Página 329 - SM el Rey (QDG), conformándose con lo propuesto por esa Dirección general, se ha servido disponer que...
Página 442 - Por tanto: Mandamos a todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en Palacio, a 27 de abril de 1909.
Página 28 - También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Página 290 - Estado que, dentro del plazo de tres meses a contar de la fecha de la notificación por el Director General de la adopción del presente Reglamento por la Asamblea Mundial de la Salud, se declare dispuesto a adoptar sin reservas tanto el presente artículo como las reglas y modelos de los Anexos 2, 3 y 4.
Página 268 - De Real Orden lo digo a VI para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a VI muchos años.
Página 85 - Los intereses de las deudas procedentes de la gestión normal del negocio, los de las obligaciones, sean o no hipotecarias, y, en general, los de los capitales ajenos empleados en el negocio por cuenta y riesgo de la Empresa sujeta a la imposición, salvo siempre lo dispuesto en el apartado...
Página 130 - ... la derrama en proporción de las haciendas, ganados, frutos, ventas y consumos, tratos y comercios de cada uno, sin más excepción que la de los pobres de solemnidad y jornaleros.
Página 167 - De forma que estos impuestos , sorprendiendo los productos de la tierra desde el momento en que nacen , los persiguen y muerden en toda su circulación , sin perderlos jamás de vista ni soltar su presa hasta el último instante del consumo.