Deuda argentina: copilación de leyes, decretos, resoluciones, notas y contratos sobre la deuda pública nacional, Volumen1

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J. A. Alsina, 1907 - 1310 páginas
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 382 - ... especialmente destinado á ello. Y por los presentes también declaramos que dicho Gobierno está obligado á remitir á sus Agentes en Londres los dividendos devengados por dicho empréstito, seis meses antes de su vencimiento para poner á sus Agentes en condiciones de pagar los dividendos semestralmente, el 12 de Enero y el 12 de Julio de cada año á los tenedores de dichas obligaciones. Y dicho Gobierno está igualmente obligado á remitir anualmente la suma de £ 5.000 para el fondo de...
Página 281 - Hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes, y todos los otros concedidos por la presente Constitución al Gobierno de la Nación Argentina.
Página 11 - Todos los capitales y réditos asentados en el libro de fondos y rentas públicas son garantizados por todas las rentas directas é indirectas que posee en el dia la Provincia de Buenos Aires y poseyere en adelante, por todos sus créditos activos y por todas las propiedades muebles é inmuebles de la Provincia, bajo especial hipoteca y con todos los derechos de preferencia en la totalidad de sus capitales y réditos.
Página 457 - La Société Générale pour favoriser le développement du Commerce et de l'Industrie en France...
Página 379 - Real orden lo digo á VE para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde á VE muchos años. Madrid, 17 de Enero de 1834. — Zarco.
Página 492 - En cualquier tiempo podrá el deudor amortizar el todo ó parte de su deuda, abonando además de los intereses que adeude hasta el día del pago, un trimestre de intereses por el todo ó parte que amortice. El pago por partes no podrá ser inferior á la décima parte de la deuda primitiva. Art. 17. — Los pedidos de préstamos deben ser presentados por escrito en papel...
Página 441 - Art. 4.° Los gastos que demande la ejecución de esta ley,^ se harán de rentas generales y se imputará a ia presente mientras no se incluya en el Presupuesto.
Página 202 - Nombra y remueve a los ministros plenipotenciarios y encargados de negocios, con acuerdo del Senado; y por sí solo nombra y remueve los ministros del despacho, los oficiales de sus secretarías, los agentes consulares y demás empleados de la administración, cuyo nombramiento no está reglado de otra manera por esta Constitución.
Página 379 - Junta de Representantes de la Provincia, usando de la soberanía ordinaria y extraordinaria que reviste, ha acordado y decreta con todo el valor y fuerza de ley lo siguiente: Art.
Página 440 - Los bonos y cupones serán libres de todo derecho ó contribución. 19. El Gobierno pagará la comisión de costumbre á la casa emisora por el servicio del empréstito. 20. El Gobierno nombrará una persona competente con plenos poderes para firmar el bono general y parciales en el lugar de la emisión y de acuerdo con las estipulaciones de esta ley, cuando los contratistas lo pidieren para no demorar la emisión en la época que se crea conveniente. 21. Los contratistas tendrán mientras dure la...

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