Manual completo de desamortización civil y eclesiástica

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Imprenta de la Revista de legislacion, á cargo de J. Morales, 1856 - 483 páginas

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Página 274 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 118 - En atención a lo expuesto, el ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto: Real Decreto.
Página 17 - El producto de los bienes devueltos al Clero por la ley de 3 de Abril de 1845. 2.° El producto de las limosnas de la Santa Cruzada. 3.° Los productos de las Encomiendas y Maestrazgos de las cuatro Ordenes militares vacantes y que vacaren. 4.°...
Página 50 - Los productos de las Encomiendas y Maestrazgos de las cuatro Ordenes militares vacantes y que vacaren. 4.° Una imposición sobre las propiedades rústicas y urbanas y riqueza pecuaria en la cuota que sea necesario para completar la dotación...
Página 282 - De Real orden lo digo á VS para los efectos correspondientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 6 de Setiembre de \ 854.=!
Página 277 - Por tanto, mandamos á todos los tribunales, justicias, gefes, gobernadores y demás. autoridades así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar el presente decreto en todas sus partes.
Página 208 - Ministro que suscribe tiene la honra de someter á la aprobación de VM el adjunto proyecto de decreto. Madrid 28 de Septiembre de 1889.— Señora: A LRP de VM, Manuel Becerra.
Página 124 - Además, la Iglesia tendrá el derecho de adquirir por cualquier título legítimo, y su propiedad en todo lo que posee ahora ó adquiriere' en adelante, será solemnemente respetada. Por consiguiente, en cuanto á las antiguas y nuevas fundaciones eclesiásticas no podrá hacerse ninguna supresión ó unión sin la intervención de la autoridad de la Santa Sede, salvas las facultades que competen á los obispos según el Santo Concilio de Trento.
Página 271 - Dios y por la Constitución de la Monarquía española, Rey de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente...
Página 17 - Pero atendidas las circunstancias actuales de unos y otros bienes y la evidente utilidad que ha de resultar á la Iglesia, el Santo Padre dispone que su capital se convierta inmediatamente y sin demora en inscripciones...

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