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mento, me he fijado, y de la que presento en esta un ligero análisis.

Por el contenido de la referida cópia inclusa verá US. que esta nota me fué dirigida con anticipacion al recibo de las comunicaciones de que dí aviso en la nota oficial número 8 y de las que en seguida y al propio objeto de proponer la suspension de hostilidades se sirvió US. pasarle por conducto mio, y marcharon igualmente el dia 2 del corriente. Estoy seguro de que aquella llegó á manos de S. E. el Presidente de Colombia un dia despues que mandó escribir la adjunta. Así que está desengañado que mis proposiciones son absolutamente conformes con las intenciones de nuestro actual Gobierno, como se lo confirmarán las posteriores que dentro de tercero dia llegarán tambien á su poder.

Salvado de este modo el vacilante concepto que habia formado S. E. el Presidente de Colombia de la unidad inexpugnable de los sentimientos nacionales que nos animan, es indispensable analizar las condiciones esenciales que exige para acordar la cesacion de hostilidades. Aseguro á US. de buena fé que me toma de nuevo esta manera de solicitar armisticios, ligándolos á calidades que deben ser el resultado del tratado definitivo de paz. De otra suerte es preciso convenir en que se trata de abusar, de contado, de la buena disposicion que manifiesta el Perú para dar término decoroso á los desastres de una contienda escandalosa. Exigir inmediatamente la entrega de los elementos de guerra, sin saberse con certidumbre si será ó no preciso continuarla, es lo mismo que debilitarnos sin la menor garantía, para contar con una fuerza marítima de que hoy carecen, y con los demás artícu-. los necesarios para habilitar sus fuerzas sutiles. Si la cesacion de operaciones activas se entiende por armisticio, no comprendo que, para entrar en una medida militar tan sencilla, sea preciso haberse puesto de inferior condicion de la que se tenia antes de la suspension de hostilidades. La misma proposicion es una nueva hostilidad; y, á mi modo de entender, se quiere aprovechar de los instantes de un cambiamiento que habrá creido ménos feliz de lo que en realidad ha sido. Afortunadamente estamos reconcentrados en votos, sentimientos y fuerzas, y no se puede, sin hacerse una injusticia ó un nuevo insulto, demandarnos una condicion desconocida en esta clase de negocios. Ya no cabe duda en que toda la República marcha por el nuevo órden con admirable entusiasmo y complacencia. Su dignidad y honor nacional ocupan sus primeras atenciones. Es cierto que desea la paz: mas tambien creo firmemente que se conmoverá en masa, y preferirá morir antes que volver á pasar por humillaciones que la degraden.

Bajo de este supuesto he creido de mi deber diferir por ahora el consentimiento en la entrega de los elementos de guerra y buques que se piden en los artículos 2o y 4o de la minuta de condiciones, y proponer por mi parte una solicitud que, bajo las leyes de la reciprocidad, acredite nuestra buena fé, y sostenga siempre el decoro de nuestras armas. La nulidad absoluta y perpétuo olvido de los tratados de Jirón, y la proscripcion de los decretos injuriosos al Perú, dictados á consecuencia del infortunado suceso de Tarqui, serán los primeros puntos sustanciales de mis proposiciones: y el segundo la inmediata y exacta entrega de nuestros prisioneros que gimen bajo el duro é ignominioso yugo de marchar en las filas enemigas, en las que han sido enrolados con violacion de los mas sagrados derechos de la guerra. En todas partes, donde se hallan regularizadas las funciones marciales, se encuentran depósitos para conservarlos; y solo la idea de compelerlos á entrar en combate con sus hermanos contra sus sentimientos, es el exceso mas horrible que jamás notó la historia sin escándalo. Siendo pues esta una ilegal hostilidad, es justo que cuando se trate de su cesacion, varíe la suerte de esos miserables de los que muchos fueron aprehendidos en un hospital, respetable asilo consignado á las consideraciones de la humanidad que no han tenido valor para con ellos.

En compensacion á estos dos únicos puntos á que se reducirá mi peticion, he resuelto desocupar la Plaza de Guayaquil, enyo clima, tan mortífero como insoportable, consume notablemente la fuerza que allí se sostiene. Con este motivo diré á US. que los batallones 1o de Ayacucho y 1o del Callao fueron enviados con mil trescientas plazas; que posteriormente se ha refundido en ellos el batallon Número 10 que constaba de mas de cuatrocientas plazas; que á mas de estas, se han dado á aquellos otras altas; y que el resultado es que hoy no forman ambos cuerpos mas de ochocientos hombres. El señor Gran Mariscal La-Mar es á quien exclusivamente se debe este lastimoso cuadro....Y siendo la insanidad del temperamento la que impide reforzar aquella division, la que en verdad no puede aumentarse con los mil hombres mas que se calculan necesarios para defender la Plaza, sin exponernos á arruinar estérilmente los demás cuerpos del Ejército, trato de convenir en el primer artículo, sacando la ventaja que tengo indicada, supuesto que de todos modos es preciso abandonarla.

La suspension del bloqueo de la costa meridional de Colombia parece un paso consiguiente al armisticio: y no encuentro un embarazo para acceder á su concesion como se pretende en el artículo 3o Y aunque no admite duda el prin

cipio de no deberse aumentar los ejércitos en el tiempo de las cesaciones, se expresará sin embargo que no podrá el general Bolivar traer entre tanto tropa alguna del Sud de Colombia por aquellos mares.

La condicion 5a envuelve en mi concepto una mira que será preciso prevenirla oportunamente. Prolongar el término de 40 dias para que sean intimados los corsarios de la cesacion de hostilidades, es lo mismo que autorizarlos por todo ese mas tiempo para que, no obstante el armisticio acordado por su Gobierno, puedan aprovechar de las presas que consigan. Yo considero que, declarando religiosamente entregables todas las que se hagan despues de lo estipulado conmigo, quedará cerrada la puerta á interpretaciones perjudiciales que pueden ocasionar nuevos motivos de públicos resentimientos. Así que, en el caso de arribarse al convenio de este primer paso, quedaré fijado en la manera expresada, sin embarazarme en la 6a proposicion, siempre que se me prometa no surcar el Pacífico tropa alguna en buques nacionales ó extrangeros en los cuarenta dias que deben mediar entre el dia de una nueva declaratoria de guerra y la notificacion á los que estén armados en corso.

En todo el dia de hoy llegarán á este Cuartel General los señores coroneles José Antonio Guerra y Carlos Demarquet: y siendo el primero el que viene autorizado para tratar sobre este asunto, inclinándome en la parte posible á todo lo que sin desdoro de nuestro pabellon pueda conducirnos al deseado fin de la paz, trataré de ver si, apresurándose US. en honrarme con una terminante contestacion por mar, logro conciliar á un tiempo mis determinaciones con las del Supremo Gobierno ó de la Representacion Nacional si se halla instalada al recibo de esta.

Quiera pues contribuir por su parte á la pronta resolucion de este problema, y participarme con igual brevedad su resultado.

Dios guarde á US.-A. Gamarra.

NÚMERO 1,0

(Cópia relativa á la nota anterior.)

República de Colombia.-Secretaría General de S. E. cl Libertador-Cuartel General en la Barranca, á 25 de Junio de 1829.-199

Al Illmo. Señor Gran Mariscal D. Agustin Gamarra, General en Gefe del Ejército del Perú.

Señor General:

Esperaba S. E. el Libertador Presidente qre, á consecuencia de la nota que ha dirigido á U. S. I. el Ministro de la guerra del Perú, con fecha 6 del que rige, se pusiese U. S. I. en comunicacion con el Comandante en Gefe del Ejército del Sur de Colombia, á fin de tratar sobre la celebracion de un convenio militar de suspension de hostilidades. Y deseando S. E. poner término á los males que afligen á esta importante seccion de la República con la continuacion de una guerra escandalosa emprendida contra los sentimientos de dos naciones hermanas y amigas, se apresura á autorizar cerca de U. S. I. al señor coronel José Antonio de la Guerra, para que, de acuerdo con la persona que U. S. I. nombre, pueda ajustar el convenio por cuya ratificacion cesen las hostilidades por mar y tierra, hasta que, reunido el Congreso del Perú, se decida la guerra ó la paz con Colombia.

Al proponer S. E. el Libertador un armisticio semejante, cuenta y exige como una precisa, indispensable y prévia condicion:

1o Que el territorio colombiano, que hoy ocupan en el Departamento de Guayaquil las fuerzas peruanas, sea evacuado y vuelto á las autoridades de Colombia:

20 Que la Plaza de Guayaquil sea restituida con todas las armas, utensilios, pertrechos y demás enseres, en los mismos términos en que fué entregada en calidad de depósito en virtud de la capitulacion de 21 de Enero:

30 Que se suspenda igualmente el bloqueo de la costa meridional de Colombia:

40 Que se devuelvan los buques de guerra que, sin ser apresados por la Escuadra Peruana, existen incorporados en ella:

59 Que se dé el tiempo suficiente (por lo menos de 40 dias) para intimar á los corsarios de ambas naciones la cesacion dé las hostilidades:

6o Que, si desgraciadamente no se ajustaren los tratados definitivos de paz, y se hubieren de romper nuevamente las hostilidades, se notifique á los corsarios y á los buques de guerra con cuarenta dias de anticipacion.

U.S. I. no debe extrañar las predichas condiciones, al recordar que se han frustrado dos veces al Gobierno de Colombia sus esperanzas en las estipulaciones ajustadas con el Perú sin las garantias competentes; y no seria prudente ni decoroso celebrar todos los dias convenios que solo sirviesen para evadir los peligros del momento; y anularlos, en seguida, por una completa violacion.

Tal conducta, contraria á la dignidad de las naciones, es tambien atentatoria á la buena fé que debe caracterizar á los gobiernos. El de Colombia ha dado el ejemplo: y no duda que el actual del Perú, rivalizará en su lealtad con el nuestro, respecto á las nuevas transacciones que, para el bien de ambas naciones, hayan de establecerse.

El coronel Carlos Demarquet, edecan de S. E. el Libertador Presidente, vá autorizado para trasmitir al señor Comandante en Gefe de la Escuadra de Colombia en el Pacífico las órdenes correspondientes á las condiciones del armisticio que se cele

brare.

Con sentimientos de distinguida consideracion soy de U. S. I. atento, obediente servidor-José de Espinar.

NÚMERO 53.

Ejército Nacional.-General en Gefe.-Cuartel General en Piu- · ra, á 6 de Julio de 1829.

Al señor Ministro de Estado en el Departamento de Guerra.

Señor Ministro:

En los mismos momentos en que se despachaba á esa capital la comunicacion de esta fecha, marcada con el número 52, he recibido la contestacion que me dirige el Secretario General de S. E. el Libertador de Colombia, dada en Buyjó á HISTORIA-6

TOMO IX.

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