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DE LA

REVISTA GENERAL DE LEGISLACIÓN

Y JURISPRUDENCIA

PERIÓDICO OFICIAL

DEL

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

AÑO 45

TOMO 104

(2.o de 1897)

MADRID

IMPRENTA DE LA REVISTA DE LEGI: LACION

á cargo de J. M. Sardá,

Konda de Atocha, numero 15, centro

1897

FEB 12 1910

ÉPOCA

BOLETIN

DE LA

NÚM. 3039

REVISTA GENERAL DE LEGISLACIÓN Y JURISPRUDENCIA
periódico oficial del I. Colegio de Abogados de Madrid.

SECCIÓN DOCTRINAL

Reclamación de una parte de la herencia respecto de la cual
el testador murió intestado.

Doña A. murió bajo testamento, en el que no dispuso de todos sus bienes ni instituyó heredero universal, quedando, por tanto, la herencia parte testada y parte intestada. Los parientes más próximos de Doña A. acudieron al Juzgado solicitando la declaración de herederos en la parte intestada, para luego pedir la entrega de los bienes, cuya solicitud admitió el Juzgado en providencia contra la cual propuso el heredero testamentario incidente de nulidad de actuaciones, que fué desestimado y hoy pende de apelación. Los citados parientes, herederos presentes de Doña A., que temen se dilate la declaración de herederos, lo que les causa grandes perjuicios, desean entablar el pleito ordinario ejercitando la acción de petición de herencia en súplica de que se declare: que en el testamento de Doña A. existe una parte intestada; que esa parte corresponde á los parientes más próximos de dicha señora, como herederos abintestato, y se condene á la entrega de esos bienes.

¿Puede alegarse y prosperar contra esa demanda la falta de acción, y por tanto, será indispensable esperar á la declaración de herederos para entablar el pleito?

Desearía conocer la opinión fundamentada de esa REVISTA.

CONTESTACIÓN.-Los parientes del testador á quienes corresponde sacederle en los bienes de que éste no dispuso en su testamento, hicieron uso de su legítimo derecho al pedir al Juzgado la declaración de herederos abintestato para reclamar después la parte de herencia, y no comprendemos en qué pueda fundarse esa nulidad de actuaciones que solicitaron y desestimó el Juzgado.

De suponer es que será confirmada la sentencia y se hará la declaración de herederos abintestato, reclamando éstos después su parte de herencia.

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