Estudios juridicos del licenciado Miguel Bolaños Cacho

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Benito Juarez, 1907 - 563 páginas
 

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Página 70 - Todos los juicios de que habla el artículo anterior se seguirán, á petición de la parte agraviada, por medio de procedimientos y formas del orden jurídico, que determinará una ley. La sentencia será siempre tal, que sólo se ocupe de individuos particulares, limitándose á protegerlos y ampararlos en el caso especial sobre que verse el proceso, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley ó acto que la motivare.
Página 71 - ... Los tribunales de la Federación resolverán toda controversia que se suscite: I. — Por leyes o actos de cualquiera autoridad que violen las garantías individuales. II. — Por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados.
Página 67 - No se podrá expedir ninguna ley retroactiva. Nadie puede ser juzgado ni sentenciado, sino por leyes dadas con anterioridad al hecho y exactamente aplicadas á él, por el tribunal que previamente haya establecido la ley.
Página 327 - Corresponde á los Tribunales de la Federación conocer: I. De todas las controversias que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de las leyes federales.
Página 327 - El pueblo mexicano reconoce, que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia declara, que todas las leyes y todas las autoridades del país, deben respetar y sostener las garantías que otorga la presente Constitución.
Página 517 - Aguascalientes, Campeche, Coahuila. Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato. Guerrero, Hidalgo. Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco.
Página 81 - En casos que no admitan demora, la petición del amparo y de la suspensión del acto pueden hacerse al Juez de Distrito, aun por telégrafo, siempre que el actor encuentre algún inconveniente en la justicia local...
Página 484 - IV. Si el poseedor ó dueño de la propiedad que deba ocuparse fuere incierto ó dudoso, por causa de litigio ú otro motivo, el juez de Distrito fijará como monto de la indemnización la cantidad que resulte...
Página 284 - ... estafadas, si no hubiere testigos presenciales del hecho, se recibirá información sobre los antecedentes del que se presentare como agraviado, y sobre todas las circunstancias que ofrecieren indicios de hallarse éste poseyendo aquéllas al tiempo en que resulte cometido el delito.
Página 90 - ... mencionado en la demanda. Art. 43. Siempre que se niegue el amparo al sentenciar uno de estos recursos, por falta de motivo para pedirlo, tanto los jueces como la Suprema Corte, en su caso, condenarán al quejoso á una multa que no baje de diez ni exceda de quinientos pesos. Solo la insolvencia puede eximir de esta pena. Art. 44.

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