Jurisprudencia práctica ó fórmulas contractuales comentadas segun las leyes comunes, y segun la ley hipotecaria, aplicada á todas las provincias de España, Volumen1

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Imprenta de Magriña y Subirana, 1862 - 1198 páginas

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Página 318 - El crédito hipotecario puede enajenarse ó cederse á un tercero en todo ó en parte, siempre que se haga en escritura, pública, de que se dé conocimiento al deudor y que se inscriba en el registro El deudor no quedará obligado por dicho contrato á más que lo estuviere por el suyo.
Página 123 - La inscripción no convalida los actos ó contratos que sea» nulos con arreglo á las leyes. Art. 34. No obstaute "lo declarado en el artículo anterior, los actos ó contratos que se ejecuten ú otorguen por persona que en el registro aparezca con derecho para ello, una vez inscritos, no se invalidarán en cuanto á tercero, aunque después se anule ó resuelva el derecho del otorgante, en virtud de título anterior no inscrito ó de causas que no resulten claramente del mismo registro...
Página 231 - Los bienes anteriormente hipotecados, aunque lo estén con el pacto de no volverlos á hipotecar, siempre que quede á salvo la prelacion. que tuviere para cobrar su crédito aquel á cuyo favor esté constituida la primera hipoteca.
Página 226 - ... compromiso, no surtirá efecto contra tercero, como no se haga constar en el Registro por medio de una inscripción nueva, de una cancelación total ó parcial, ó de una nota marginal, según los casos.
Página 377 - El cumplimiento de las condiciones suspensivas, resolutorias ó rescisorias de los actos ó contratos inscritos, se hará constar en el Registro, bien por medio de una nota marginal, si se consuma la adquisición del derecho, ó bien por una nueva inscripción á favor de quien corresponda, si la resolución ó rescisión llega á verificarse.
Página 236 - Las rentas vencidas y no pagadas, cualquiera que sea la causa de no haberse hecho efectivas, y las que se hayan de pagar hasta que el acreedor sea satisfecho de todo su crédito. 5.°...
Página 564 - La hipoteca constituida por un tercero sin poder bastante; podrá ratificarse por el dueño de los bienes hipotecados; pero no surtirá efecto sino desde la fecha en que por una nueva inscripción se subsane la falta cometida.
Página 106 - ... deberá inscribir su derecho justificando previamente su posesión ante el Juez de primera instancia del lugar...
Página 101 - Las ejecutorias en que se declare la incapacidad legal para administrar ó la presunción de muerte de personas ausentes, se imponga la pena de interdicción ó cualquiera otra por la que se modifique la capacidad civil de las personas, en cuanto á la libre disposición de sus bienes.
Página 548 - ... años , sea capaz de redituar al tres por ciento otra igual al importe de una cincuentena del valor de la finca, rebajadas las cargas á que está sujeta, ó lo que es lo mismo, dos y dos tercios por ciento de su precio líquido.

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