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ses, asistiendo el que estaba en turno á la cerradura de las puertas, acompañado de la gente más granada de la Villa con hachas encendidas.

Grande era la importancia que la Villa concedía en lo antiguo á esta prerrogativa, según se puede colegir de las diferentes disposiciones que estampó en sus Ordenanzas Municipales. En las del año 1415 dice: «Otrosi ordenamos que todas las llaves de la Villa vengan luego en mano de Jurados e que los dichos Jurados las pongan en manos de aquellos que entendieren que complen e al tiempo que los dichos Jurados recibieren las dichas llaves, que las repartan e den por Escribano público pareciendo ello por testimonio; pero que non den las dichas llaves nin algunas de ellas á home, ni muger que toviere casa á teniente á la cerca de la Villa agora nin de aqui adelante».

«Otrosi que ninguno que toviere llaves de las puertas de la Villa non sea osado de abrir puertas algunas de la Villa de noche desque tañere la campana del Ave María fasta que tocare la vocina del alborada, salvo el portal del Puyuelo, so pena que pague el que assi abriese las dichas puertas 50 maravedis por cada ve gada».

En las Ordenanzas de 1489 se dictan también varias disposiciones sobre lo mismo: «Otrosi ordenamos é mandamos que los que tienen las llaves de los portales non sean osados de abrir

á ninguno para entrar é salir cuando el tal fue go fuere, más que acudan con las dichas llaves á los Alcaldes é Regidores salvo la puerta del Poyuelo, que esta sea á cargo de los Sagra menteros de la guardar, so pena que el que lo contrario ficiere pague el daño que la Villa recibiere e mas 5.000 maravedís por cada vez.»

«Otrosi ordenamos e mandamos que ninguno que vive sobre cerca no tenga llave de portal alguno so pena de mil mrs. e que los Alcaldes é Regidores é Sagramenteros que lo consintieren pague cada uno mil mrs. por cada vegada».

«Otrosi ordenamos é mandamos que al comienzo del año los Regidores pasados ayan de entregar é dar las llaves de todos los portales de la dicha Villa dentro de tres dias despues que saliesen de sus oficios á los Alcaldes é Regidores que sean nuevamente criados so pena de perder los salarios del año é de pagar mil mrs. cada uno, é que los Alcaldes é Regidores si las recibieren las den las dichas llaves de portales y postigos á personas fieles cuales ellos bien visto les fuere é que los tales á quien les dieren cierren las dichas puertas é postigos desde el Ave María hasta el dia é las non abran en el dicho medio tiempo, sin licencia de los Alcaldes é Regidores salvo en tiempo de la vendimia é entonces poniendo buena guarda salvo la puerta del Poyuelo, que ese sea á cargo de los Sagramenteros de la abrir é guardar so

pena de mil mrs. á cada uno que lo contrario ficiere é que el tal dar é entregar de las llaves á las tales personas se faga ante Escribano fie é ante los testigos de manera que se sepa contra quien hacer recurso.>>

Sin que sepamos las razones que á ello le obligaron, el Cardenal Cisneros mermó grandemente esta prerrogativa, escribiendo desde Vitoria el año 1522 que se entregase una de las llaves al Capitán General D. Beltrán de la Cueva, salvo los privilegios y ordenanzas de la dicha ciudad. Igual orden dió Carlos V desde Monzón á 22 de Agosto de 1542, mandando que una de las dichas llaves estuviese en poder del Capitán General D. Sancho de Leyva, ó en su ausencia en el del Capitán Villaturriel, y añadía que no introducía esta novedad por des. confianza en los Capitulares, sino por mayor seguridad suya, congratulándose en carta de 8 de Septiembre de que se hubiese hecho dicha entrega «pues que esto no se ha hecho por des confianza que de vosotros tengamos, porque de vuestra fidelidad y antigua lealtad tenemos larga experiencia y deseamos haceros todo favor y merced, como vuestros servicios y fidelidad lo merecen.»>

D. Felipe II mandó lo propio en 1566 y en Cédula Real de 1581, dictada en vista de las desavenencias que surgieron entre los Alcaldes y militares por la manera de cerrar las puertas,

mandó que así aquéllos como éstos podrían asegurarse si quedaban bien cerradas, tentando. y mirando los unos los candados de los otros. Con arreglo á estas Reales Ordenes y otras que probablemente se darían en igual sentido en los reinados posteriores, la formalidad de cerrar las puertas se hacía en la forma siguiente: al caer la noche, el Jefe militar se dirigía al son de la caja y pífano á la puerta del muelle, al frente de los soldados que habían de hacer la guardia durante la noche, y después de repartir desde allí los centinelas de la muralla y cuarenta garitas que en ella había, iba con los que restaban á cerrar la puerta principal, regresando desde aquí á su casa acompañado de un pelotón de ocho ó diez.

Seguidamente el Alcalde, acompañado de la gente más granada de la Villa con hachas encendidas, acudía á las dos puertas citadas, y después de cerrar con sus llaves uno de los cerrojos, tanteaba si estaba bien cerrado el que pertenecía á los Jefes militares, recogiendo la llave á su casa.

Así seguían las cosas hasta el año 1757, en que el Capitán D. Francisco Murcio, que se hallaba de guardia en la puerta de tierra, quiso perturbar esta inmemorial costumbre, impidien· do al Alcalde D. Manuel de Alzúa proseguir en tan preciada posesión, pero habiéndole reprendido con dureza el Capitán General D. Luis

Guendica, volvieron á ser respetados los derechos de la ciudad.

El Capitán General Marqués de Bassecourt intentó otra vez perturbar esta posesión, motivando con ello nueva confirmación del privile gio el año 1777, pero en 1794 cesó completamente esta prerrogativa, con motivo de la ocupación de la plaza por los franceses y no se recuperó después de la evacuación de éstos á consecuencia de la causa que se formó á los capitulares y vecinos por su rendición. Sin embargo, la ciudad conservó después en muchos años su capitán asalariado, como en posesión ó recuerdo de su derecho, empleo que se suprimiría probablemente después del incendio en 1813.

El puente durmiente como las puertas de la muralla solía renovarlos la Villa, y así vemos que en 1564 se achicó por su cuenta la puerta de tierra por ser demasiado grande, y que en 1609 se pagaron las puertas nuevas 5157 reales.

El Capitán General D. Juan de Velázquez hizo presente el 9 de Diciembre de 1594 que las puertas de Santa Catalina, Zurriola y otras que se abrían sólo para el servicio de la Villa eran tan flacas, que con poco trabajo podrían derribarse, especialmente con unos ingenios descubiertos entonces que se llamaban Petrartes, y que su derribo era más fácil por no haber en aquella parte fosos que pudieran impe

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