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dose á otros puntos que habia hecho poner en estado de defensa. Todo hacia esperar una próxima y decisiva batalla cerca de la capital. Entre tanto la ciudad sufria, viendo caer sobre sus edificios destructoras bombas y granadas lanzadas de la ciudadela. El presidente Bustamante, deseando ver cómo se evitaba el derramamiento de sangre, tuvo una entrevista con los generales disidentes Cortazar y D. Mariano Paredes en la hacienda llamada la << Patera;» pero las diferencias políticas quedaron de igual manera. Las defecciones de algunos jefes continuaron quitando á Bustamante la posibilidad de vencer á sus contrarios. D. Panfilo Galindo que llegaba á Méjico con seiscientos hombres de caballería en su auxilio, se unió á los sublevados de la ciudadela, y aunque todavía le quedaban á Bustamante bastantes tropas leales, entre las cuales se contaban los cuerpos de Guanajuato, dejó pasar á sus contrarios á Tacubaya, donde se reunieron todas las fuerzas sublevadas. El general Santa-Anna pasó revista á su ejército en el expresado punto, que solo dista una legúa de Méjico, y en seguida la junta de oficiales allí verificada, dió por resultado las llamadas «Bases de Tacubaya,» conocidas con este nombre por ser el de la poblacion en que se dieron. El primero de sus artículos decia así: «Cesaron por voluntad de la nacion en sus funciones, los poderes llamados supremos, que estableció la constitucion de 1836, exceptuándose el judicial, que se limitará á desempeñar sus funciones en asuntos puramente judiciales, con arreglo á las leyes vigentes;» y el artículo segundo estaba concebido con los siguientes términos: «<No conociéndose otro medio para suplir la voluntad de los depar

tamentos, que nombrar una junta compuesta de dos diputados por cada uno, nacidos en los mismos, ó ciudadanos de ellos y existentes en Méjico, los elegirá el Excmo. Señor general en jefe del ejército mejicano, con el objeto de que estos designen con entera libertad, la persona en quien haya de depositarse el poder ejecutivo, provisionalmente.»> (1)

(1) Las bases todas del plan de Tacubaya, eran las siguientes:

Art. 1.o Cesaron, por voluntad de la nacion, en sus funciones, los poderes llamados supremos, que estableció la constitucion de 1836, exceptuándose el judicial, que se limitará á desempeñar sus funciones en asuntos puramente judiciales, con arreglo á las leyes vigentes.

Art. 2. No conociéndose otro medio para suplir la voluntad de los departamentos, que nombrar una junta compuesta de dos diputados por cada uno, nacidos en los mismos, ó ciudadanos de ellos, y existentes en Méjico, los elegirá el Excmo. Sr. general en jefe del ejército mejicano, con el objeto de que éstos designen con entera libertad, la persona en quien haya de depositarse el poder ejecutivo provisionalmente.

Art. 3. La persona designada, se encargará inmediatamente de las funciones del ejecutivo, prestando el juramento de hacer bien á la nacion, en presencia de la misma junta.

Art. 4. El ejecutivo provisional dará, dentro de dos meses, la convocatoria, y no podrá ocuparso de otro asunto que no sea de la formacion de la misma constitucion.

Art. 5. El ejecutivo provisional responderá de sus actos ante el primer congreso constitucional.

Art. 6. Las facultades del ejecutivo provisional son todas las necesarias para la organizacion de todos los ramos de la administracion pública.

Art. 7. Se nombrarán cuatro ministros: el de relaciones exteriores é interiores: el de instruccion pública é industria: el de hacienda, y el de guerra y marina.

Art. 8. Cada uno de los departamentos nombrará dos individuos de su confianza, para un consejo que abrirá dictámen en todos los negocios para que fuese consultado por el ejecutivo.

Art. 9.

Mientras no se reuna el consejo nombrado por los departamentos,

1841.

Si la experiencia no se hubiera encargado de demostrar al mundo, que la voluntad nacional, en los labios de los tribunos ó de los generales que promueven un cambio completo en el personal del gobierno, no es mas que un seductor engaño con cuyo brillante colorido se pretenden disfrazar y aun legitimar las particulares aspiraciones y las ideas políticas de los que aspiran al poder, bastaria el simple análisis del plan presentado, para deducir una consecuencia que lo acredita. Pretender que el Plan de Tacubaya incluia en sus artículos la voluntad nacional, argüiria que el pueblo mejicano renunciaba á sus derechos, abdicaba su poder y sus garantías

desempeñará sus funciones la junta, cuya creacion se establece en la base 2.a

Art. 10. Entre tanto se da la organizacion conveniente á la república, continuarán las autoridades de los departamentos que no hayan contrariado ó contrariasen la opinion nacional.

Art. 11. El general en jefe y todos los generales y jefes del ejército, se comprometen, por el sagrado de su honor, á olvidar para siempre la conducta política que los ciudadanos militares ó no militares, hayan observado en la presente crísis, y á no consentir persecuciones de ninguna clase, porque su objeto es la mas sincera reconciliacion de todos los mejicanos, por el bien de la patria.

Art. 12. Si pasado el término de tres dias despues de aspirado el armisticio, no fuesen adoptadas estas bases por el Excmo. Sr. general en jefe de las tropas del gobierno, se procederá desde luego á darles exacto cumplimiento; y declaramos, á nombre de la nacion, que tan expresamente ha manifestado su soberana voluntad, que serán responsables con sus personas, el expresado general en jefe y los militares que le sigan, y todas las llamadas autoridades que directa ó indirectamente contraríen aquella misma voluntad, y contribuyan á hacer derramar inútilmente la sangre mejicana, que pesará sobre sus cabezas. (Siguen las firmas.)

Es copia.-Cuartel general en Tacubaya, Setiembre 28 de 1841.-Manuel Maria Escobar, secretario de V. E.

TOMO XII.

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en un hombre que disponia de la fuerza; renuncia Ꭹ abdicacion que ha estado muy lejos de hacer jamás.

Como en el plan daban sus autores tres dias de plazo para que el general en jefe de las tropas del gobierno adoptase las bases expuestas, se trató de celebrar un armisticio en la hacienda llamada «Morales,» concurriendo á él dos oficiales de cada una de las partes beligerantes. El ministro de la guerra D. Juan Nepomuceno Almonte, juzgando que la admision de las bases de Tacubaya equivalia á permitir que la nacion perdiese de todo punto la libertad civil, creyó preferible que el gobierno se declarase por el sistema federal, que sin duda seria acogido por los departamentos que se pondrian de su parte y contra los caudillos del plan de Tacubaya. Resuelto á realizar el pensamiento, empezó á dar los pasos que juzgó mas eficaces para proclamar la federacion, que era el único medio de salvar al gobierno. Dió con este motivo el ministro, el título de coronel á varios individuos conocidos por sus ideas federalistas, que ejercian influencia en la gente que habitaba en los barrios, y les dió armamento para que levantasen la antigua milicia cívica. Inmediatamente empezaron á tener sus reuniones, eligiendo para cuarteles el colegio de Agustinos de San Pablo, el hospital de Jesús Ꭹ otros puntos.

Con el objeto de ganar el tiempo preciso para llevar á cabo su proyecto, el ministro habia manifestado al general Santa-Anna, que el plazo de tres dias que habia señalado de armisticio para ver si se adoptaban las bases del plan de Tacubaya, era demasiado corto, pues el exámen de sus artículos debia hacerse con meditacion, por lo cual

creia conveniente que se prolongase por otros tres dias mas. El general Santa-Anna convino en ello, y el ministro D. Juan Nepomuceno Almonte siguió preparando con actividad todo lo necesario para hacer la contrarevolucion.

El presidente D. Anastasio Bustamante, que era hombre ageno á toda ambicion de mando, dirigió una exposicion á la cámara de diputados, pidiendo licencia para renunciar la presidencia; pero aunque se la concedió, el senado desaprobó ese acuerdo por nueve votos contra cuatro, y tuvo que continuar al frente del gobierno. Entre tanto el ministro de la guerra habia acabado de disponer todo para proclamar la federecion, y admitiendo el presidente el pensamiento, se procedió á la ejecucion. A las diez de la mañana del 30 de Setiembre se formaron en cuadro las tropas en la plaza mayor en que está situado el palacio: un número considerable del pueblo se hallaba reunido en el mismo sitio. El presidente D. Anastasio Bustamante, montado en un arrogante caballo, recorrió las filas, y arengó á los soldados y al pueblo, proclamando la federacion. Mil vivas entusiastas contestaron á sus palabras, y la milicia cívica manifestó en sus cuarteles la mas viva satisfaccion por el suceso. El repique de las campanas y las salvas de artillería anunciaron á la ciudad el acontecimiento.

El general D. Antonio Lopez de Santa-Anna, al oir 1841. desde Tacubaya las salvas de artillería hechas por las tropas del gobierno y tener noticia del suceso, se indignó altamente y se preparó á romper las hostilidades sobre la ciudad. Para impedir la entrada de víveres á

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