Colección de decretos y ordines del congreso del estado libre y soberano de México, Volumen7 |
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Términos y frases comunes
1869.-José María Martinez 1870.-Mariano Riva Palacio.-Jesus 21 de Abril Abril Administradores de Rentas Alberto García alcabala Almoloya Antonio Zimbron Artículo único Autorizando Ayuntamiento Búlman cabecera Cárlos Mejía Chalco circular y ejecutar Comandantes de Tercio concede Concha Congreso contribucion personal cretado cuota Dado en Toluca decretado lo siguiente Decreto núm diputado presidente.-J Diputado Presidente.-Manuel Borja Diputado Secretario Diputado Secretario.-Manuel ejecucion entendido el Gobernador Escribientes espresan estraordinarias fierros fincas Fuentes y Muñiz Gastos Gefe Superior Gefes de Línea Gefes políticos Gendarmes Gober greso habitantes imprima Indultando Jilotepec José María Martinez Libre y Soberano mando se observe Mariano Riva Palacio México ha decre mil ochocientos sesenta multa Municipalidades Municipios nador constitucional nes toque cuidar pago pesos publicar publique y circule Reglamento reos Riva Palacio.-Jesus Fuentes Secretario.-Francisco Perez Secretario.-Pedro Navarro Setiembre Soberano de México Sultepec tado lo siguiente Temascaltepec Tenancingo Tenango tendrá entendido Tepetlixpa Texcoco toque cuidar Tribunal Superior vigentes Zinacantepec
Pasajes populares
Página 68 - Lo tendrá entendido el gobernador del Estado, haciéndolo imprimir, publicar, circular y ejecutar.
Página 69 - Diputado Secretario." Por tanto, mando se observe, imprima, publique y circule á quienes toque cuidar de su ejecución. Toluca, Octubre 15 de 1869 — Mariano Riva Palada.
Página 50 - ¿ha concluido la votación?" y después de una prudente espera, vaciará las cédulas sobre la mesa, las contará también en voz alfa, y de igual modo las leerá una á una hasta concluir. Cualquiera de los escrutadores formará la lista de escrutinio, escribiendo los nombres que lea el secretario y anotando los votos con líneas verticales sobre una horizontal. El otro escrutador irá reuniendo, en grupos separados las cédulas correspondientes á cada candidatura, para confrontarlas con la lista....
Página 121 - Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, á todos sus habitantes, sabed: que el Congreso ha aprobado lo siguiente: • "Decreto núm. 15. — El Congreso del Estado de México decreta lo siguiente: Art. 1° Queda reformada la fracción 1* del art.
Página 50 - Las juntas electorales de distrito se instalarán en el lugar que se les haya designado, al dia siguiente de la inscripción de que habla el artículo que precede, nombrarán de entre sus miembros, mediante escrutinio secreto y por cédulas, un presidente, dos escrutadores y un secretario; serán presididas por la primera autoridad política local, para...
Página 50 - ... se hará por escrutinio secreto y por medio de cédulas. Los electores depositarán sus votos en la ánfora que se pondrá en la mesa, procediendo con orden, silencio y regularidad: se pararán de sus asientos uno á uno, por la derecha de la mesa, y cuando haya cesado el movimiento, el secretario preguntará en voz alta y por dos veces: ¿ha concluido la votación...
Página 100 - Gobernador Constitucional del Estado libre y soberano de México, á todos sus habitantes, sabed: Que el Congreso ha aprobado lo siguiente: . I- 5. El Congreso del Estado de México decreta lo siguiente: Art. 1° Se deroga el decreto núm.
Página 49 - En seguida preguntará el presidente si alguien tiene que exponer queja sobre cohecho ó soborno, engaño ó violencia para que la elección recaiga en determinada persona, y habiéndola, se hará pública averiguación verbal en el acto. Resultando cierta la acusación...
Página 19 - Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación, que en ningún caso serán gratuitos.
Página 51 - Al día siguiente de nombrados los Diputados, cada junta de distrito electoral se volverá á reunir como el día anterior; y los electores, repitiendo lo conducente de lo preceptuado en el art.