Exposicion presentada

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Francisco Díaz de Leon, 1885 - 70 páginas
 

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 39 - A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley, cuando se ofendan los derechos de la sociedad.
Página 11 - La propiedad de las personas no puede ser ocupada sin su consentimiento, sino por causa de utilidad pública y previa indemnización. La ley determinará la autoridad que deba hacer la expropiación y los requisitos con que ésta haya de verificarse.
Página 60 - Federal ó como consecuencia de ella, tienen los altos funcionarios de la Federación y de los Estados, dará cuenta al Congreso Federal ó á la Legislatura respectiva, para que procedan conforme á sus atribuciones. Art. 832. Si cualquiera d...
Página 4 - Así, por mayoría de votos, lo decretaron los CC. Presidente y Ministros que formaron el Tribunal pleno de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos, y firmaron.
Página 61 - Si el quejoso, el promotor fiscal ó la autoridad ejecutora creyesen que el juez de Distrito, por exceso ó por defecto, no cumple con la ejecutoria de la Corte, podrán ocurrir en queja ante este Tribunal, pidiéndole que revise los actos del inferior. Con el informe justificado que este rinda, la Corte confirmará ó revocará la providencia de que se trate, cuidando siempre de no alterar los términos de la ejecutoria. El ocurso de los interesados y el inforr me del juez se remitirán á la Corte...
Página 12 - Jíciesen emperador, é le otorgasen todo el poder, é el señorío que habían sobre las gentes, para mantener, é defender derechamente el procomunal de todos ; con todo eso non fue su entendimiento de lo facer Señor de las cosas de cada uno, de manera que las pudiese tomar á su voluntad.
Página 47 - Estado, se puedan denunciar y aplicar en la propia forma que va dispuesto para las demas. 3. Tampoco podrán tener Minas los Gobernadores, Intendentes, Corregidores, Alcaldes Mayores, ni otros cualesquiera Justicias de, los Reales ó Asientos de Minas, ni menos los Escribanos de ellos; pero les concedo el que puedan tenerlas en distinto territorio del de su jurisdiccion. 4. Los Administradores, Mayordomos, Veladores, Rayadores, Mineros ó Guardaminas, y en general ningun Sirviente ú Operario de...
Página 12 - Rey las oviese menester , por facer deltas , ó en ellas alguna labor , ó alguna cosa que fuese á pro comunal del reino ; asi como si fuese alguna heredad en que oviesen á facer castillo, ó torre, ó puente, ó alguna otra cosa semejante que tornase á pro, ó á amparamiento de todos ó de algún lugar señaladamente.
Página 12 - Emperador quissiese tomar heredamiento o alguna otra cosa a algunos, para si, o para darlo a otro; como quier que el sea Señor de todos los del Imperio, para ampararlos de fuerza, e para mantenerlos en justicia, con todo esso non puede el tomar a ninguno lo suyo sin su placer, sí non fiziesse tal cosa, porque lo deuiesse perder segundley.
Página 50 - no son tales los derechos meramente facultativos emanados de la ley, como los de investigar la paternidad; porque son por su naturaleza revocables; porque el legislador no contrata cuando concede una facultad; permite, pero no se obliga; conserva siempre el poder de retirar su permiso; y aquellos á quienes lo retira antes de que hayan hecho uso de él no tienen pretesto alguno para quejarse. La ley vino cuando aun estaba pendiente el ejercicio de esa facultad y los negocios que aun están pendientes...

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