Constituciones vigentes de los Principales Estados de Europa y America: precedidas de una reseña histórica de los mismosImp. J. Antonio García, 1864 - 254 páginas |
Otras ediciones - Ver todas
Términos y frases comunes
acusacion administracion ambas Cámaras América anglo-americanos aprobacion arreglo Asamblea atribuciones autoridad blica Brasil Cámara de diputados capital causa Chile cion ciudadanos civil colonias comercio Conceder Confederacion Congreso consejeros Consejo Constitucion Convocar Córte Suprema cuyo debe declarar decreto delito demas derecho derechos políticos despues determinará Diego Velazquez distrito Ecuador ejecucion ejercer ejercicio ejército eleccion electores elegidos emperador empleados escepto esclusiva España españoles Espedir espresamente establecer Estados-Unidos esterior estranjeros estraordinarias federal funciones gefe gobernador guerra habia habitantes halle imperio imperio del Brasil independencia individuos judicial jueces juzgados legislatura mando mejicanos Méjico miembros ministros del despacho Mundo municipales nacion nacion Argentina nacional negocios nombre nuevo número organizacion país Panfilo Narvaez patentes de corso pena persona Perú poder ejecutivo poder legislativo podia podrá podrán políticos posesion presidente provincia provinciales proyecto pública reforma reglamentos religion República respectivos responsabilidad reunido sancion SECCION Senado senadores serán sesiones tambien territorio tículo TITULO tribunales Venezuela vice-presidente votos
Pasajes populares
Página 136 - ... constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino...
Página 137 - Cada provincia dictará para sí una constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación -primaria.
Página 190 - El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición.
Página 139 - Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ya la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohibe.
Página 138 - La Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad.
Página 143 - Cámaras se reunirán en sesiones ordinarias todos los años desde el 1' de Mayo hasta el 30 de Septiembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación, o prorrogadas sus sesiones. Art. 56. Cada Cámara es Juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros en cuanto a su validez.
Página 146 - Hacer todas las leyes y reglamentos que sean convenientes para poner en ejercicio los poderes antecedentes, y todos los otros • concedidos por la presente Constitución al Gobierno de la Nación Argentina.
Página 147 - Ningún proyecto de ley desechado totalmente por una de las cámaras podrá repetirse en las sesiones de aquel año.
Página 137 - Los actos públicos y procedimientos judiciales de una provincia gozan de entera fe en las demás; y el Congreso puede por leyes generales determinar cuál será la forma probatoria de estos actos y procedimientos, y los efectos legales que producirán.
Página 139 - Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.