La materia contencioso-administrativa: Teoría - legislación vigente - jurisprudencia

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Imprenta de Enrique Rubiños, 1891 - 396 páginas
 

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Pasajes populares

Página 16 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer se ejecute lo juzgado.
Página 252 - Continuarán, sin embargo, atribuidas á la jurisdicción contencioso-administrativa las cuestiones referentes al cumplimiento, inteligencia, rescisión y efectos de los contratos celebrados por la Administración central, provincial y municipal para obras y servicios públicos de toda especie.
Página 253 - ... y al de los juzgados y tribunales de justicia competentes las que versen sobre el dominio de los mismos bienes, y cualesquiera otros derechos, que se funden en títulos anteriores y posteriores á la subasta, ó sean independientes de ella.
Página 386 - Las resoluciones dictadas por un Ministro de la Corona no podrán ser reclamadas en vía contenciosa por Ministro de distinto ramo. Tampoco podrán ser reclamadas las resoluciones administrativas, ni por las Autoridades inferiores, ni por los particulares, cuando obren por delegación ó como meros agentes ó mandatarios de la Administración".
Página 388 - ... firmar. Se entenderá, sin embargo, hecha la notificación administrativa cuando conste en el expediente por la firma del interesado, ó éste se muestre enterado de la resolución en el mismo expediente. Cuando el recurrente no haya sido notificado por no ser parte en el expediente administrativo, comenzará á contarse el plazo para interponer el recurso desde el día siguiente al de publicada la resolución en el Boletín oficial de la provincia ó en la Gaceta de Madrid, según proceda de...
Página 314 - Al cumplimiento , inteligencia , rescisión y efectos de los contratos y remates celebrados con la administración civil ó con las provinciales ó municipales para toda especie de servicios y obras públicas.
Página 386 - ... ser la de que aquélla no pudo ser- presentada por causas independientes de la voluntad del que interpone el recurso, siempre que el pago se haya realizado en las arcas del Tesoro dentro del plazo señalado por la Ley para la interposición del mismo recurso, cesando en otro caso la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Página 354 - Administración, en cualquiera de sus grados, utilice el recurso contencioso administrativo será también el de tres meses, contados desde el día siguiente al en que, por quien proceda, se declare lesiva para los intereses de aquélla la resolución impugnada; pero si hubieren transcurrido cuatro años desde que tal resolución se dictó, se tendrá por prescrita la acción administrativa.
Página 315 - Corresponde al Consejo Real conocer en primera y única instancia: 1.°, de las demandas contenciosas sobre el cumplimiento, inteligencia, rescisión y efectos de los remates y contratos •celebrados directamente por el Gobierno ó por las Direcciones generales de los diferentes ramos de la Administración civil.
Página 252 - Se considerarán de índole civil y de la competencia de la jurisdicción ordinaria las cuestiones en que el derecho vulnerado sea de carácter civil, y también aquellas que emanen de actos en que la Administración haya obrado como persona jurídica, ó sea como sujeto de derechos y obligaciones.

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