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Ministerio de Relaciones Exteriores

N.° 8

Lima, 28 de agosto de 1898.

Señor Ministro:

En ejecución del arreglo equitativo, que tuve la honra de proponer el 18 del actual, para cancelar la reclamación del ciudadano argentino Francisco Aramburú, y que V. E. se dignó aceptar en nota del 19, me es grato acompañarle el cheque N.o 34,244, contra el Banco del Perú y Londres, por un mil soles (S/. 1,000.) de plata, que fué la suma convenida.

Aprovecho la oportunidad para reiterarle, señor Ministro, las seguridades de mi alta y distinguida consideración.

M. F. PORRAS.

Al Excelentísimo señor doctor don Agustín Arroyo, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la Repúbli ca Argentina.

Legación de la República Argentina

Lima, 25 de agosto de 1898.

Señor Ministro:

Con la atenta comunicación que V. E. me ha hecho el honor de dirigirme el 23 del corriente mes de agosto, he recibido el cheque N.° 34,244, contra el Banco del Perú y Londres, por un mil soles (S/. 1,000) de plata, que fué la suma convenida, en ejecucion del arreglo que V. E. se dignó proponerme el 18 del actual, para cancelar la reclamación del ciudadano argentino

Francisco Aramburú, y que fué por el infrascrito aceptado en nota del siguiente día 9.

Al agradecsr á V. E. el envío de dicha cantidad-que ha si do ayer mismo recibida por el interesado-aprovecho, á la vez, esta oportunidad para reiterar á V. E. las seguridades de mi consideración más distinguida.

AGUSTÍN ARROYO.

A S. E. el señor doctor don Melitón F, Porras, Ministro de Relaciones Exteriores de la República del Perú.

Comisionado para estudios sobre instrucción

Ministerio de Justicia, Culto é Instrucción

Lima, 8 de noviembre de 1898.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Preocupándose este Ministerio de recopilar todos los datos é informes que puedan contribuir á que la nueva ley de instruc ción, que próximamente debe expedirse, no sólo satisfaga las necesidades del país, sino que esté en armonía con los progresos alcanzados en esta materia por otras naciones, cree conveniente que una persona de notoria competencia estudie la legislación de Francia, Bélgica y Alemania sobre instrucción primaria y media.

El actual Secretario de nuestra Legación en la República Argentina, doctor don Alejandro O, Deustua, reune, en concep. to de este Despacho, las condiciones necesarias para desempeñar esa comisión de un modo satisfactorio; y, en esta virtud, me dirijo á US, á fin de que, si no tiene inconveniente, se sirval encargar al referído doctor Deustua que haga el estudio antes

indicado conforme á las instrucciones que, con tal objeto, me

es grato remitir á US.

Dios guarde á US.

JOSÉ J. LOAYZA.

INSTRUCCIONES QUE SE IMPARTIRÁN AL COMISIONADO POR EL GOBIERNO PARA QUE ESTUDIE LA ORGANIZACIÓN ESCOLAR EN

EUROPA.

Hará un estudio detenido de la legislación de Alemania, Francia y Bélgica en lo relativo á la instrucción primaria y media ó secundaria, teniendo en cuenta las condiciones sociales y políticas del Perú, comparativamente con las de aquellos países, á fin de poder apreciar los informes que convenga introducir en nuestro sistema de educación,

Para llenar su cometido, procurará visitar los establecimientos de enseñanza oficial y libre y se pondrá en relación con las personas de reconocida competencia pedagógica.

Examinará los textos empleados en la instrucción primaria y remitirá á este Ministerio un ejemplar de cada uno de los que, en su concepto, tiendan á dar un carácter práctico á la enseñanza, indicando si será necesario adquirirlos en el extranjero, y cuál sería su costo, ó si podrían imprimirse en el Perú.

Manifestará cuáles son las ventajas alcanzadas mediante el emplec del trabajo manual como procedimiento educativo; si cree conveniente que se establezca en nuestras escuelas públicas, y en qué forma, teniendo para ello en consideración, las materias primas de que podemos disponer en el país.

Dedicará preferente atención al mueblaje y material de enseñanza usados en las escuelas de esas naciones, investigando su costo; y remitirá modelos de los que juzgue más adaptable á nuestras escuelas y que puedan ser fabricados en el pais.

Enviará también á este Despacho, el plan de estudio y programas de las escuelas-talleres y de los especiales de agricultura, etc,; emitiendo su juicio respecto á la implantación de ellas en nuestro país.

Estudiará, asimismo, los "Jardines de Froebel" y remitirá una exposición sobre el modo cómo estan organizados y las condiciones de las personas encargadas de ellos.

Emitirá un informe detallado sobre la organización de las escuelas normales; indicando si juzga mas conveniente enviar

á ellas á preceptores nacionales, ó que el Gobierno contrate profesores de esos países que se encarguen de dirigir los establecimientos de ese género que pudieran crearse en la República y, en este último caso, cuáles serían las condiciones mas favorables en que pudieran contratarse.

En cuanto á la instrucción media ó secundaria, informará, de un modo especial, respecto á la bifurcación de esa enseñanza, y á las razones que se hayan tenido en cuenta para mantener 6 suprimir el estudio de las lenguas latina y griega.

Procurará obtener plano de los mejores locales destinados á la instrucción pública; y expresará, minuciosamente, las exigencias legales en orden á la higiene escolar.

Suministrará, finalmente, todos los datos é informes que puedan contribuir al mejoramiento de la instrucción pública en el Perú y á que la nueva ley que sobre este ramo se expida, sea lo mas perfecta posible y tenga, á la vez, un carácter verdaderamente práctico.

Lima, 8 de noviembre de 1898.

Ministerio de Relaciones Exteriores

José J. Loayza.

Lima, 12 de noviembre de 1898.

Señor doctor don Francisco Rosas, Enviado Extraordinario y Ministro plenipotenciario del Perú en la República Argentina.

El 10 del presente mes, S. E. el Presidente de la Republica se sirvió expedir la resolución que sigue:

"Visto el presente oficio del Ministro de Justicia é Instrucción, en el que se manifiesta la conveniencia de que el Secretario de la Legación en la República Argentina, doctor don Alejandro O. Deustua, estudie en Europa los métodos modernos sobre la instrucción primaria y media, á fin de introducir en la ley de la materia todas las reformas y adelantos que sean adaptables al Perú;

Se resuelve:

Autorízase al expresado doctor don Alejandro O. Deustua, para que, con arreglo á las instrucciones comunicadas, cumpla la comisión especial para que se le designa, debiendo disfrutar, durante su desempeño, del haber que percibe como secretario de legación.'

La que trascribo á US. para su conocimiento.

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Hallándose interinamente encargada esta Legación del Consulado General de la República, ha recibido del ciudadano argentino don José Espeche una solicitud, que me permito hacer llegar á conocimiento del Excmo. Gobierno del Perú, por el digno intermedio de V. E.

Encontrándose en Chile, en 1894, el señor Espeche, facilitó al señor don Nicolás de Piérola, Delegado Nacional de la Coalición, cien caballos con destino á las fuerzas que habían de expedicionar sobre esta capital, y cuyo valor fijóse en 150 pesos chilenos cada uno, ó sea un total de $ 15,000. Por dicha cantidad, el comisionado del señor Delegado, señor doctor Bustamante y Salazar, dio un pagaré que debería canjearse por bo

nos.

El señor Espeche no consideró necesario efectuar en segui.

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