Leyes y resoluciones dictadas por la legislatura de 18601861 |
Términos y frases comunes
Amanuense Antonio Arenas BIENIO Cámara de Diputados Cámara de Diputados.-José capital ciento veinte pesos cientos pesos cincuenta pesos comunicamos á V. E. comuníquese y publí concede Congreso ha reconsiderado Congreso ha resuelto Congreso ha tenido CONGRESO PERUANO conocimiento y demas Cornejo cretario cuarenta pesos cuatro mil pesos cuatro pesos cuatrocientos ochenta pesos Cúmplase y publíquese.-Rúbri cumplimiento demas fines Diciembre Dipu Diputado Secretario dispensa la falta Enero Excmo falta del requisito Francisco Chaves gastos de escritorio guarde á V. E.-José guarde á V. E.-Miguel José Silva Manuel mil cuatrocientos pesos mil doscientos pesos mil ochocientos pesos mil pesos mil quinientos pesos montepio nado.-José Maria Perez novecientos sesenta pesos Noviembre Oficial Poder Ejecutivo Presi Presiden provincia pública quinien RAMON CASTILLA refaccion S. E.-Frisancho seis pesos Senador Secreta Serpa setecientos setecientos veinte tado Secretario Teniente trescientos pesos trescientos sesenta pesos V. E.-José Silva Santisteban V. E.-Miguel del Carpio Vice-Presidente viuda
Pasajes populares
Página 4 - Legislativo (i) y á los Vocales de la Corte Suprema, por infracciones de la Constitución, y por todo delito cometido en el ejercicio de sus funciones, al que, según las* leyes, deba imponerse pena corporal aflictiva.
Página 7 - Art. 120. La fuerza pública se compone de las Guardias nacionales, del Ejército y de la Armada; y tendrá la organización que designe la ley.
Página 2 - Todo extranjero podrá adquirir, conforme á las leyes, propiedad territorial en la República, quedando, en todo lo concerniente á dicha propiedad, sujeto á las obligaciones y en el goce de los derechos de peruano.
Página 7 - La fuerza pública. no se puede aumentar ni renovar sino conforme á la ley. El reclutamiento es un crimen, que da acción á todos, para ante los jueces y el Congreso, contra el que lo ordenare.
Página 2 - La propiedad es inviolable, sea material, intelectual, literaria o artística. A nadie se puede privar de la suya sino por causa de utilidad pública probada legalmente y previa indemnización justipreciada.
Página 151 - Por tanto y no habiendo sido promulgada oportunamente por el Ejecutivo en observancia del...
Página 2 - Todo el que ejerce cualquier cargo público es directa e inmediatamente responsable por los actos que practique en el ejercicio de sus funciones.
Página 7 - Los Prefectos y Subprefectos serán nombrados por el Poder ejecutivo; los Gobernadores lo serán por los 'Prefectos á propuesta en terna de los Subprefectos, y los Tenientes Gobernadores por los Subprefectos, á propuesta en terna de los Gobernadores.
Página 3 - Los Curas, por las provincias á que pertenecen sus parroquias: 3°. Los Vocales y Fiscales de las Cortes Superiores, por los departamentos ó provincias en que ejercen jurisdicción: 4°.
Página 2 - Art. 21. Todos pueden hacer uso de la imprenta para publicar sus escritos sin censura previa; pero bajo la responsabilidad que determina la ley.