El Senado y Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General, decretan: I De la enseñanza superior y secundaria Artículo 1.o La enseñanza secundaria y superior, lo mismo que la primaria, es libre en todo el territorio de la República. Toda persona natural ó jurídica puede fundar establecimientos de enseñanza secundaria y superior, y enseñar pública ó privadamente cualquier ciencia ó arte, sin sujeción á ninguna medida preventiva, ni á métodos ó textos especiales. U |