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Bien lo sabeis, españoles : los objetos predilectos de mis afanes y desvelos han sido y serán siempre la honra y gloria de Dios, la defensa y conservacion del trono de Isabel II y la ventura de España.

En París, á 19 de Julio de 1841.-Firmado.-María Cris

tina.

DOCUMENTO NÚM. 6.o

(6 Octubre 1841.)

MANIFIESTO DE S. A. SERMA. EL REGENTE DEL REINO.

Españoles: Las circunstancias graves que han creado los enemigos del actual órden político que ha sancionado la nacion, exigen medidas fuertes y enérgicas, que el Gobierno está resuelto á adoptar. Colocado al frente de la nacion por la libre y espontánea voluntad de los pueblos, y asociado constitucionalmente á los consejeros de la Corona, estoy constituido en el deber de sostener y defender á todo trance la Constitucion, la reina Isabel II y los principios proclamados.

Hombres que provocaron con su conducta los graves acontecimientos del año anterior, se esfuerzan en promover la rebelion, conspirando contra la Constitucion, las leyes y el órden público. En Navarra se ha pronunciado el general O'Donnell, como un sedicioso criminal, arrastrando en pos de sí algunos ilusos, con los que se ha encerrado en la ciudadela de Pamplona.

Las tropas fieles de la guarnicion y la milicia nacional le cercan, y de todas partes marchan fuerzas considerables para sofocar en su origen este horrible atentado.

El general Piquero ha dado el grito de sedicion en Vitoria, proclamando los fueros de las Provincias Vascongadas, y poniéndose en hostilidad abierta contra la ley y los intereses de la patria.

En las mismas Provincias se conspira por un puñado de pervertidos españoles, y se desafia el poder de la nacion y de las leyes, para hundir á la patria en un abismo de males. Se

proclama una bandera mentida en la Reina Madre, para concitar las pasiones de los descontentos y de los enemigos de las reformas á fin de lograr sus depravados intentos. ¡Insensatos! Ellos no conocen que la nacion está con el Gobierno, y que identificado éste con sus intereses, con su prosperidad y libertades públicas, no perdonará medio para hacer triunfar el precioso depósito que se ha confiado á su nunca desmentida lealtad. En situacion tan grave, el Gobierno ha tomado todas las medidas que ha creido convenientes para prevenir los delitos, que está resuelto á castigar con toda la severidad de las leyes. Se ocupa incesantemente de estas medidas salvadoras, sin las cuales peligran los Estados; ellas se llevarán á debido efecto con perseverancia, con energía; ellas serán tambien fuertes y justas, porque están sostenidas por un ejército valiente y por una milicia nacional decidida, por los intereses y la voluntad de los pueblos.

La ley de los conspiradores será aplicada rigorosamente á todos los que por un criminal egoismo y por una ambicion interesada se reunen, conspiran y meditan planes de trastorno. Los juicios serán rápidos, prontos, y la ley caerá sobre los delincuentes. La accion ejecutiva del Gobierno obrará incesantemente para reprimirlos y escarmentarlos.

Españoles, vivid con la confianza que el Gobierno vela por vuestra seguridad, por vuestra libertad, por la prosperidad pública y por vuestros más caros intereses; confio en vuestro patriotismo, y descanso en la lealtad de todos los hombres que han proclamado con sinceridad los principios y el sistema político que hoy rige.

Identificado con vosotros, me encontraréis siempre dispuesto á hacer el último sacrificio por la patria, á la que ha consagrado siempre su reposo y su existencia vuestro compatriota el Regente del Reino. Madrid, 6 Octubre de 1841.- El Duque de la Victoria.- El Ministro de la Gobernacion de la Península, Facundo Infante.

DOCUMENTO NÚM. 7.o

(8 Octubre 1841.)

MANIFIESTO DE ESPARTERO ACERCA DE LOS ACONTECIMIENTOS DE MADRID del 7 de OCTUBRE.

Españoles: El horrendo atentado que acaba de tener lugar en esta Córte, cometido por generales y jefes infieles puestos á la cabeza de una pequeña parte de la guarnicion que lograron arrastrar en su crímen, es uno de aquellos acontecimientos cuya maldad no tiene límites, ni parecia posible en el noble y siempre respetuoso carácter castellano para con sus monarcas y su patria. Nunca los españoles atentaron contra la vida y seguridad personal de sus reyes; y si á la sorpresa y violencia armada que durante algunas horas hicieron anoche aquellos criminales á la régia morada de nuestra augusta reina doña Isabel II y su excelsa hermana, se agrega la circunstancia de la tierna edad de personas tan caras, se agrava el carácter de alevosía que presenta el acontecimiento.

El Gobierno no puede ménos de mirarle bajo ese grave aspecto, y de denunciarle así á la execracion de los hombres honrados de todos los partidos, de la nacion y de la Europa entera.

Este delito tan atroz y tan bárbaro debia ser la señal para otros no ménos horribles; la señal para envolver á la patria en los horrores de una guerra todavía más cruel y desastrosa que la que acaba de terminarse á costa de tantos y tan sangrientos sacrificios.

De este modo es como el Gobierno tiene que considerar los hechos, para que el rigor de la ley caiga sobre los criminales sin excepcion alguna, en cuanto dependa de sus atribuciones.

El Gobierno no duda de la sensatez y cordura de los amantes de la libertad y del trono de la Reina constitucional, que aguardarán tranquilos su accion eficaz y la de los tribunales, para que el crímen sea castigado cual corresponde, seguros de que así sucederá, y seguros no ménos de que triunfará la noble causa que ha de hacer la felicidad y ventura de la nacion. Con vosotros cuento, españoles leales, aguerridos soldados y

decididos milicianos nacionales, para sostener la Constitucion, el trono de vuestra inocente Reina y el órden político creado por la voluntad nacional. Con tan fuertes elementos, y apoyado el Gobierno por la opinion pública, no duda un instante del triunfo de nuestra causa, vuestro compatriota el Regente del Reino. Madrid, 8 de Octubre de 1841.- El Duque de la Victoria.-El Ministro de la Gobernacion de la Península, Facundo Infante.

DOCUMENTO NÚM. 8.o

(12 Octubre 1841.)

NOTA DE OLÓZAGA PASADA AL MINISTRO DE FRANCIA, PIDIENDO LA EXPULSION DE DOÑA MARÍA CRISTINA, Y SU RESPUESTA.

A Mr. Guizot, Ministro de Negocios extranjeros. París, 12 de Octubre de 1841.

Sr. Ministro: Tan luego como se recibió en París la noticia de la revolucion que habia estallado en Pamplona á nombre de la reina Cristina, tuve el honor de pediros verbalmente que el Gobierno frances impidiese la marcha de S. M. á España si acaso lo intentaba. Vuestra respuesta fué negativa, y conforme, segun tuvisteis la bondad de decirme, á la dada á la reina Cristina con motivo de la vuelta á España del infante D. Francisco. Esta respuesta era que el Gobierno frances podia hacer salir del reino á todos los extranjeros que conspirasen contra la tranquilidad de la Francia ó de las naciones sus amigas y aliadas, pero que no podia retenerlos contra su voluntad.

No sé hasta qué punto habrá observado este principio el subprefecto de Bayona respecto á S. A. R. el infante don Francisco. Pero dejando aparte este asunto para tratarle separadamente, y no pudiendo admitir el que el Gobierno frances no deba impedir que una persona proclamada jefe de una rebelion en un país vecino y aliado, pase á la frontera para ponerse á la cabeza de los pronunciados contra el Gobierno legítimo que la

Francia ha reconocido, vengo á pedir de la manera más formal la aplicacion de este mismo principio profesado por el Gobierno frances, que me declaraisteis explícitamente.

La ex-regenta de España dirige desde París la rebelion dé las provincias fronterizas á Francia.

Recibe á los españoles rebeldes enviados cerca de su persona por los jefes de la sublevacion. Éstos viajan sin ser reconocidos por los agentes del Gobierno español, y por consiguiente, de una manera ilegal. Presentan sus despachos en el Hôtel de la calle Courcelles, como podrian hacerlo correos españoles en el palacio de Isabel II. La ex-regenta envia comisiones á las provincias donde hay algun movimiento, y trabaja con actividad por sí y por las personas que la rodean en propagarle á las que permanecen tranquilas. Estos hechos son tan notorios, que es inútil señalar las personas y mencionar los hechos, que podrian precisarse en caso necesario.

El Gobierno frances no puede permitir que se continúe haciendo la guerra abierta á España desde su territorio por más tiempo. Yo os pido, Sr. Ministro, en nombre de la reina Isabel II, contra cuyo Gobierno conspira su propia madre, que tenga la bondad de mandar salir de Francia, en el término más corto posible, á la ex-regenta doña María Cristina de Borbon, pero guardándola en todo caso los respetos y consideraciones debidas á su real persona.

El Gobierno frances podrá permitir que S. M. escoja la frontera por donde quiera salir del reino, áun cuando espero que no sea la de los Pirineos; porque si la reina Cristina dejó la regencia de España sin que se derramase una gota de sangre, la sola enunciacion de su vuelta ha causado muchas víctimas, y su presencia las aumentaria.

Dirigiéndome á un Gobierno aliado, en cuya lealtad debo tener la más entera confianza, no pido más que la aplicacion del principio que me habeis dicho ser el del Gobierno del Rey, y ́ estoy seguro que mi peticion será atendida.

Os agradeceré tengais la bondad de darme aviso tan luégo como se tomase la resolucion. Aceptad el homenaje, etc.-Oló

zaga.

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