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berse sublevado aquella ciudad; y el de Larecaja representa los fundamentos que le retraen de concurrir á la convocatoria; los demas de Azángaro, Carabaya, Chucuito, &a., parece que estaban prontos á salir inmediatamente reunidos, con sus armas y municiones, á la raya de Vilcanota, divisoria de ambos vireinatos, á contener á los conjurados, en caso que pretendiesen difundirse hácia esta parte, y aun á perseguir al rebelde, aunque fuese en el vireinato de Lima, sin mas sustanciacion de causa, en que no halla desde luego repugnancia el Fisccal, porque la guerra justa, como es la que se dirije contra las provincias rebeladas ó tiranos, no respeta jurisdicciones, máxime siendo territorios de un mismo monarca; ni en casos tan urgentes y circunstanciados como el presente, se necesita mas sustanciacion de causa para atacar á los enemigos, que la subsistencia de la rebelion, que es el conocimiento mas notorio de este delito, cuya odiosidad y horror deben excitar el celo, no solo de los ministros encargados del gobierno de las provincias, sino tambien de todos los vasallos, sin excepcion de personas, para ocurrir en tan críticas circunstancias, sin mas mandato del rey ó inmediato jefe, que la cierta noticia de conjuracion, á apagar la propagacion de tan temible fuego, y sofocarle en su orígen, como oportunamente se ordena en la L. 3, tít. 15, part. 2.

De suerte que, aunque en cuanto al modo de proceder en la subyugacion de los rebeldes, ponen tropiezo las leyes enunciadas 6 y 8, y con mas especificacion la 9 siguiente, tít. 4, libro 3 de las Recopiladas de Indias; anteponiendo todos los medios de suavidad, dulzura y amor, y aun la franqueza de todos gravámenes á los de la guerra, y que si fuese necesaria esta, se anticipe primero aviso á S. M. en su Real y Supremo Consejo; sin embargo, en el caso que en el dia se presenta, parece que sin forzosa aligacion á la letra de estas leyes, puede procederse conforme á su espíritu y al tenor de las facultades que á los SS. Vireyes concede la L. 2. tít. 3 del precitado libro, abreviando toda resolucion, ó empresa hasta dificultar al autor de la rebelion que pueda hacer progreso. Y así, si á las primeras reconvenciones que se le hagan en conformidad de las predichas leyes, no se entrega con los rebeldes que le siguen, y antes persiste en su rebelion, incitando á los naturales con edictos, á semejanza de soberano, á seguir su partido; no debe perderse instante de atacar al partido rebelde, proponiéndole al mismo tiempo, que si entregan á su caudillo Tupac-Amaru, se suspenderá contra ellos la guerra y se les condonará sus delitos, oyéndoles en justicia sobre cualesquiera quejas ó agravios, por los tribunales á que corresponda: pues faltándoles el autor de su conjuracion, puede fácilmente extinguirse y sosegarse el reino, como con efecto han sosegado otros, en que se ha tomado este arbitrio, siguiendo la regla ó ejemplo que ofrece la Escritura Sagrada en el capítulo 20 del 2 de los Reyes sobre la rebelion que espresa.

Por la misma regla y la de otros ejemplares, cree el Fiscal poder

se declarar por rebelde al cacique Tupac-Amaru; y en caso que no se entregue, ó le entreguen sus partidarios, á las reconvenciones o requerimientos que permitan las situaciones de cada partido, autorizarse á todo vasallo del Rey, tanto del partido rebelde como del que pase á subyugarle, para que le aprendan 6 maten. Pues á mas de que esta autoridad la tiene cualquier vasallo que pretenda hacer tan importante servicio, sin riesgo de incidir en el enorme delito de regicidio, que no se verifica en la muerte de un traidor contumaz, rebelde y pretendido tirano; autorizándose á cualesquiera, cesa todo escrúpulo, pudiendo justamente ofrecerse premio para el efectó: con la calidad de que, en cuanto sea posible, se procure aprehenderle vivo; y en este caso, que sea mayor que no entregándole muerto.

en

Bien que, no debiendo entenderse el ofrecimiento del premio que se señale, sino limitadamente, y con restriccion al caso que el rebelde se halle con las armas en las manos, continuando su rebelion; y aun en este, pudiera no convenir que se publicase, si el partido de rebeldes tiene proporciones de aumentarse con esta noticia, precaverse ó irritarse y desesperar. Para que con concepto á todo esto se obrase con el mayor acuerdo, le parece al Fiscal, que habiéndose autorizado por esta capitanía general, con motivo de la sublevacion de Chayanta, con título de comandante jefe de las armas, al teniente coronel D. Ignacio Flores, residente hoy en las provincias del Perú, se le podia escribir carta, en inteligencia de lo resuelto, ó con copia de la providencia; á efecto de que, publicando las circunstancias que deben considerarse, resolviese lo conveniente. Así mismo, aunque los correjidores de Azángaro, Carabaya, Larecaja, Chucuito, Lampa y demas, estén distantes, parece que están subordinados á la comandancia del espresado Flores, por el tenor de su título; y de nó, convendria que se declarase expresamente, y que sí dirijiese á sus órdenes el indispensable auxilio de tropa arreglada que solicitan los correjidores, para que, bajo la direccion del citado comandante, pasase á aquellas provincias, confinantes con otras, cualesquiera milicias que haya juntado, segun lo pida el caso. Contestándoseles á los nominados correjidores, que han escrito, en el concepto de aprobarse por ahora su convocatoria y las providencias que tomó el de Azángaro; ó escribiéndose carta circular á todos los que por la inmediacion puedan concurrir á la correspondiente de gracia por su lealtad al coronel cacique y gobernador de Azángaro D. Diego Chuquiguanca, para que todos unidos, y bajo las órdenes del comandante enunciado, procedan á contener cualquier irrupcion de los rebeldes en las provincias de este vireinato, que no puedan avanzar mas con la gente y armas que tengan. Y en tal caso, que se arreglen á lo expuesto, estrechando al partido del rebelde con las menos posibles muertes y estragos, y fijando la atencion en que se les entregue al cacique Tupac-Amaru, ó en aprenderle, sin embargo que se halle en el territorio del vireinato de Lima: pues una vez que pretendió sublevar las provincias de este vireinato, está sujeto al rigor de sus

providencias, á mas de que por el de Lima es regular que se hayan expedido algunas. Y para la mas cabal inteligencia de aquel Excmo. Sr. Virey, y que las tropas de una y otra parte procedan con la mayor armonía, convendria así mismo hacer espreso, noticiando á S. E. lo que acuerde en el particular, ó particulares contenidos. Sobre que la superior comprension de V. E. resolverá lo que sea mas de su superior agrado y justificado arbitrio, dando cuenta á S. M. por el próximo aviso.

Buenos Aires y Enero 15 de 1781.

Dr. Pacheco.

PROVIDENCIA DEL EXCMO. SEÑOR VIREY
D. JUAN JOSÉ DE VERTIZ.

Buenos Aires, 15 de Enero de 1781.

Con presencia de lo que expone el Abogado Fiscal, de lo que informan los correjidores de Azángaro, Lampa y Chucuito, y docucumentos con que se hacen constar los horrendos y escandalosos delitos en que ha incurrido el indio José, que se apellida Tupac-Amaru, que abusando del real nombre, y afectando falsamente tener comision del Soberano, dió muerte públicamente á su correjidor D. Antonio de Arriaga; se manifiesta la rebelion contra la Majestad, y se hacen constar las hostilidades con que ha invadido los estados, provincias y vasallos fieles y de mi mando, y emisarios y espías que ha dirijido para revolverlos y pervertirlos, turbar la paz de los pueblos, é introducir en ellos el fuego de la guerra; con reflexion á lo que el derecho de gentes en semejantes casos previene, y el real y municipal de estos reinos ordena, y á la inminencia del peligro y necesidad de acudir á los gravísimos daños y sumos males que amenazan al Estado, y de cortar en el tiempo preciso el rápido curso con que la malicia introduce en los corazones sencillos el contajio pernicioso de dicha revolucion; he resuelto declarar, como por las presentes letras declaro, al enunciado José por rebelde á la Magestad y enemigo del Estado, y mandar, como mando, se le haga á él y á todos los que su partido siguen, la guerra y cuantas hostilidades Ꭹ daños puedan los fieles vasallos del Rey, en sus personas y bienes. Apruebo las providencias á este fin tomadas por los correjidores de Azángaro, Lampa y Chucuito, D. Lorenzo Zata y Zuviria, D. Vicente Horé Dávila y D. Ramon de Moya y Villareal á quienes se les corresponda y prevenga lo conveniente, y recomiende la fidelidad y buen servicio del cacique gobernador del pueblo de Azángaro, coronel D. Diego Chuquiguanca; y porque el mas importante de la salud pública y mas eficaz medio para reponer en tiempo y de un solo golpe de mano diestra, el buen órden y estado pacífico, consis

tiria en estirpar el ambicioso orijen de todos los males que padecen los pueblos, segando la cabeza del rebelde José, he ordenado se sitúen, y tengan á disposicion de cualesquiera de los fieles vasallos ú otra persona que este servicio haga, 10,000 pesos corrientes de plata, acuñada en cualesquiera de las cajas de este vireinato, en que haga constar haberlo ejecutado, y 20,000 pesos de la misma moneda, al que lo entregase prisionero: de manera, que se puede hacer justicia en su persona para el escarmiento y ejemplo de los demas rebeldes sus secuaces. Y si cualquiera de estos, arrepentido de sus errores y descamino, ejecutare el mismo servicio, á mas de la retribucion pecuniaria se le concederá el perdon de su culpa y pena por ella merecida. Lo que mando se publique y haga notorio en la manera conveniente.

Vertiz.

El Marqués de Sobremonte.

DIARIO DE LAS TROPAS QUE SALIERON DEL CUZCO, AL MANDO DEL MARISCAL DE CAMPO DON JOSÉ DEL VALLE, DIRIJIDAS Á OPERAR CONTRA EL REBELDE TUPAC-AMARU,

Y SU PRISION.

Cuzco, 19 de Marzo de 1781.

Las medidas tomadas para aprehender la persona del vil traidor José Gabriel Tupac-Amaru, y sus indignos auxiliadores, van saliendo muy bien con nuestras tropas. Estas salieron de esta ciudad los dias 7 y 8 del corriente, en número de 17,116 hombres, en seis columnas y dos destacamentos. Con este motivo, y un bando de perdon, publicado por el visitador general, se pasaron muchos de los rebeldes, y se cree lo hagan todos, luego que nuestras tropas ó columnas se acerquen. A esto se agrega, que el mismo Tupac-Amaru ha escrito á los RR. Padres de estas relijiones, y á este Illmo. Señor Obispo, pidiéndoles que antes se duelan y se dediquen á interceder por su melancólica situacion, que ir contra él. Al visitador general parece que tambien ha escrito muy sumisamente bajo el propio concepto, ó el que admita su penitencia, para que no se derrame mas sangre, pagando él por todos, con la pena condigna, los crímenes y culpas que ha ejecutado en hechos tan execrables. Dicen que la casa de este desgraciado y mal hombre está hecha una confusion de pena: que su mujer llora sin cesar; y que lo mismo hacen sus hijos: que su hermano Diego está en extremo melancólico, y que en Tinta, donde se halla, tiene hecho un zanjon para su resguardo, y mas de 1,200 hombres que lo custodian, con buenas ganas de entregarle ó matarle luego que se acerquen nuestras tropas. Dios nos lo conceda para que estas tristes provincias queden tranquilas y libres de

tantos males como han padecido, que son infinitos. Esto es por mayor lo acaecido hasta la fecha, por lo que no me detengo mas.

22 DE MARZO.

Esta pochie acaba de llegar propio del Sr. Inspector General, en que noticia haberse puesto el rebelde en un cerro, entre Tinta y Sangarará, con 6 á 7,000 hombres, que ha juntado de los que tiene esparcidos por aquellos lugares con sus capitanes, que es el último esfuerzo que hace. Que ya tenia reunidas tres columnas para cercarlo; por lo que de un dia á otro esperamos resultas favorables, mediante Dios.

8 DE ABRIL.

(De madrugada.)

La noche del dia 7 del que corre, poco antes de las 8, hemos tenido la plausible noticia de la prisión del rebelde José Gabriel Tupac-Amaru, con su mujer é hijos que le acompañaban, y con quienes nos ha hecho la guerra que hemos esperimentado. Hacer á U. prolija relacion de las acciones entre los nuestros y los rebeldes, sería obra muy larga, que no permiten los pocos. instantes que median entre escribir esta y la salida de un soldado de caballería, que despacha el Sr. Visitador á esa capital con noticia tan feliz, y así solo diré á U. lo principal.

El dia 31 del próximo pasado Marzo, se condujeron á esta ciudad las cabezas de dos famosos capitanes del rebelde, apellidados Parvidra y Bermudez, los que fueron muertos en una accion entre los nuestros y un cuerpo rebelde de 5 á 6,000 hombres, en la que fueron pasados á cuchillo mas de 1,000 y derrotado el resto enteramente. Estos dos capitanes sostuvieron el encuentro con tanto vigor, que murieron al pié de un cañon con que nos batian; y esta accion sucedió en los términos de la provincia de Chumbivilcas confinantes á Tinta. El Sr. Inspector, que dirijió su marcha por otro camino á esta provincia con un cuerpo considerable de tropa, al que se habian de unir en las inmediaciones de Tungasuca, pueblo que tenia por corte el rebelde, otras cuatro columnas, las que compondrian un ejército de 16,000 hombres, entró en el pueblo de Quiquijana, en donde hizo prisionero al justicia mayor del rebelde, y á otro cacique nombrado Pomaica, los que fueron aliorcados inmediatamente. De allí dirijió su marcha á Tungasuca, y en las inmediaciones del pueblo nos presentó batalla; pero de aquellas artificiosas que él presenta con mucha viveza y esfuerzo, haciendo una descarga de seis cañones y alguna fusilería, que por mal servida, solo mató tres hombres de nuestro cuerpo. Uno nuestro, de 300 á 400 hombres que estaba inmediato al enemigo, le acometió con tanto ardor, que los deshizo enteramente, haciendo una carnicería que horrorizó á Tupac-Amaru: cuyo asonibro creció viendo que le tomaban sus

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