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cribanos Bernardo José de Gamarra, Tomas Gamarra, Tomas Villavicencio, Miguel de Acuña, José Palacios, Ambrosio Arias de Lira, Matias Vasquez: algunos vecinos nobles y honrados de esta república, y los cuatro procuradores de causas; en cuyo estado se dió principio á la ejecucion de las sentencias de los indios Lucas Jacinto y Ramon Jacinto, de quienes por separado y á continuacion de su proceso tengo sentada la correspondiente diligencia; y luego Simon Lorenzo Condori fueron colgados del pescuezo en aquella horca, hasta que naturalmente murieron. A estos se siguió Micaela Castro, á quien los ejecutores de sentencias, en la otra diligencia denominados, acometieron á verificar su muerte en los términos contenidos en su sentencia, colgándola del pescuezo hasta que murió y no dió señal de viviente. Ultimamente, hallándose junto á la horca una hoguera encendida con bastante fuego, y una tenaza grande en ella que se caldeaba, precedió el pregon, que hizo Lorenzo Quispe, con voz clara, del tenor siguiente:

"Esta es la justicia que manda hacer el Rey Católico, Nuestro Señor (que Dios guarde), y en su real nombre los Señores D. Gabriel de Avilés, Coronel de Dragones de los Reales Ejércitos y Comandante General de las Armas de esta plaza y sus provincias, y el Dr. D. Benito de la Mata Linares, Oidor de la Real Audiencia de la ciudad de los Reyes, jueces comisionados por el Excmo. Señor Virey de estos reinos, para conocer de las causas de Diego Cristoval Tupac-Amaru y demas sus cómplices en aquel. Manuela Castro, Lorenzo y Simon Condori, reos; porque estos promovieron la nueva sublevacion en la doctrina de Marcapata, y aquellos con falsedad y engaño admitieron el indulto, que se les concedió á nombre de nuestro benignísimo Soberano, queriéndole sustraer estos dominios, quebrantando el juramento de fidelidad. Por lo que, han sido condenados en la pena ordinaria de muerte de horca, con la calidad de arrastrados, y Diego Tupac-Amaru atenazeado, y lo demas que se contiene en dicha sentencia. Quien tal hace, que tal pague."

Los dichos ministros ejecutores de sentencias, acercaron á dicho Diego Cristoval á aquella hoguera, y tomando en las manos las tenazas, bien caldeadas, descubriéndole los pechos acometieron á la operacion del tenazeo, é inmediatamente lo subieron á la horca, lo colgaron del pescuezo, hasta que naturalmente murió, y no dió señal de viviente. En cuyo estado se repitió por el dicho pregonero, Lorenzo Quispe, indio, el pregon siguiente:

"Sus Señorías, los enunciados Señores Comisionados de estas causas, mandan que persona alguna, de cualquier estado y calidad que fuere, sea osada á quitar de la horca los cadáveres de Diego Cristoval Tupac-Amaru, Marcela Castro, Simon y Lorenzo Condori, que se hallan pendientes de ellas, pena de la vida; y para que conste lo pongo por diligencia, y de ello doy fé.

Agustin Chacon y Becerra,

Escribano Notario Público de S. M.

El infrascripto Escribano certifico, en cuanto por aerecho puedo y debo, como siendo mas de las cuatro de la tarde del dia de hoy 19 de Julio de 1783, de órden de Sus Señorías los Señores Jueces Comisionados de estas causas, Felipe Quinco y Pascual Orcoguaranca, ministros ejecutores de sentencias, para dar cumplimiento á lo mandado en la sentencia antecedente en mi presencia, y en la del capitan D. Estevan Reinoso, teniente de alguacil mayor de esta ciudad, y de los escribanos nominados en diligencia que precede, descuartizaron á los cadáveres de Diego Cristoval Tupac-Amaru, Marcela Castro, Simon y Lorenzo Condori, y así descuartizados se hizo entrega dicho teniente de Alguacil Mayor, para cada pieza darles puntualmente el destino que se contiene en dicha sentencia: como así lo certificarán los demas escribanos á que me remito. Y para que así conste lo pongo por diligencia y de ello doy fé.

Agustin Chacon y Becerra,

Escribano Notario Público de S. M.

Concuerda este traslado, con la sentencia original y testimonio de su ejecucion, que se halla en los autos á que se refiere en la cabeza de testimonio, la que vá cierta y verdadera, de que certifico. Cuzco y Julio 21 de 1783.

Francisco Calonje.

OFICIO DE DON FELIPE CARRERA,

CORREJIDOR DE PARINACOCHAS, AL VIREY DE BUENOS AIRES, DÁNDOLE AVISO DE UNA NUEVA SUBLEVACION QUE ACABA DE EXTINGUIR, CON LA PRISION Y JUSTICIA DE LOS DOS PRINCIPALES. CAUDILLOS Y OTROS.

Excmo Señor:

Paréceme que no llenaría el número de mis obligaciones, sino diera cuenta á V. E. de los acaecimientos que me han ocurrido desde mi llegada á la capital de Lima. Fué esta en circunstancias de hallarse todo el reino conmovido por el vil fanático insurgente José Gabriel Tupac-Amaru, con cuyo motivo se dignó el Excmo. Señor Virey nombrarme de Correjidor de esta provincia de Huarochirí, por haber renunciado el empleo el capitan D. Vicente de Galvez, compeliéndome á que lo sirviese, no obstante la real merced que obtuve para el de Parinacochas, por contemplar necesaria aquí mi persona, para que en cualquier acaecimiento sedicioso de que se recelaba, por el mucho cuidado que han dado siempre al gobierno sus indios. La provincia me hizo un recibimiento bien desapacible, pues entrando en ella sin repartimiento, y con el corto sueldo de 1500 pesos,

á los tres meses me sobrevino una tan grave enfermedad, que estuve desahuciado de los mejores médicos de Lima que me asistian; pero la divina misericordia quiso mejorarme, concediéndome la vida.

Aun no bien convalecido me hallaba, cuando dispuse regresarme á la provincia á atender á la administracion de justicia y asuntos del real servicio; como en efecto lo ejecuté el dia 1.° del próximo pasado mes de Junio.

Apenas habia dado principio á algunas actuaciones necesarias el dia segundo, cuando al anochecer recibí un propio, con carta del pueblo de Carampoma uno de los de mi jurisdiccion, en que se me avisaba estar sublevados todos los inmediatos á él, á influjo de un indio nombrado Felipe Velasco Tupac-Inga Yupanqui, primo del vil rebelde José Gabriel Tupac-Amaru, que se hallaba allí y á quien rendian obediencia y adoraciones de Soberano.

Conociendo cuanto importaba, en tan árdua materia, proceder sin pérdida de tiempo, en el mismo instante que serían las seis y media de la tarde, me puse en camino desde una hacienda mineral de plata nombrada Pomacancha donde me hallaba, para el citado pueblo de Carampoma, haciendo un camino de mas de diez leguas por cordilleras y laderas casi inaccesibles, y con solo el auxilio de tres sujetos españoles y un negro mi esclavo, todos sin armas por no haber en dicho sitio mas que un par de pistolas de mi uso.

Mediante la buena diligencia y celeridad con que anduve, á la una de la madrugada logré entrar en el pueblo de Ascencion, uno de los rebelados, y habiendo aprehendido en aquella misma hora al traidor y fanático insurgente Felipe Velasco Tupac-Inga Yupanqui, en la propia le formé la sumaria, tomé confesion é hice las mas diligencias que convienen á organizar una causa criminal, cuyas estaciones tenia finalizadas hasta las diez del dia tercero, en que me puse en marcha para la capital de Lima conduciendo al reo, con solo el auxilio de los tres españoles dichos, mi esclavo y un corto número de indios.

Apenas habia andado seis leguas de unos caminos demasiadamento ásperos y fragosos, cuando á las cinco y media de la tarde me hallé de repente sitiado por todas partes de mas de 1,500 indios, armados con escopetas, palos, armas blancas, rejones y hondas, que intentaban quitarme el reo y la vida, igualmente que á los que me acompañaban.

Comprendiendo la desigualdad de fuerzas, y que no era prudencia en este caso arrojarse al riesgo, premeditando tambien cuanto importaba al Rey que este reo llegase con vida á Lima, dispuse apoderarme de una eminencia que ofrecía alguna ventaja para poderse defender, exhortando á la gente que me acompañaba á que no desmayase, y á que en el último estrecho se quitase al reo la vida, á presencia de los mismos que deseaban sacármelo de las manos para que fuesen testigos de su castigo.

Situado allí permanecí desde las cinco media de la tarde hasta

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las nueve y media de la noche, sufriendo el fuego de las escopetas lentamente, y una lluvia continua de piedras disparadas con hondas, esperando la muerte por instantes, en que se aumentaba el riesgo por crecer el número de los alzados, hasta que en aquella hora mandé marchar en retirada, rompiendo á los enemigos que me habian cortado la retaguardia, duplicando en estas jornadas las seguridades del reo, cuya empresa logré felizmente; pues entregados los indios rebeldes al sueño, confiados en tenerme seguro para hacerme víctima de sus crueldades y sacrilegos pensamientos, conseguí pasar por entre ellos sin ser sentido, restituyéndome al pueblo mismo de donde había salido aquel dia. Allí me hice fuerte todo el dia 4, y habiéndome en la noche del mismo llegado un corto auxilio de la gente española del mineral, al dia siguiente 5 me puse en camino para la capital de Lima, donde tuve la fortuna de entregarlo el 6 en la noche á disposicion del Sr. Virey, habiendo hecho un camino extraviado de mas de 40 leguas y de imponderables malezas.

El séptimo me retiré á la provincia con el auxilio de alguna tropa que puso á mis órdenes el Sr. Virey; y habiéndome internado el octavo al pueblo de San Pedro de Casta que es el centro de los mas levantados, tomé tan oportunas providencias para pacificar la rebelion, que el 20 tuve la satisfaccion de hacer retirar la tropa, dejando toda la provincia en quietud y serenidad, sin que hubiese habido una sola muerte, remitiendo presos 16 indios principales que eran caudillos de la sedicion.

En todos los parajes he tenido bastantes combates con los indios, y los riesgos de mi vida han sido diarios. En fin, hoy todo está en tranquilidad, y la gente de la conmocion escarmentada y arrepentida. De los reos se ha hecho justicia en el vil Felipe, y en un indio llamado Ciriaco Flores, que habia este nombrado de capitan general, ahorcando á ambos; quemando el tronco del cuerpo del primero, descuartizando al segundo; y creo que de los 16 últimos que envié, algunos pasarán por la misma pena.

y

El traidor Felipe descubrió muy én los principios, ser de mas audaz espíritu, que su primo José Gabriel Tupac-Amaru, arrojándose á conmover las provincias mas cercanas á Lima, y tomando providencias para cortar todos los caminos y puentes: de forma, que sí oportunamente no se hubiera puesto remedio, todo el reino se pierde, pues tenia ideada una sublevacion general para el 29 de Agosto de este año: á cuyo efecto hizo á Ciriaco Flores el nombramiento de capitan general, y escribió carta circular convocando á toda la gente de mi provincia, como comprenderá la superioridad de V. E. por las copias que le acompaño. Siendo lo mas notable, que el primer objeto de este traidor fué poner presos á los españoles que habia en la comarca de los pueblos levantados, contra quienes fulminó sentencia de muerte, igualmente que contra mí, de que se libertaron con mi diligencia, pues su ejecucion era el dia siguiente á la noche en que aprehendí al insurgente.

Nuestro Señor guarde la importante vida de V. E. los muchos años que le pido. Santa Ines 12 de Julio de 1783.

Excmo. Señor

Felipe Carrera.

Excmo. Sr. Virey de Buenos Ayres D. Juan José de Vertiz.

SENTENCIA DADA POR EL VIREY DE LIMA CONTRA LOS REOS QUE SEÑALA EL OFICIO DE D. FELIPE CARRERA.

En la causa criminal, que de mi órden ha instruido de oficio el Sr. Alcalde del crímen D. José Rezaval y Ugarte, contra los rebeldes principales Felipe Velasco Tupac-Inga Yupanqui y Ciriaco Flores, sobre el detestable crímen de la conmocion y alzamiento, que empezó en el pueblo de la Ascencion, y se estendió succesivamente á otros lugares de la provincia de Huarochirí; y contra los demas auxiliadores y cómplices en las juntas clandestinas y sediciosas confabulaciones que se han tenido en esta ciudad, con grave ofensa y perturbacion de la quietud y sosiego públicos; la que, en estado de sentencia, respecto á los diez reos que fueron primeramente aprehendidos, y con reflexion á lo que interesaba la satisfaccion' de la comun vindicta en su mas pronto castigo; mandé pasar inmediatamente al Real Acuerdo de Justicia, por voto consultivo, para que me diese el dictámen que contemplase mas arreglado á los méritos que ministraba respectivamente el proceso fulminado contra tan infames delincuentes, y que fuese mas propio al mismo tiempo á extirpar, por medio de la justa severidad de la pena, la fanática ilusion de los que, postergando los recomendables é innatos deberes á que suavemente ligan los Sagrados Vínculos del Vasallaje, y abusando con abominable ingratitud de los incesantes y distinguidos beneficios que les ha dispensado liberalmente la próvida clemencia de tan Augustos Soberanos, desde la gloriosa conquista de estos Reinos, se atreven, con vilipendio de las leyes, y abandono de sus mas inviolables obligaciones, á poner sus manos sacrilegas en el santuario, pretendiendo trastornar sus mas legítimas y respetables regalías, y conspirando audazmente contra la tranquilidad del Estay la subordinacion debida á los Ministros que ejercen en su real nombre, la alta y casi suprema jurisdiccion en estos remotos dominios; sin que haya bastado á reprimir el ciego desenfreno de estos espíritus discolos y revoltosos, el horror que debia inspirarles la reciente memoria del ejemplar escarmiento ejecutado en el indigno José Gabriel Tupac-Amaru, ni sido capaz de grabar indeleblemente la mas tierna gratitud, las benéficas é indulgentes providencias expedidas á su favor por este Superior Gobierno, que á esfuerzos de sus mas reverentes intercesiones, logró verlas selladas con la aproba

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