La convencion de 7 de diciembre de 1877: Apuntes para la historia de la cuestion de límites entre Guatemala y México

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G. Marquez, 1882 - 112 páginas
 

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Página 91 - Alamán. secretario interino del estado y del despacho de relaciones exteriores e interiores; los cuales, después de haber canjeado sus plenos poderes y hallándolos en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo 1°.
Página 97 - Durante la suspensión de las negociaciones de que habla el artículo 8?, las partes contratantes convienen y se comprometen solemnemente á respetar y dar sus órdenes á las autoridades respectivas, para que respeten religiosamente las posesiones actuales, no promoviendo, ni dejando promover, cuestión alguna relativa á linderos é impidiendo todo acto de hostilidad, así de parte de las autoridades de su dependencia como de sus respectivos ciudadanos.
Página 94 - Mexicanos, han convenido en el envío de una Comisión Mixta de Ingenieros, á efecto de que practique sobre el terreno los reconocimientos científicos convenientes y proporcione á ambos Gobiernos un dato común y exacto, sobre el cual puedan basar sus ulteriores negociaciones.
Página 96 - Una vez expirado ese plazo, dichas negociaciones proseguirán en esta capital, cualquiera que sea el estado de los trabajos de la referida Comisión. Lo mismo sucederá si por cualquier evento esta Convención quedare sin ejecución en todo ó en parte, pues en tal caso después de esos seis meses, proseguirán las negociaciones como se ha dicho con los datos que los dos Gobiernos tuvieren, porque es el deseo de las Partes contratantes...
Página 95 - Comisión, los motivos de quien haya hecho la oposición. Concluidos que sean sus trabajos, extenderá por duplicado su informe para enviarlo juntamente con un ejemplar de dicho plano á cada uno de los Gobiernos de Guatemala y México. Tanto el plano como el informe de que habla el presente artículo deben ir firmados por todos los miembros de la Comisión, ó cuando menos por igual número de Ingenieros de una y otra parte, siempre que ellos constituyan la mayoría de la misma Comisión.
Página 96 - Con el objeto de proporcionarse informes de la Comisión, relativos á la primera de las secciones en que se ha dividido el estudio de la línea divisoria, las Altas Partes contratantes convienen en suspender por seis meses contados desde el canje de las ratificaciones de la presente Convención, las negociaciones pendientes sobre límites. Una vez expirado ese plazo, dichas negociaciones proseguirán en esta capital, cualquiera que sea el estado de los trabajos de la referida Comisión. Lo mismo...
Página 51 - Queda entendido, sin embargo, que las estipulaciones de este artículo no justifican ni legitiman las posesiones disputadas entre las dos Repúblicas, las que quedarán con el carácter litigioso que hoy tienen, pudiendo, cuando las negociaciones se prosigan, reclamárselas mutuamente, caso de no convenirse ambos Gobiernos en el trazo de la línea en los términos que expresa el artículo...
Página 94 - Ingenieros, de los cuales se nombrarán seis por cada una de las partes, en la forma siguiente : Dos Ingenieros Astrónomos; y cuatro Ingenieros Topógrafos. Esta Comisión puede llevar además los ayudantes que juzgue indispensables para el desempeño de su cometido.
Página 96 - Para el estudio de la primera sección de la línea se señala á la comisión el término improrrogable de ocho meses contado desde el canje de las ratificaciones, debiendo dar cuenta colectivamente de su instalación en Tapachula á los Gobiernos de Guatemala y México para su conocimiento. "Para el estudio de la segunda sección se fija el término también improrrogable de seis meses, comenzando á contar un mes después de expirado el anterior.
Página 92 - Para facilitar á la Comisión el cumplimiento de su encargo y para que el estudio de la línea quede concluido á la mayor brevedad, los dos Gobiernos se comprometen á dar sus órdenes á las autoridades de su dependencia, en las fronteras respectivas, á fin de que sean prestados todos los auxilios necesarios y seguridades debidas á la mencionada Comisión en los lugares que tenga que visitar. Artículo 8?

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