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Lo octavo: con el Visitador y cualquiera otro que tuviere comisiones subdelegadas de Su Majestad, conviene tener buena y estrecha correspondencia; pues son entrambos ministros de un mismo Rey, y buscan un mismo fin, que es su servicio, confiriendo de conformidad todo aquello que pueda mirar á éste; y por otra parte, conservando al Rey la jurisdicción ordinaria en toda reputación, encaminándole y ayudándole en la delegada á lo justo, pues ha de ser un virrey padre de todas las jurisdicciones, y á todos ha de ayudar por representar la persona de Su Majestad, de quien se derivan todas. Y en habiendo alguna duda sobre á quién toca alguna materia, tratar de ella sin desconfianza, y con toda violencia y buen deseo, remitiéndola de conformidad á ministros desinteresados y cuerdos, para que vistos unos y otros papeles y órdenes de Su Majestad, digan á quién pertenece la causa.

Lo noveno: procurar en ocurrencias graves y que puedan despertar desasosiegos en estos reinos, gobernarse con parecer del Real Acuerdo, y, si fuere necesario, con el de otros ministros ó varones doctos y experimentados, dejándoles libre el sentir y el decir; y en duda, inclinándose á lo que más se acercare á la quietud, paz y sosiego de los vasallos, que por no haber tenido esta atención en estas Provincias y dado sobrado lugar á algunas personas de menos recta intención, han sucedido grandes daños y conocidos riesgos de la causa pública.

Lo décimo: aunque algunos señores virreyes

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han conservado dos ó tres compañías de guarnición, después del suceso de 15 de enero, para que halle el vulgo ese freno en cualquier accidente, todas están suprimidas con orden de Su Majestad por la costa considerable que causaban á su Real Hacienda y juzgarse que no eran muy necesarias, y aplicando lo que en ellas se gastaba á la armada de Barlovento; y como quiera que no es bien que esté expuesta la dignidad y la persona á ligereza de un pueblo tan mal compuesto, será conveniente montar los treinta caballos de que está hecho acuerdo general de hacienda en mi tiempo; pues un capitan y ellos pueden sustentarse de algunas reformaciones de plazas no necesarias, las cuales viviendo dentro de Palacio, servirán de castigar los ladrones y bandoleros que son muchos dentro y fuera de la ciudad; asegurar la plata de Su Majestad cuando viene de las minas y va á la Vera Cruz; acompañar la persona del Virrey, y dar más decoro á la dignidad y fuerza á la justicia.

Lo undécimo: tener atención con los portugueses de estas Provincias, no dándoles puestos militares, ni jurisdicción, ni consintiéndoles armas de fuego; pues no sólo han dado cuidado desde el levantamiento de Portugal y traiciones de aquella Corona, sino que aun antes tenían prevenido las cédulas reales un punto tan importante y que no conviene descuidar. Y así es sumamente necesario para el comercio y para la seguridad, tener las costas de entrambos mares limpias de este género de gentes

y apartarlos de las minas; porque son tan sutiles en adelantar el caudal, como en sustentar sus correspondencias con Holanda y Lisboa, que es el centro único á donde tiran sus líneas, aborreciendo á nuestra fe la mayor parte de ellos, como hebreos, y á nosotros, como portugueses.

Lo duodécimo: el juntar sin ruido en la armería de Palacio, mosquetes, picas y otras armas y municiones, por lo menos para poderse armar quinientos hombres, procurando disponer esto de cosas extraordinarias, y que no toquen á la hacienda del Rey, cuando aunque fuera de ella, se hallara bien gastado en cosas tan necesarias, y más no habiendo armería alguna en este Reino.

Lo décimo tercio: conviene mucho no usar de muchos remedios á un mismo tiempo, aunque sea en cosas muy necesarias y útiles al servicio de Su Majestad, ó causa pública, señaladamente en imposiciones de tributos; porque como quiera que materias de este género, y otras de reformación, todas son odiosas, es necesario que se vayan sucediendo unas á otras, y que se dé lugar á que respiren el sentimiento y la queja, porque no obren, saliendo juntos, contrarios y opuestos efectos al intento; teniendo por el mayor tributo la conservación de la paz, y el amor de los vasallos, el cual suele dar con suavidad lo que niega la obligación, sin aquellos medios que hacen oposición á las voluntades humanas, que es conveniente conservar y beneficiar en los vasallos, para que fructifiquen en el servicio

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de su Rey con duración y perpetuidad; y esta atención debe preferirse á todas, pero con ella, justo es que sirvan los reinos á su Rey al paɛo que lo va dictando y solicitando la necesidad y diferencia de los tiempos.

Materias de Nuevo México, y el estado

que hoy tienen.

Antes de despedirme de estas materias, me parece que debo dar cuenta breve á V. Excelencia, del estado que tienen las del Nuevo México, que es una parte de estas Provincias, aun no reducida á la regular forma de gobierno, y tan dietante de ellas, que no deja de causar su gobierno cuidado y embarazo, y más en el estado que hoy se halla.

El Nuevo México ha algunos años que se descubrió por don Juan de Oñate, y su especial conquista espiritual, misiones y conversiones, se cometió tan sólo á la orden de San Francisco, cuyos religiosos fueron propagando la fe, y no hay duda que con aquel buen espíritu, desasimiento y pobreza que han heredado de su Seráfico Padre. Esto duró algunos años en paz, hasta que las comodidades de la tierra fertilísima de todos bastimentos, fuera de los que traen de Castilla, y la mucha mano de religiosos que allí representan todos los tribunales eclesiásticos, esto es: de los Obispos, de la Inquisición, de la Cruzada; y la poca ó ninguna forma que hay en el gobierno eclesiástico y secular, fueron despertando competencias tan vivas en

tre los gobernadores y religiosos, que han preso dos veces los oficiales á los gobernadores y depuesto de sus oficios; y ahora últimamente han sucedido grandes y atroces muertes, siguiendo y amparando á la parte amotinada los religiosos, contra el Gobernador D. N. Rojas y su sucesor D. N. de Valdés, quitando los alcaldes y ministros de Su Majestad, fomentando se desamparase el pendón y estandarte real, como se hizo, y últimamente, habiendo muerto á puñaladas al Gobernador y Capitán General que había sido de aquellas provincias, D. N. de Rojas, dentro la cárcel, y debajo del real amparo, por estar en residencia.

Viendo estas atrocidades, y que los religiosos habían sido los principales promovedores de tan grandes insultos, así como llegaron los últimos despachos, juntando el Real Acuerdo por ser materia tan grave, envié orden secreta y patentes del Comisario General de San Francisco, llamando á algunos religiosos que más se señalaron en fomentar estos movimientos, procurando traer á los cabezas de los amotinados, que es un Antonio Baca y otros, con palabras y razones suaves para ver si se puede tomar alguna forma que no sea tan costosa como lo fuera volver á reducir á estas Provincias á viva guerra, siendo así que no saca más provecho Su Majestad en tan dilatado gobierno, que el enviar cada tres años sesenta mil pesos de sus reales cajas para conseguir el poco fruto de la salvación de los indios, que es tan manifestado. En

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