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bertades que tanta sangre ha costado establecer en América; en uso de las facultades que me concede la séptima de las bases acordadas en Tacubaya y sancionadas por voluntad de la nacion, he tenido á bien decretar lo contenido en el artículo siguiente.

Podrán establecerce misiones de la compañia de Jesus en los departamentos de Californias, Nuevo-México, Sonora,, Sinaloa, Durango, Chihuahua, Coahuila y Tejas con el esclusivo objeto de que se dediquen á la civilizacion de las tribus llamadas bárbaras por medio de la predicacion del Evangelio, para que de este modo se asegure mas la integridad de nuestro territorio.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cnmplimiento. Palacio del gobierno nacional en Tacubaya á 21 de junio de 1843.-Antorio Lopez de Santa-Anna.-Pedro Velez, Ministro de justicia é instruccion pública.

Y tengo el honor de comunicarlo á V. E. para su inteligencia y debido cumplimiento, disponiendo al efecto su publicacion/inmediata

mente.

Dios y libertad. México junio 21 de 1843.-Velez.-Exmo. Sr. gobernador de este departamento."

Y para que llegue á noticia de todos, mando se publique por bando en esta capital y en las demás ciudades, villas y lugares de la comprension de este departamento, fijándose en los parages acostumbrados y circulándose á quienes toque cuidar de su observancia. Dado en México á 22 de junio de 1843.-Valentin Canalizo.-Luis G. de Chávarri, secretario.

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La asamblea de Guatemala en decreto de igual fecha del mes de julio y del mismo año, permitió la reposicion de 'la Compañía ampliamente en aquella república. Tal es la historia de este establecimiento religioso, cuya reposicion y conservacion que presenta peligros, dificultades escollos, ha corrido de cuenta del cielo.... y Ríndole, por tanto, las mas humildes gracias por tamaño bien concedido á la humanidad, para que el nombre glorioso de Jesucristo y su evangelio sea anunciado por toda la redondez de la tierra. Pongo punto á estas lìneas suplicando á la sombra generosa del padre Alegre perdone el atrevimiento que he tenido de haber añadido este pobre suplemento como

quien surce un remiendo de gerga á una capa de púrpura: y el generoso impresor de esta obra (el Sr. coronel D. José Mariano Lara) reciba tambien las gracias mas espresivas por la magnanimidad con que ha continuado su impresion sin pedir ni un real del copioso adeudo que á su favor tiene, por no haber sido posible completar los precisos gastos de la impresion, debido á la fatalidad de los tiempos.

México 19 de setiembre de 1843.-Lic. Cárlos María Bustamante.

FIN DE LA OBRA.

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