Boletín legislativo: compilación con nots y adiciónes de las leyes decretos, reglamentos, sentencias del Tribunal Supremo, y demas disposiciónes promulgadas en Cuba desde 20 de mayo de 1902, Volumen1

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Imprenta y Papeleria de Rambla Y Bouza, 1902
 

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Pasajes populares

Página 6 - El que defraudare á otro en la sustancia, cantidad ó calidad de las cosas que le entregare en virtud de un título obligatorio...
Página 112 - Los que toman parte directa en la ejecución del hecho: 2? Los que fuerzan ó inducen directamente á otros á ejecutarlo: 3? Los que cooperan á la ejecución del hecho por un acto sin el cual no se hubiera efectuado.
Página 60 - Los que en perjuicio de otro se apropiaren ó distrajeren dinero, efectos ó cualquiera otra cosa mueble que hubieren recibido en depósito, comisión ó administración ó por otro título que produzca obligación de entregarla ó devolverla, ó negaren haberla recibido.
Página 18 - Es calumnia la falsa imputación de un delito de los que dan lugar á procedimientos de oficio.
Página 4 - Los cuales, reunidos en París, después de haberse comunicado sus plenos poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, y previa la discusión de las materias pendientes, han convenido en los siguientes artículos: ARTICULO I España renuncia todo derecho de soberanía y propiedad sobre Cuba.
Página 11 - ... de cualesquiera otras colectividades que tienen personalidad jurídica para adquirir y poseer bienes en los mencionados territorios renunciados o cedidos y los de los individuos particulares, cualquiera que sea su nacionalidad.
Página 13 - En nombre de Mi Augusto Hijo el Rey Don Alfonso XIII, y como Reina Regente del Reino, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo 1.°...
Página 12 - ... los demás extranjeros. En el caso de que permanezcan en el territorio, podrán conservar su nacionalidad española...
Página 12 - No haber tenido el culpable la intención de causar un mal de tanta gravedad como el que produjo.
Página 17 - Las obras españolas científicas, literarias y artísticas, que no sean peligrosas para el orden público en dichos territorios, continuarán entrando en los mismos, con franquicia de todo derecho de aduana por un plazo de diez años, á contar desde el canje de ratificaciones de este Tratado.

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