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cuerpo, cuan grandemente ardía en la llama de este amor. Y de esta tan ardiente caridad en Dios, dimanaba aquella insigne benevolencia y voluntad de Juan para con los hombres, por lo cual no dejó ninguna cosa reservada, ni practicada para hacer volver á los descarreatlos al camino de la salvación, con sus consejos, ruegos y persuasiones, y los trasladara, excitara é inflamara á la virtud, honestidad y estudio de Dios y de la Religión. Esta caridad de Juan comprendía también maravillosamente á aquellas almas que, cerradas después de la muerte en la cárcel del Purgatorio, deben borrar todas las manchas contraídas por la humana fragilidad, para que puedan entrar en las mansiones celestiales. Por lo que se aplicaba contínuamente á rogar y pedir á Dios socorro por estas, macerando su cuerpo con crueles azotes, y practicando otras obras de expiación, y ponía tanto trabajo en esta materia, que le era como una digna costumbre; pues que conocía las muchas almas que habían sido recibidas en la eterna bienaventuranza, lavadas por medio de su intercesión de toda mancha. Ni menos solícito era Juan sobre los males del cuerpo, amando á los miserables más que á sí mismo, se alegraba principalmente y deseaba con la mayor vehemencia tratar siempre con los míseros y ayudar á los menesterosos, con comidas, vestidos y dinero: servirles la comida de rodillas, y practicar con ellos otros ministerios más humildes, repartir entre ellos la limosna colectada y excitar á todos á suministrar sus socorros á los pobres, visitar de igual modo á los enfermos, servirlos y auxiliarlos de todos modos. Nada hubo en verdad admirable, si se mira á los abundantes dones de la gracia celestial con que fué colmado, y con que Dios, admirable en sus Santos, no quisiese ilustrar la distinguida santidad de Juan. Inspirado, pues, del divino espíritu, no solamente solía conocer las cosas ocultas, predecir las futuras, descubrir los más recónditos sentimientos del alma, hablar, aunque rudo y sin letras, del modo más sabio sobre las más sublimes é intrincadas cuestiones de la fé, sino también gozar de los coloquios de los bienaventurados, hacer prodigios, y también se le vió en la contemplación de las cosas divinas levantado de la tierra suspenderse hácia arriba. Hallándose ya, en verdad, esclarecido Juan con tantas y tan grandes virtudes, á los sesenta años, seis meses y quince días de nacido; destruido por una grave enfermedad, purificado con todos los Sacramentos, según el rito de la Religión Católica, después que claramente predijo su muerte, para el dia 16 de Setiembre del año de 1645, ceñido en los lomos de una cadena de hierro, y puestas las manos en forma de Cruz, levantados y fijos los ojos en el Cielo, consumido en el fuego del amor de Dios, saltando de contento y triunfando, pasó alegremente de esta vida en el ósculo del Señor, volando á la celestial Patria á

recibir aquella corona de gloria que le estaba preparada por una eternidad.

Como la fama de su Santidad se hubiese divulgado mucho y lejos, y presentádose, según costumbre, la causa de sus virtudes á la Congregación de los Venerables nuestros hermanos de la Santa Romana Iglesia, destinados á los sagrados ritos, nuestro predecesor Clemente XIII, de feliz recordación, por solemne decreto de 2 de febrero de 1772 las declaró constituidas en grado heroico. Como se trató después de los milagros que se decían haber sido hechos por Dios para declarar á los hombres su santidad, de los cuales, dos, fuera de los demás, fueron examinados con el n.ayor cuidado, según costumbre, por la sagrada Congregación de Ritos, Nos, por decreto de 21 de sctiembre ne 1834, juzgamos aprobarlos. Y deseando con vehemencia proponer públicamente tantos ejemplos de virtud dig nos de admiración á todos los fieles de Cristo y principalmente á aquellos que ligados con las leyes de la disciplina religiosa profesaron pasar una vida escondida en Cristo; escudriñadas de nuevo todas las cosas con un examen el más diligente; decretamos promover principalmente en la presente aspereza de estos tiempos, para mayor gloria de Dios en cuanto está de nuestra parte el honor y veneración de tan grande varón. La misma Congregación, reunida en presencia nuestra, en once de enero del presente año, por unanimidad de votos, juzgó que si nos parecía, podíamos declarar BEATO al alabado siervo de Dios, con todos sus indultos, interin se celebre su solemne canonización. Movidos, pues, nosotros por las piadosas y esforzadas preces y deseos de todo el esclarecidísimo y distinguidí-. simo Orden Dominicano y principalmente de nuestro amado hijo Tomás Jacinto Cipolletti, Supremo Director ó Maestro general del mismo Orden de los hermanos predicadores, postulador de la presente causa en esta ciudad,.de acuerdo y consentimiento de la ya citada Congregación de Cardenales, y en virtud de nuestra autoridad apostólica por el mérito de estas letras hacemos y constituimos que el referido siervo de Dios Juan Masias, religioso operario profeso de la Orden de los hermanos Predicadores, se llame en lo sucesivo con el nombre de BEATO: que su cuerpo ó reliquias se expongan á la veneración pública de los fieles, aunque no deban llevarse en las rogaciones solemnes; y que sus imágenes sean adornadas con rayos y resplandores. A más de esto, con nuestra misma autoridad concedemos que todos los años se rece el oficio y misa de él del común de Confesor no Pontífice con las oraciones propias por Nos aprobadas, según las rúbricas de Misal y Breviario Romano. Pero el rezo de este oficio y celebración de su misa concedemos se practique el día 3 de octubre solo en Lima y su Diócesis, por todos los fieles cristianos seculares y regulares que están obligados al rezo de las horas canónicas, y en todos los

templos donde está instituido el Orden de los hermanos Predicadores. Y en cuanto toca á las misas, que las celebren todos dos los sacerdotes que concurran á las iglesias donde se hace la fiesta. Finalmente, concedemos é indultamos que el primer año después de dadas estas nuestras letras de la beatificación del siervo de Dios Juan Masias, y después de solemnizada ésta en la Basílica del Vaticano, que determinamos se haga el día 22 de octubre del presente año en los templos diocesanos, y en los del Orden de que va hecha mención, el día que señalen los prelados ordinarios se celebre la fiesta con oficio y misa del rito de doble mayor. No obstando constituciones, ordenaciones apostólicas, ni decretos expedidos acerca del no culto, ni cualesquiera otras contrarias. Queremos también que los ejem. plares de estas letras, aunque estén impresos, siempre que se hallen suscritos de la mano del secretario de la Congregación, y signados con el sello del Prefecto, tengan tanta fé aún en las contiendas judiciales que hubieren, si estuviere en ellas significada nuestra voluntad."

Dado en Roma, en Santa María la Mayor, signado con el Anillo del Pescador, el día 8 de agosto de 1837, de nuestro Pontificado el año séptimo. - [Lugar del Sello].- Por el señor Cardenal de Gregorio.- A. Picchioni, Sustituto.

El Poder Ejecutivo concedió el pase á las anteriores bulas.

Ministerio de Instrucción Pública, Beneficencia y Negocios Eclesiásticos.

Casa del Supremo Gobierno, en Lima, á 15 de abril de 1840.

Iltmo. señor Arzobispo Electo de esta Diócesis.

I. S.

Deseando S. E. solemnizar, del mejor modo posible, la fiesta de la beatificación de los venerables Juan Masías y Martín de Porres, ha dispuesto concurran las autoridades y corporaciones al salón de Palacio el día 18, á las 4 de la tarde, y el 20, á las 10 de la mañana, para asistir á las funciones religiosas que, con tan piadoso objeto, deben celebrarse en esos días.

Con el mismo fin ha dispuesto S. E. haya repiques generales en las noches de los días 18, 19 y 20, como también al tiempo de las procesiones en que han de ser conducidas las bulas y las imágenes de esos venerables siervos del Señor.

Tengo la honra de comunicarlo á US. I. para los fines consiguientes.

Dios guarde á US. I.

AGUSTÍN G. CHARÚN.

Palacio Arzobispal de Lima, á 16 de abril de 1840.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Negocios Eclesiásticcs.

S. M.

Tengo la más grata complacencia de comunicar á US. haber librado las órdenes oportunas para ambos cleros, á fin de que se solemnice, con el respeto y religiosidad que corresponde, la publicación de las bulas de beatificación de los siervos del Señor, Juan Masías y Martín de Porres, uniéndome, en un todo, al piadoso celo que anima á S. E. el Presidente de la República.

En su consecuencia, los Prelados de las Comunidades están instruidos de que en la tarde del 19, á las 4, y el 20, á las 10 de la mañana, concurrirán al salón de aquel Palacio, para acompañar al Supremo Gobierno con todas las demás Corporaciones, y el clero secular y regular con sus Párrocos y Cruces á las mismas horas, en una y otra iglesia en donde se hacen las funciones, como son la de Santo Domingo y Catedral, inclusa la procesión.

Sírvase US. ponerlo todo en la consideración de S. E. y en contestación de su apreciable de 15 del que rige.

Dios guarde á US.

FR. FRANCISCO.

Arzobispo electo.

CARTA

DEL MUY REVERENDO ARZOBISPO ELECTO DE LIMA SR. DR. D. FRANCISCO SALES DE ARRIETA Á SU SANTIDAD EL PAPA GREGORIO XVI DÁNDOLE PARTE DE LA SOLEMNIDAD CON QUE SE CELEBRÓ EN ESTA CIUDAD LA BEATIFICACIÓN DE LOS BEATOS JUAN MASIAS Y MARTÍN DE PORRES..

Santísimo Padre:

Tercera vez postrado á los sagrados pies de Vuestra Santidad y de la Santa Sede Apostólica (fuera de lo cual todo es naufragio y tempestades), llego á ofrecer mis más humildes respetos. En la primera, como ocupado siempre de la feliz memoria de mi fin último, y alimentado en el recuerdo de que algún día terminaré la breve carrera de mi vida, imploré de vuestra beatitud, como del Angel del Señor, la bendición porque suspiraba Jacob, para poder decir: Ahora sí, que sacarás en paz de este mundo á tu siervo, según tu promesa, porque ya mis ojos han visto cumplidos mis deseos (1). En la segúnda, fiel á los preceptos de mi Redentor Divino, quien me dice por San Mateo: Venid á mi todos los que andáis agobiados con trabajos y cargas, que yo os aliviaré; representé á su Vicegerente en la tierra, y al Padre común de los fieles, la enormidad del peso que había cargado sobre mis débiles fuerzas la autoridad suprema del Estado, eligiéndome por Arzobispo de esta Diócesis Limana; y con reverentes súplicas y sinceras lágrimas de confianza, deposité, en vuestras paternales manos, mi aflicción y mi angustia. Y ahora que mi suerte inesperada condujo á mis indignas manos, á fines del año pasado, los Breves de Beatificación de los Beatos Juan Masías y Martín de de Porres [suspirados casi dos siglos por la ternura y devoción de este cristiano pueblo]; habiendo sido aunque tan improporcionado el instrumento de la publicación de vuestras apostólicas letras, me es indispensable significar mi obediencia, dando á vuestra beatitud fiel y exacta razón de su cumpli

miento.

Mas, y no os parezca demasiada exageración, Santísimo Padre, no también esta cristiana Grey tuvo noticia de haber en esta ciudad letras de su amante Padre, en circunstancias de concluir una guerra desoladora, que había cubierto de luto

(1) Luc. II. v. 29.

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