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la de tantos otros clérigos seculares, no se seguiría de ahí que el deber de suministrales esta nueva congrua hubiera de gravitar sobre los conventos, de los cuales dichos eclesiásticos desertaron voluntariamente y á sabiendas de su futura situación; mucho más, cuando todos pueden volver á sus claustros, como ya lo han hecho algunos de ellos: y 3o Que, para imponer á las comunidades religiosas una obligación de este linaje, se necesita contar con la intervención de la autoridad suprema de la Iglesia, como sucedió en otra ocasión recordada por el Honorable señor Sánchez.

Hechas las precedentes observaciones, yo apelo, Excelentísimo señor Ministro, al juicio recto é imparcial de V. E., con la esperanza de que, bien consideradas, se persuadirá de la justi cia de mi petición, dirigida á conservar la buena armonía entre la Iglesia y el Estado, é interpondrá su poderosa influencia para que no tenga efecto la suprema resolución de 12 de abril último.

Con sentimientos de la más alta y distinguida consideración, tengo el honor de suscribirme su atento servidor. (1)

SERAFIN.

Arzobispo de Nicea,-Delegado Apostólico

(1) Con fecha 17 del mismo mes de agosto, participó el señor Delegado Apostólico, al señor Ministro de Relaciones Exteriores, que asuntos urgentes lo obligaban á trasladarse á Quito, lo que realizó en seguida.

EL GOBIERNO ENCARGA AL REPRESENTANTE DEL PERÚ OBTENER EL CAPELO CARDENALICIO PARA EL MUY REVERENDO ARZO. BISPO DE LIMA, ILUSTRÍSIMO SEÑOR FRANCISCO ORUETA.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, Mayo 13 de 1873.

Sabe el Gobierno que desde hace mucho tiempo la Santa Sede abriga el plausible proyecto de conceder el Capelo Cardenalicio á uno de los miembros del clero americano; habiendo vacilado su elección entre el del Perú, el de México y el de Chile.

S.E. el Presidente, que desea aprovechar de esa disposición favorable de Su Santidad hácia nosotros, me ordena encargar á US. que procure, de un modo muy eficaz, y salvando cualquier inconveniente, obtener del Padre de los fieles ese distinguido honor en favor del dignísimo é ilustrísimo Señor Orueta, Arzobispo de Lima, cuyos méritos y virtudes lo hacen acreedor á tan elevada distinción. Ella será además un título de honra, harto merecido, para la patria de Santa Rosa y Santo Toribio.

Dios guarde á US.

J. DE LA RIVA Agüero.

Señor Ministro Plenipotenciario del Perú cerca de la Santa Sede.

Legación del Perú cerca de la Santa Sede.

Señor Ministro:

Londres, Junio 16 de 1873.

He tenido la honra de recibir la importante comunicación de US., No 17, fecha 13 de Mayo próximo pasado, en que se sirve recomendarme, salvando cualquier inconveniente, obte ner del Padre de los fieles el distingnido honor de un Capelo Cardenalicio para nuestro Reverendo Arzobispo de Lima.

Ciertamente que nada sería más grato ni honroso para el pueblo peruano que esta grande distinción en favor de nuestro primer Prelado, y todos los datos que US. pueda comunicarme acerca de este asunto serán muy oportunos, pudiendo asegurar á US. que haré de ellos el mejor uso que me sea posible.

Sin embargo, no dejaré de hacer presente que Su Santidad se ha encontrado, al menos en los últimos tiempos, en tal dis posición que no ha creado Cardenales ni aun á los más eminentes personajes que tiene en su derredor, muchos de los cuales gozan de grande reputación y favor en la Corte Pontificia; y así han llegado á pasar de veinte las plazas vacantes de Cardenal, lo que no había sucedido hasta ahora.

Sin entrar en comparaciones, sobre la importancia relativa para la Santa Sede ó para la administración de los altos inte reses católicos confiados al Sacro Colegio, entre los Arzobispos de América, es evidente que sería de grandes ventajas para el Perú un nombramiento semejante y que es muy digno de este honor nuestro Iltmo. Arzobispo. Así es que, si realmente desease Su Santidad honrar con el Capelo Cardenalicio algún Arzobispo de América, me parece que el del Perú tiene ganado bastante camino para obtener esa preferencia, y yo llenaré con el mayor cuidado las instrucciones que US. se sirve darme sobre ese asunto.

Soy de US., Señor Ministro, con toda consideración y apre cia, muy atento seguro servider.

P. GALVEZ.

Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

HOSPICIO PERUANO EN ROMA.

Legación del Perú en Roma.

Señor Ministro:

Faris, Octubre 31 de 1873.

Como tuve el honor de decir á US., en mi comunicación de 11 de Octubre, No 30, se hacía urgente enviar al Señor Melen. dez, ya que mis ocupaciones no me lo permitían todavía, para promover algunos de los asuntos que tenemos pendientes ante la Santa Sede; y, en efecto, el estado de algunas cuestiones en Roma, justifica el pronto envío de este empleado.

Sabe US. que, conforme á una ley del Reino de Italia, que se ha extendido últimamente á Roma y á lo que fué territorio pontificio, se han suprimido los conventos en cuanto tenían de corporaciones legales y sus bienes han vuelto al Estado ó á las fuentes de donde provenían cuando dichas fuentes han sido extranjeras. La circunstancia de que los países católicos necesitaban frecuentemente ocurrir á Roma para diversos fines religiosos, han dado ocasión á que se estableciesen muchos edifi cios, monásticos ó nó, cuya propiedad era de los Estados á que pertenecieron los fundadores. Esto ha sucedido respecto al Perú, pues un religioso peruano, perteneciente á la Comunidad de San Francisco, fundó un hospicio en Roma, para que allí se alojasen los religiosos que tuviesen necesidad de ir á Roma por sus asuntos, y ese hospicio, que fué reconocido y aprobado por una bula de Inocencio XII, se ha conservado hasta airora llenando su destino. Con motivo, pues, de que la Comisión Municipal de Roma, encargada de formar el inventario de los bienes de Comunidades, pudiese incluir este hospicio en el inventario de un convento franciscano, junto al cual se halla situado, el Procurador de dicho convento comunicó el aviso á nuestra Legación y habiéndonos buscado los documentos suficientes, parece que, en realidad, el referido hospicio es propiedad peruana. Habemos hecho una simple reserva para salvar este derecho. Enviaré á US., por el próxi mo paquete, copia de los documentos que á esto se refieren; pero creo que tenemos pruebas suficientes y bastante claras para el efecto, porque hasta el último tiempo ha sido sostenido dicho hospicio por la Comunidad de Franciscanos de Lima,

llamada de los "Doce Apóstoles", y aun el Reverendo Padre Gual, que vino al Concilio, con poder del Iltmo. finado Arzobispo Goyeneche, habitó en dicha casa, y podrá dar testimonio. así como procurar otros documentos importantes respecto á que dicho hospicio es propiedad peruana.

Por lo pronto, mientras que el Gobierno, suficientemente informado, me dé las instrucciones oportunas, me limitaré á hacer la reserva de nuestros derechos sin dar lugar á ninguna cuestión.

También se me anuncia de Roma, por nuestro Adjunto Señor Melendez, y por otros corresponsales, que se deseaba proteger el Colegio llamado "Pío Americano", que se fundó en Roma con fondos suministrados por Monseñor Eizaguirre, súbdito chileno, para ofrecer educación eclesiástica á los jóve nes de la América del Sur que la requiriesen, y en dicho Colegio se han educado, en efecto, diversos jóvenes peruanos, así como de otras secciones de la América del Sur. He pedido acerca de esto los documentos necesarios, para formar mi juicio, que trasmitiré oportunamente á US., pero, hasta ahora, la Legación no ha tomado ninguna medida respecto de dicho colegio. Aprovecho de esta oportunidad para suscribirme de US. muy atento seguro servidor.

P. GÁLVEZ.

Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

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