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Agente cerca de la Santa Sede, podría haberse temido que que dase algún efecto de esta malévola tentativa, y que, por lo me. nos, alguna explicación hubiere sido necesaria para restablecer la verdad de los hechos; pero nada de esto ha sido necesario felizmente. El Sumo Pontífice, en la elevación de su carácter personal, así como en el de su suprema dignidad, no sólo no ha` hecho la más ligera mención de aquel malhadado incidente, sino que parece que ha redoblado su solicitud en manifestarse bondadoso con nosotros.

Lo primero que investigó en interés de la Iglesia Peruana, fué por las preces de los cuatro Obispados vacantes en el Perú, y acerca de los cuales contesté, como á Su Eminencia el Cardenal Antonelli, que, no obstante los deseos del Gobierno, se había demorado la remisión de las preces probablemente por las urgentes ocupaciones del Congreso; le expresé, sin embargo, la esperanza que tenía de que pudiesen llegarme por alguno de los próximos Correos, y Su Santidad me repitió lo que antes me había dicho el Cardenal Secretario de Estado; que siempre que me llegasen antes del 21 de Diciembre, se haría el nombramiento de los nuevos Obispos inmediatamente, con tal que los procesos canónicos estuviesen arreglados y que le sería grato preconizarlos en el Consistorio que tendría lugar en ese día. Pero, para todo evento, me añadió Su Santidad, conviene que no se demoren las preces, para que, si no en este Consistorio, en el siguiente, pueda verificarse la preconización.

Hablando en seguida de los Obispos que habían dejado las vacantes, el Santo Padre hizo una mención honrosa del finado Iltmo. señor Moreira, diciéndome que era nombre histórico y que era una pérdida sensible para la Iglesia, en general, y para el Perú, en particular. En este caso, así como en otros, Su Santidad me habló de nuestro Iltmo. Arzobispo señor Orueta, como de un hombre de virtud, ciencia y prudencia muy loables, lo cual, como US. puede figurarse, me es muy grato, como que indirectamente recae ese honor sobre nuestro Gobierno.

No manifestó Su Santidad conocer las cuestiones que se han suscitado últimamente en el Perú, con ocasión del Iltmo. Obispo señor Huerta, y estando yo dispuesto para suministrar al Sumo Pontífice los datos exactos para que formase su juicio sobre este asunto, no se ocupó de la persona de dicho Reverendo Obispo, aunque si lo verificó de varios otros de nuestros Prelados.

Después de algunas preguntas que me hizo sobre el estado del país, lo que me ofreció ocasión de señalarle los adelantos del Perú y la marcha de la actual Administración, habló Su Santidad sobre las cuestiones religiosas que están á la orden del día en diversos países y muy especialmente sobre el movimiento católico en la Gran Bretaña. Después de tratar por algún tiempo de esta materia, me manifestó su interés por el

Presidente del Perú y los miembros de su Gobierno, á quienes envió, como á todo el pueblo peruano, según su piadosa costumbre, su Apostólica bendición.

Como US. debe concebir, he quedado sumamente satisfecho de que los sentimientos de Pío IX se conserven siempre los mismos para el Perú y su Gobierno, y ojalá sea esto una prenda para que tengamos algún éxito favorable en nuestras negociaciones.

Aprovecho esta ocasión para repetirme de US., señor Ministro muy atento y seguro servidor.

Señor Ministro de Relaciones Exteriores.-Lima.

P. GALVEZ.

Legación del Perú cerca de la Santa Sede.

Roma, Diciembre 12 de 1874.

Señor Ministro:

He procurado tener en estos días entrevistas multiplicadas y detenidas con Su Eminencia el Secretario de Estado, para examinar la disposición en que se encuentra respecto á las negociaciones de que estoy encargado, y daré á US. cuenta de su estado. Me refiero al derecho de patronatc.

En repetidas conferencias con el Cardenal Antonelli hemos tratado esta materia como la más vital de las relaciones entre el Estado y la Iglesia del Perú; y, en efecto, al recorrer las cuestiones que han ocurrido desde la época de la Independencia y que han podido llamar de un modo serio la atención de ambas autoridades, el origen se halla casi siempre en la falta de un principio fijo que sea reconocido por ambos en cuanto á la administración eclesiástica. En nuestras leyes es reconocido, como fundamental, el derecho de Patronato, que ejerce el Gobierno del Perú, del mismo modo que lo ejercieron los Reyes de Es

paña, de quienes es sucesor, así en las regalías como en las obligaciones. En virtud de ese derecho, el Gobierno del Perú ejecuta multitud de actos, entre los que figuran, muy especial. mente, la presentación para los grandes beneficios. Por su par te la Santa Sede sostiene el principio de que el Patronato es inherente á las funciones del primado de la Iglesia, y que cuando acuerda su ejercicio á alguna otra autoridad, debe ser de un modo especial y determinado, concluyendo esa concesión con la personalidad moral á quien se hizo: que los Reyes de España obtuvieron de los Romanos Pontífices, por diversas bulas, el derecho de Patronato; pero qe, terminada la dominación de los Reyes de España en el Perú, ha terminado también aquella concesión en la que no ha podido suceder el Gobierno de la República. Resulta de esta contradicción de doctrinas que en cada caso en que el Gobierno del Perú ejerce el Patronato, la s Santa Sede lo desconoce y solo acepta, por buena voluntad,⠀⠀ aquello que le ha pedido el Gobierno del Perú, juzgando usar de su derecho. En consecuencia de esta irregularidad, viene otra parecida, á saber; la de que las disposiciones de Su Santidad, sea preconizando las dignidades episcopales, ó sea ordenando otras medidas eclesiásticas, necesitan para obtener ejecución entre nosotros el que se prescinda de la fórmula bajo la cual son expedidas esas disposiciones, á saber, propio motu ó pro auctoritate apostólica.

Llegar, pues, á un arreglo, que corte radicalmente estas di ficultades, sería un gran bien para ambas autoridades; pues si en el orden comun, y cuando hay un ánimo conciliatorio de ambos lados, la diferencia es recíproca y hace la vez del derecho que cada uno se entiende ejercer, cuando ese ánimo falte, ó cuando ocurren circunstancias imprevistas que complican los hechos, entonces se originan graves cuestiones de muy difícil resolución y que hacen peligrar la tranquilidad y la armonía de ambas autoridades.

No podía, pues, dejar de aprovechar de la autorización tan oportunamente otorgada al Gobierno por el anterior Congre. so, para renovar las negociaciones sobre este punto, en que espero obtendremos buen resultado. Su Eminencia, al tocar esta materia, ha recordado, con su larga práctica, todo cuanto se ha iniciado por parte del Perú y de otros Estados que se han encontrado en el mismo caso, y me ha ofrecido estudiar los antecedentes para que nos ocupemos, de una manera que pueda satisfacer las necesidades particulares de ese ramo. Yo, por mi parte, estudio igualmente el proyecto que sea más conveniente para llenar los vacíos mencionados. En todo caso estamos conformes con Su Eminencia en la oportunidad de tratar este asunto de tanto interés.

Ciertamente la materia es muy delicada para proceder de ligero, aun contando con la buena disposición que tiene Su

Santidad para que se arregle el uso del Patronato por parte del Gobierno de la República, con la misma extensión en que se ejercía por los Reyes de España en tiempo de la Monarquía. Si las estipulaciones no estuviesen conformes á todas las circunstancias que deben tenerse presentes, podría resultar para el Perú lo que para algunos otros Estados que han celebrado Concordatos, que al cabo de poco tiempo, ó no los han cumplido, ó han solicitado su reforma; de manera que la Santa Sede ha tenido ocasión, más bien de contrariedad, que de satisfacción, al haber acordado una concesión que no ha producido el efecto deseado, de asegurar la armonía y la regularidad de las relaciones de la Iglesia y del Estado (1).

Todos los datos que puedo encontrar sobre esta materia son oportunos; y, como he tenido el honor de decir á US., me es sensible que el archivo de esta Legación sea incompleto, no conteniendo sino lo que se refiere á la época en que estuvo el Señor Don Luis Mesones, ya como Encargado de Negocios, ya como Ministro Residente; pero nó lo que se refiere á épocas anteriores, y especialmente á la Misión del Señor Doctor Don Bartolomé Herrera, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario cerca de Su Santidad.

Aprovecho esta oportunidad para repetirme, de US., Señor Ministro, muy atento seguro servidor.

P. GALVEZ.

Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, 27 de Marzo de 1875.

He puesto en conocimiento de S.E. el Presidente de la República los dos importantes oficios de US. de 16 de Enero y 12 de Febrero último, marcados con los números 7 y 11, en los que dá cuenta del estado de las negociaciones, cerca de la Santa Sede, relativas al patronato nacional.

US. comprende cuán importante es que terminen, á la brevedad posible, esas negociaciones, pues no sería extraño que

(1) Véase el oficio inserto en las páginas 501 á 505.

acontecimientos imprevistos, ú otros que no pueden ocultarse á la penetración de US., viniesen á interrumpirlas, cuando, según sus indicaciones, hay probabilidades de arribar en la actualidad á un resultado favorable.

Aparte de la necesidad de que concluyan, pronto y favora. blemente, los arreglos, como lo desea S.E., me ha prevenido también que manifieste á US. la conveniencia de hacerlos constar en forma de Bula y no en un convenio bilateral, porque éste tendría que ser sometido á las Cámaras Legislativas; mientras que el Poder Ejecutivo está autorizado por la ley de 27 de Abril de 1873 para poner el pase á las bulas que se expi dan por Su Santidad sobre los objetos en ella indicados.

Aceptada aquella forma, y procurando que los términos de las bulas, en nada afecten nuestros derechos, ni se encuentren en oposición con nuestras leyes, podríamos dejar establecidas, inmediatamente, las relaciones del Estado y la Iglesia sin tener que aguardar la reunión de las Cámaras en 1876.

Espero que US., con la sagacidad y tino que lo caracteri zan, sabrá aprovechar todas las circunstancias favorables que se presenten para conseguir el objeto que nos proponemos y que pronto, como lo indica, podrá comunicar á este Despacho el resultado que hubiese obtenido.

Dios guarde á US.

A. V. DE LA TORRE.

Al Señor Doctor Don Pedro Gálvez, Ministro Plenipotenciario del Perú cerca de la Santa Sede.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, 4 de Mayo de 1875.

Junto con el estimable oficio de US., No 20, fechado en 1o de Abril, he recibido copia de la bula sobre patronato, y he pasado ese importante documento al Señor Ministro del Culto, á fin de que, por su Despacho, se le dé la sustentación correspondiente.

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