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Legación del Perú ante la Santa Sede.

Roma, Junio 13 de 1885.

Señor Ministro:

El día 11 del actual he sido honrado, por Su Santidad, con una audiencia especial, que duró tres cuartos de hora. La aproveché casi por completo, exponiendo al Santo Padre todo lo concerniente á las gestiones que tengo establecidas con motivo de las dificultades que han surgido en el Cabildo Metropolitano de Lima.

El Santo Padre, que posee, entre sus extraordinarias dotes, una memoria prodigiosa, aceptó la exactitud de mi relato y usando de la benevolencia que lo caracteriza, me dió la seguridad de que ya se había oficiado á Monseñor Cavicchoni, por la Secretaría de Estado, remitiéndole instrucciones para acelerar su viaje al Perú y ahora me añadía, que antes de una semana se le telegrafiaría en igual sentido.-"Podéis escribir al Presidente Iglesias, continuó, que mucho aprecio su persona, y deseo vivamente que termine un desacuerdo fácil de salvar, y mas hoy que habiendo terminado la lucha armada en el Perú vendrá el sosiego á los espíritus; pero que como mi poder es sólo moral, debo evitar que las pasiones ahoguen los consejos de la razón; que á eso mando un Delegado prudente y firme, al cual recomiendo á su consideración y estima. Sin los acontecimientos imprevistos del Ecuador y las recientes agitaciones internas del Perú, la demora en la marcha de Monseñor Cavicchioni no habría sido tan larga; decidle que tal ès la verdad y que dará disipada cualquiera preocupación que la acompañe."

Con el presente oficio cumplo ese grato encargo, bosquejando además los puntos culminantes de la satisfactoria audiencia que le dió orígen.

Nuestra conversación tomó después un curso más amplio acerca de la educación de las masas indígenas, la estabilidad y el porvenir de la República; puntos que el Santo Padre analizó con elevado criterio, concluyendo por implorar para el Perú la ayuda de la Divina Providencia.

Dios guarde á US.

AURELIO GARCÍA Y GARCÍA.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exte

riores.

Legación del Perú ante la Santa Sede.

Señor Ministro:

Roma, Julio 12 de 1885.

Su Eminencia el Señor Cardenal Jacobini, que posee datos muy minuciosos sobre las tendencias de nuestro Alto Clero y observa las rivalidades que dominan á algunas de sus figuras más conspícuas, me ha insinuado la idea de que entre, como parte, para solucionar el conflicto que trae olvidados á los ca. pitulares de la Arquidiócesis Peruana, el nombramiento del Ilustrísimo Señor Huerta, Obispo de Arequipa, de coadjutor del Ilustrísimo Señor Orueta.

Careciendo yo de instrucciones que me permitan asentir en el cambio indicado y no teniendo base para estimar si tal sustitución, merecería la adquiescencia suprema, tuve que expre sarlo así al Señor Secretario de Estado, agregándole la segu ridad, de que iba á elevar lo ocurrido al conocimiento de mi Gobierno, según me cumple el honor de hacerlo porla presente. Dios guarde á US.

S. M.
AURELIO GARCÍA Y GARCÍA.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exte

riores.

Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, 29 de Agosto de 1885.

Me es grato acusar recibo á US. de su oficio, número 40, fecha 12 de julio próximo pasado, relativo á la insinuación hecha á US. por Su Eminencia el Cardenal Jacobini, sobre el nombramiento del señor Huerta, Obispo de Arequipa, como coadjutor del Ilustrísimo Arzobispo de esta Arquidiócesis.

Dios guarde á US.

B. GARCÍA URRUTIA.

Sr. Don Aurelio García y García, Ministro Plenipotenciario del Perú cerca de la Santa Sede.

Las desavenencias entre el Gobierno y el Cabildo Metropolitano, á que se contrae la correspondencia diplomática que antecede, quedaron solucionadas con el siguiente decreto:

El Consejo de Ministros, Encargado del Poder Ejecutivo

Considerando:

Que es necesario eliminar todo motivo de perturbación en las buenas relaciones de la Iglesia y el Estado;

Que, por este medio, se afianzan más la conciliación y la concordia, que son las bases del orden y prosperidad de la Nación;

Decreta:

Art. 1o-Reconócense, por parte del Gobierno, como válidas y legítimas, todas las colaciones de beneficios eclesiásticos

dados por los Ordinarios de la República, á mérito de presentaciones hechas por los diferentes Gobiernos que ha habido en el país desde la ocupación extranjera hasta el establecimiento del actual orden de cosas.

Art. 2o-Cancélanse todas las presentaciones hechas, durante el mismo período, tanto para las Diocesis vacantes, cuanto para otros beneficios eclesiásticos, que, por cualquier causa, hayan quedado ineficaces.

Art. 3o-Deróganse todos los decretos ó resoluciones que se opongan al presente.

El Ministro de Estado en el Despacho de Justicia, Culto, Instrucción y Beneficencia, queda encargado del cumplimiento de este decreto, y de hacerlo publicar y circular.

Dado en el Palacio de Gobierno, en Lima, á los catorce días del mes de Diciembre de 1885.

ANTONIO ARENAS, Presidente del Consejo y Ministro de Relaciones Exteriores.

José Eusebio Sánchez, Ministro de Gobierno, Policía y Obras Públicas.

Manuel Tovar, Ministro de Justicia, Culto, Instrucción y Beneficencia.

Manuel Velarde, Ministro de Guerra y Marina.

Pedro Correa y Santiago, Ministro de Hacienda y Comercio.

El anterior decreto fué trascrito al Muy Reverendo Arzobispo Iltmo. Señor Dr. don Francisco Orueta, quien contestó en los siguientes términos:

Palacio Arzobispal.

Lima, Diciembre 15 de 1885.

Iltmo. Monseñor Dr. don Manuel Tovar, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia, Culto, Instrucción y Beneficencia.

He recibido el estimable oficio de US. I., fecha de ayer, en que me trascribe el decreto del mismo día, expedido por el Su

premo Consejo de Ministros, en el cual, fundándose éste en la necesidad de eliminar todo motivo de perturbación en las buenas relaciones de la Iglesia y del Estado, porque con ese medio se afianzan más la conciliación y la concordia, que son la base del orden y prosperidad de la Nación, reconoce el Gobierno, por su parte, como válidas y legítimas, todas las colaciones de beneficios eclesiásticos dados por los Ordinarios de la República, á mérito de las presentaciones hechas por los diferentes gobiernos que ha habido en el país, desde la ocupación extranjera hasta el establecimiento del actual orden de cosas; cancela todas las presentaciones hechas, durante el mismo período, tanto para las Diocesis vacantes, cuanto para otros beneficios eclesiásticos, que por cualquier causa hayan quedado ineficaces; y, finalmente, deroga todos los decretos y resoluciones que se opongan al presente.

La justificación y mesura con que el Supremo Consejo de Ministros ha terminado esta enojosa cuestión, sella mis labios para no recordar los sinsabores que ella me ha ocasionado; y el imperio con que la Administración pasada quisiera haberme impuesto, lo que la dignidad y las leyes de la Iglesia prohiben á un Prelado celoso de las prerrogativas de esta, sin que por ello en todo tiempo haya dejado de dar pruebas inequívocas de respeto á las autoridades legalmente constituidas; y, por lo mismo, bendigo á la Soberanía Divina por haber inspirado, al Supremo Consejo de Ministros, el digno medio de conjurar la perturbación momentánea de aquella crisis en esta Arquidiócesis; asegurándole, al mismo tiempo, que, por mi parte, no encontrará sino facilidades para estrechar cada día más y más las relaciones que deben existir entre la Iglesia y el Estado para el sostenimiento del orden.

Dios guarde á US.

FRANCISCO.
Arzobispo de Lima.

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