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Legación del Perú ante la Santa Sede.

Roma, Setiembre 19 de 1885.

Señor Ministro:

He tenido el honor de recibir el oficio de ese Despacho, techa 18 de julio último, y expedido por correo de Lima del 1° de agosto siguiente, según marca en el sobrescrito de la oficina postal de aquella ciudad, por el cual me comunica US., que con fecha 15 del mismo julio, y en atención á la reiterada renuncia que he hecho de la representación oficial ante la Santa Sede; S. 2. el Presidente de la República ha tenido á bien aceptarla.

Con la referida comunicación no ha venido la carta de retiro, circunstancia que me obliga á despedirme temporalmente del Excmo. señor Secretario de Estado, desde que me hallo imposibilitado para hacerlo de un modo oficial y definitivo de Su Santidad, á quien debo tantas pruebas de distinción y aprecio.

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Señor Baltasar García Urrutia, Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

EL REPRESENTANTE DEL PERÚ DA CUENTA DE LA REUNIÓN DE UN CONSISTORIO PÚBLICO.

El siguiente oficio, se trascribió al Ministerio de Justicia y Culto.

Legación del Ferú ante la Santa Sede.

Señor Ministro:

Roma, Agosto 9 de 1885.

Con la pompa eclesiástica acostumbrada, y á presencia de todo el Cuerpo Diplomático, acreditado ante la Santa Sede, que ocupaba tribunas de preferencia, tuvo lugar el 30 de julio último, en el Palacio Vaticano, un Consistorio público. En él, Su Santidad León XIII, rodeado de los altos dignatarios de la Corte Pontificia, colocó la Birreta encarnada sobre la cabeza de cada uno de los seis nuevos Cardenales, creados en el Consistorio secreto de 27 del mismo, y que son, según orden de precedencia, Monseñor Pablo Melchers, ex-Arzobispo de Colonia; Monseñor Alfonso Capecelatro, Arzobispo de Capua; Monseñor Francisco Battaglini, Arzobispo de Boloni, Monseñor Patricio Morán, Arzobispo de Sidney, (Australi;. Monseñor Plácido Schiaffino, Secretario de la CongregaciónoObispos; y un Cardenal Diácono, en la persona de Monsta, Cárlos Cristófori, Auditor de la Cámara Apostólica.

El Santo Padre ha preconizado seis nuevos Arzobispos Obispos para sillas residenciales, y un Obispo in partibus; y anunció, además, los nombres de otras once sillas residenciales que habían sido provistas por Breve.

En la corta y enérgica alocución pronunciada por Su Santidad León XIII, en el Consistorio de que dejo hecho mención, se quejó de las dificultades con que la Iglesia tropieza en Italia, lamentando especialmente la prohibición para llevar en público los Sacramentos al lecho de los moribundos. Esto, dijo, ataca la legítima libertad de la Iglesia, á la vez que da aliento á la impiedad y licencia.

Francia, prosiguió, le causa grandes ansiedades nacidas de los muchos y sérios obstáculos que el curso agitado de sus asuntos públicos, crea para la Iglesia. Lo mismo puede decir se de Alemania, donde, á pesar de que nada desea tanto como establecer armonía durable entre los intereses religiosos y civi les, se necesitan aún grandes esfuerzos para sobreponerse á las

oposiciones existentes. Por estas razones, aconseja la concordia en la Iglesia como más que nunca indispensable. Impresionado con la grandeza é importancia de sus deberes, concluyó el Santo Padre afirmando que seguirá vigilante, defendiendo todos los derechos de la Iglesia y de la Santa Sede.

Me es honroso elevar al conocimiento de ese Ministerio, los hechos que van narrados en el presente oficio.

Dios guarde á US.

AURELIO GARCIA Y GARCÍA.

Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

PROYECTO SOBRE SUPRESIÓN DE PRIMICIAS.

Delegación Apostólica en el Perú.

Excmo. Señor:

El infrascrito, Delegado Apostólico y Enviado Extraordinario de Su Santidad León XIII, impuesto de la solicitud presentada á la Cámara de Diputados, para que se ponga á la orden del día el proyecto de supresión de primicias, no puede menos de manifetar á V.E. la sorpresa y el desagrado que le ha causado semejante proposición. A nadie se oculta que las primicias son objeto exclusivo de la legislación eclesiástica, y que por consiguiente la Iglesia no podría considerarlas como suprimidas, por una ley dada solamente por la autoridad civil. Y tanto más penosa es la impresión que se recibe de este proyecto, en cuanto se propone al mismo tiempo la reducción de los derechos eclesiásticos, sin sustituir algo para la subsistencia de los Ministros del Santuario, de manera que no se vé con qué recursos ellos pudieran contar para vivir en el caso que pasasen á estado de ley tales proyectos.

Está muy lejos el infrascrito de aprobar, en la menor parte, los abusos, si hay, en el cobro de los derechos parroquiales ó de las primicias; pero en tal caso las autoridades ordinarias eclesiásticas son las llamadas á reprimirlos con toda severi

dad. Y nadie, cree, querrá sostener que algunos abusos sean razón suficiente para suprimir una institución, pues con este principio no habría institución humana que quedara en pié largo tiempo.

Hay también un tercer proyecto que señala el 25 por ciento de la renta de los conventos para el pago de los haberes del Arzobispo y Obispos de la República, cambiando así el destino de tal renta.

Como éste y el proyecto de supresión de primicias, tocan evidentemente las disposiciones y leyes generales de la Iglesia, el infrascrito, deseando que continúe la mejor armonía entre los dos poderes, eclesiástico y civil, sin detenerse á examinar las tristes consecuencias que pudieran salir de la aprobación de dichos proyectos ó proposiciones, se permite presentar estas pequeñas indicaciones, con la esperanza, que V.E. en la medida que su alto cargo le consiente, y los ilustrados varones que componen el Congreso Nacional, inspirándose en sus bien conocidos sentimientos de justicia y moderación, no omitirán esfuerzo alguno para mantener siempre más cordiales las relaciones entre la Iglesia y el Estado.

Con esta esperanza, el infrascrito tiene la satisfacción de renovar á V.E. las seguridades de su más distinguida estima y consideración.

Lima, Agosto 25 de 1887.

BENJAMÍN,

Arzopîspo de Amida, Delegado Apostólico

Excmo. Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relacio

nes Exteriores.

Delegación Apostólica en el Perú.

Señor:

El 23 del próximo pasado Agosto, tuve la honra de dirigir á ese Despacho una comunicación referente al proyecto de ley de supresión de primicias; proyecto que acababa de presentarse en la Cámara de Diputados. Dicha nota no fué contestada, ni, según se me asegura, puesto en conocimiento de la Comisión examinadora del proyecto, el cual se dice que pronto volverá á discutirse.

Sobre modo doloroso sería para mí ver pisoteadas las leyes de la Iglesia, especialmente por un Congreso Católico, y en el momento en que se trata de rebajar los derechos parroquiales; de suerte que se propone despojar á los curas casi de todo recurso, ofreciendo así un pretexto á los inconvenientes ó abusos que se desea desterrar.

Me es grato manifestar, una vez más, no solo la esperanza, sino también la certeza, que tal proyecto será rechazado por los ilustrados y católicos varones del Congreso Nacional; sinembargo es de mi deber significar á V.E. que la Iglesia no pudiera considerar como valida y justa una ley sobre primicias, dada por el solo poder civil, que con eso saldría fuera de sus atribuciones.

Sé que hay quien piensa que, en fuerza del patronato, la autoridad civil puede legislar en materias eclesiásticas; pero es excusado confutar tal error, contrario, en todo, al verdadero concepto del patronato, y que sería la completa destrucción de la Iglesia.

En fin, me permito observar que los abusos, si hay, no son efecto de la ley, más defectos de los hombres; y que tales defectos se corregirán mucho más fácilmente con la intervención de los Reverendísimos Señores Ordinarios, coadyuvada, si el caso lo exige, por la autoridad civil.

Confiando que V.E. no omitirá esfuerzo para impedir se lleve á cabo este proyecto, le doy las gracias más expresivas, y aprovecho la oportunidad para significarle los sentimientos de mi más distinguida consideración.

Lima, Octubre 13 de 1887.

BENJAMÍN,
Arzobispo de Amida

Excmo. Señor Don Domingo de Vivero, Ministro de Relaciones Exteriores.

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