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Y no puede interpretarse de otro modo la intención del Gobierno, desde que no es posible suponer que éste deseara contrariar los sentimientos religiosos del país, ni tampoco herir la susceptibilidad de un representante diplomático, tan altamente colocado como V. E., y por quien tiene motivos de especialísima consideración. El hecho de la asistencia de los representantes del Gobierno á las fiestas que celebran periódicamente las diversas colonias extranjeras de Lima, no significa, en resumen, otra cosa que una relación de simpatía con ellas mismas, sin que esto alcance á las ideas que pueden desprenderse de la conmemoración de esas fiestas.

Al expresarme así, en nombre de mi Gobierno, me complazco en esperar que V. E. no solo en vista de la rectificación del dato en que ha fundado, sin duda, preferentemente las observaciones hechas á esta Cancillería y de la declaración de que ha dejado constancia en seguida, quedará persuadido de que mi Gobierno no ha faltado á las reservas de que V. E. habla en su nota, de la que me ha sido sensible enterarme, tanto por el concepto en ella contenido, cuanto porque esta Cancillería lamenta, muy de veras, cualquiera divergencia de sentir con la digna mi

sión de V. E.

Aprovecho de esta oportunidad para reiterar á V. E. las seguridades de mi alta y distinguida consideración.

M. F. PORRAS.

Al Excmo. Monseñor José Macchi, Delegado Apostólico y Enviado Extraordinario de Su Santidad.

Delegación Apostólica.

Señor Ministro:

Lima, 28 de Setiembrede 1895.

Sin ánimo de prolongar indebidamente la discusión, sobre el punto á que se refiere mi oficio del 23 del que rige, y el muy respetable de V. E. del 25, véome precisado á dirigir á V. E. la presente réplica.

La noticia de la visita oficial de V. E. y del edecán de Go. bierno á la Legación Italiana, fué dada editorialmente al público por el más importante ógano de publicidad que posee es ta capital, y al no verla desmentida, tuve que creerla. Ahora

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que la autorizada palabra de V. E. me asegura que tal he cho no se ha realizado, acepto y agradezco, muy de veras, la rectificación.

V. E., en seguida, afirma que la participación del Gobierno en las fiestas italianas se ha verificado siguiendo una costumbre establecida, y en prueba de deferencia, á una colonia numerosa y respetable.

Permítame V. E. que le haga notar que, por cuanto consta á esta Delegación, una sola vez, el Presidente señor General Cáceres, y otra, su sucesor, el señor General Morales Bermudez, asistieron, acompañados de algun Ministro, al paseo de la Exposición; y á pesar de que la fiesta no revistiese, entonces, la solemnidad de este año, sin embargo, mi antecesor Monseñor Carvicchioni y yo creímos de nuestro deber expresar verbalmente nuestras protestas.

Por esos dos hechos, no parece haberse establecido una verdadera costumbre.

Agrega V. E. que el Supremo Gobierno, al asociarse á las fiestas que nos ocupan, no ha deseado contrariar los sentimientos religiosos del país, ni tampoco herir là susceptibilidad de esta Delegación.

Estoy muy lejos de poner en duda cuanto se contiene en las anteriores declaraciones, dándome, además, por muy agrade. cido de los conceptos con que V. E. me favorece.

Empero, ruego á V. E. quiera dar atención á los motivos que obran en mi ánimo para la presente insistencia. Es un hecho, que por delicadas y rectas que sean las intenciones del Supremo Gobierno al concurrir á la conmemoración del 20 de Setiembre, el pueblo católico y la misma colonia dan á su asistencia un alcance diverso del que quiere atribuirle el mismo Gobierno. Prueba de ello son las protestas de los primeros y el editorial de "La Voce d' Italia", reproducido en el número 19,960 de "El Comercio", en que se afirma que "Los Estados y las Naciones de todo el Mundo, al asociarse cada día más (lo cual es de todo punto inexacto) á sus alegrías en la indicada fecha, no solo aceptan los hechos consumados, sino que reconocen su legitimidad y reverencian su derecho."

Y aun sin esto, toda vez que, de hecho, una potencia se da por aludida y ofendida con las fiestas de alguna colonia, máxi me cuando los mismos órganos de esta consignan, de antema no, ese concepto ofensivo para aquella, creo que el Supremo Gobierno, no ligado por ningún precepto de etiqueta internacional, no puede dispensarse de una conducta absolutamente reservada, cualquiera que sea la importancia y la respetabili. dad de la colonia.

Considero, señor Ministro, este principio de una importancia capital, y estoy convencido de que abundan en él los Representantes de cualquiera Nación, y de que, en igualdad de cirennstancias la invocarán los de Italia y del Perú.

Ahora bien, para que el día 20 de Setiembre sea estimado por los Gobiernos amigos como una fecha luctuosa para el Pontificado y la misma Iglesia, debería bastar, á no dudarlo, la palabra del Papa y de sus Representantes.

Podría convenir con V. E en que, por lo general, la asistencia de los Representantes del Gobierno á las fiestas que celebran periódicamente las colonias extranjeras residentes en Lima, no significa otra cosa que una relación de simpatía con ellas, sin que esto alcance á las ideas que pueden desprenderse de las conmemoraciones de esas fechas; pero hay que observar que si, por fortuna, todas las demás colonias, aquí existentes, hacen coincidir su fiesta con la de etiqueta internacional, que, por su puesto, no lastima, ni puede lastimar, las susceptibilidades de ningún otro representante diplomático por solemnizarse fechas y acontecimientos que el olvido, ó algún tratado de paz, han sancionado, la colonia italiana, haciendo caso omiso del natalicio del Rey y de la fiesta nacional del Estatuto, quiso escoger una fecha que, si recuerda para unos el pretendido cumplimiento de la unidad italiana, recuerda también, por correlación lógica é imprescindible, el destronamiento del Papa y el principio de su presente cautiverio.

Al dejar constancia de estas declaraciones, doy por concluído el incidente, renovando á V. E. las seguridades de que esta Delegación queda, como antes, decidida á cultivar con esa Cancillería las más cordiales relaciones, al mismo tiempo que reitera á V. E. los sentimientos de distinguida consideración.

JOSÉ MACCHI.

Delegado Apostólico y Enviado Extraordinario.

de Su Santidad.

Al Excmo. Señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú

MATRIMONIO DE LOS NO CATÓLICOS

Delegación Apostólica.

N° 8729.

Señor Ministro:

Lima, 15 de Octubre de 1896.

Al tener hoy el honor de dirigirme á V. E. con el fin de llamar la atención del Supremo Gobierno sobre el proyecto de ley aprobado por la H. Cámara de Diputados, en su sesión del martes 13, con relación al matrimonio de los no católicos, no es mi ánimo fiscalizar, de ninguna manera, la alta labor de dicha Asamblea, hacia la cual profeso el debido respeto, sino ha. cer algún reparo en guarda de los intereses religiosos que están confiados á mi representación y que considero seriamente amenazados.

Podría quizás, absolutamente hablando, prescindir del fondo del proyecto en todo lo que se refiere á la reglamentación que se quiere dar al matrimonio de no católicos entre si. Sin embargo, no dejaré de observar que el aludido proyecto, sin ceñirse á las exigencias de los interesados, cuya pretensión consistía tan sólo en que se inscribieran en el registro civil sus mismos matrimonios, esto es, los contraídos según su rito ó ley, ha querido introducir para ellos, tal vez como primer paso para una legislación más general, una forma nueva en el Perú, la civil, sin reflexionar quizás que también para los Protestantes y los mismos Judíos el matrimonio fué siempre, y es todavía, un acto eminentemente religioso; de suerte que su gran mayoría podrá sufrir el contrato civil como una imposición ó una formalidad más; pero no estimarlo como una práctica conforme á sus creencias y aspiraciones.

Es tan hermoso, consolador y provechoso para el bien de la sociedad el ideal de un hogar que surge bajo los auspicios de ia Religión, cualquiera que ella sea, que toda tentativa de suprimir o debilitar esa institución debería ser vivamente deplo rada, pues tendría por efecto necesario autorizar, en cuanto depende del legislador, la fundación de hogares meramente pa

ganos; los que, inaugurándose sin la bendición de Dios, fácil y lógicamente desterrarán de su seno aún los demás sacramentos que sirven para la regeneración y cultivo espiritual de la prole. ¡Pluguiera á Dios que los países en que impera el pseudo-matrimonio civil, no tuviesen que lamentar ya tamaño desorden! No son de menor alcance las consecuencias disociadoras de la familia que ocasiona ahí ese dualismo entre el matrimonio civil y el religioso; los que fundados sobre legislaciones diferentes y antagónicas dan lugar diariamente á mil conflictos é inconvenientes; sobre todo, cuando, según acontece con frecuencia, se pretende desvincularse de uno de ellos para pasar al otro, cambiando, por supuesto, de consorte, so pretexto de que el Estado no reconoce como legítimo el matrimonio de la Iglesia, ni la Iglesia el del Estado.

Además, no obligando ese proyecto á los contrayentes á declarar ante el Alcalde si son ó no católicos, abre ancha puerta al abuso y escándalo, pudiendo aprovechar, del arbitrio ofrecido á los no católicos, aún los católicos poco escrupulo

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Pero mi objeto principal, al escribir la presente, es lamen. tar, como lamento muy de veras, el que, en el proyecto, muchas veces citado, se ha pretendido incluir también los matrimonios mixtos. No se trata ya, pues, de legislar acerca del matrimonio de los no católicos, sino acerca del matrimonio de los mismos católicos, sin que para ello concurriese necesidad 6 excusa ninguna; pues, no puede negarse que esta materia es de exclusiva competencia de la Iglesia. Ni se diga que se ha contemplado el solo caso en que la Santa Sede niega la dispensa de disparidad de cultos; pues esta misma cláusula entraña una especie de coacción y amenaza para la misma Iglesia [intentando obligarla á permitir siempre y á todo trance esos matrimonios] á la vez que alienta la rebelión de la parte católica, allanándole el camino para eludir la negativa y, por fin, apostatar.

I, en efecto, no podría el cónyuge católico, en este caso, optar por el matrimonio civil sin 1omper, tarde ó temprano, definitivamente con su religión.

Es notoria la maternal condescendencia con que la Iglesia, habiendo causales, tolera los matrimonios mixtos; la que, si alguna vez niega el permiso, no es por móviles humanos, sino por motivos de mucha trascendencia, que, directa ó indirectamente, se rozan con la salud espiritual y eterna del esposo católico y de la prole. I si, en tales circunstancias, la ley viene en ayuda de su obstinación, dígase lo que se quiera, es claro que precipita al infeliz en un estado bajo todo aspecto anormalísimo ante la Iglesia y la misma sociedad.

Esto supuesto, señor Ministro, me ha parecido indispensable prevenir á V. E. que la Silla Apostólica considera el proyec

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