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Ministerio de Relaciones Exteriores.

Lima, 3 de Mayo de 1899.

Monseñor:

He tenido la honra de recibir la estimable comunicación que V. E. se ha servido dirigirme con fecha 25 del mes próximo pasado, para participarme la creación que el Gobierno de Bolivia ha pedido á la Santa Sede de un Vicariato Apostólico, cuyos límites me consigna V. E., y sobre lo que me inquiere, si, tocando nuestras fronteras, puede considerárseles como litigiosos.

Estudiando el asunto, con la debida atención, cúmpleme expresar á V. E. que mi Gobierno tiene una ligear observación que hacer al respecto; pues, aunque, de un modo general, los territorios asignados al Vicariato no sean litigiosos, hay que tener en cuenta que el río Buturu, fijado entre ellos, es un río inexplorado en la mayor parte de su curso, no sabiéndose hasta hoy con fijeza, si su origen se encuentra en territorio boliviano ó peruano. En este último extremo, la demarcación proyectada, lastimaría los derechos territoriales de este país, para evitar lo cual, sería de desear que la Santa Sede, al mencionar dicho río Buturu en la Bula de erección, agregase la frase: "desde la frontera con el Perú," con lo que nada sufriría el derecho boliviano y quedaría resguardado el nuestro.

Mi Gobierno agradecería, que se aprobase en esa forma la organización del Vicariato y estima en mucho el que V. E. y la Santa Sede hayan tenido á bien consultar á esta Cancillería sobre el asunto.

Aprovecho gustoso esta oportunidad, para enviarle, Monseñor, las seguridades de mi distinguida consideración.

M. F. PORRAS.

Al Excmo. Monseñor Pedro Gasparri, Delegado Apostólico y Enviado Extraordinario de Su Santidad.

CREACIÓN DE LA DIGNIDAD DE DEAN EN LA IGLESIA CATEDRAL DE CHACHAPOYAS

El Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:

1

El Congreso de la República Peruana.

Considerando:

Que es necesario proveer de un Deán á la Catedral de Chachapoyas, á fin de que, con las dos canongías de dicha Iglesia, forme Capítulo;

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Que esta necesidad debe ser satisfecha con tanta mayor razón, cuanto que en todas las iglesias catedrales de la República, existe la predicha Dignidad;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1.°-Autorízase al Poder Ejecutivo para que ob tenga de la Santa Sede la creación de la dignidad de Dean, en la iglesia catedral de Chachapoyas.

Art. 2.-Asígnase, como renta de esta Dignidad, la suma de mil quinientos soles anuales, que se consignarán, desde luego, en el presupuesto departamental de Loreto.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para que disponga lo necesario á su cumplimiento.

Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, á 17 de octubre de 1892.

M. CANDAMO, Presidente del Senado.

ALEJANDRO ARENAS, Presidente de la Cámara de Dipu

tades.

J. A. Pinzas, Senador secretario.

Aurelio Sousa, Diputado secretario.

Al Exemo. Señor Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, á los 22 días de mes de octubre de 1892.

ISMAEL PUIRREDON.

REMIGIO MORALES BERmúdez.

La Santa Sede, á petición del Gobierno, mandó erigir el Deanato y Capítulo de canónigos en la catedral de Chachapoyas, y se remitió el documento pontificio al Congreso, para los efectos de ley.

Excmo. Señor:

Lima, Setiembre 14 de 1894.

El Congreso ha prestado su asentimiento para que V. E. conceda el pase al decreto consistorial expedido en Roma el 19 de junio del presente año (1), en que S. S. León XIII manda erigir el Deanato y Capítulo de Canónigos en la Catedral de Chachapoyas.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y fines consiguientes.

Dios guarde á V. E.

CÉSAR CANEVARO, Presidente del Senado.

MANUEL MARÍA DEL VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

J. M. Pinzás, Senador secretario.

J. N. Eléspuru, Diputado secretario.

Excmo. Señor Presidente de la República.

Lima, 29 de Setiembre de 1894.

Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.

Rúbrica de S. E.

CAVERO.

[1]-No fu en el año de la resolución, sino en el de 1893.

En este estado, y antes de haberse puesto el pase, por ley de 20 de diciembre de 1895 se declararon nulas, y sin efecto alguno, todas las leyes y resoluciones de caracter interno dictadas por el Congreso de 1894, que, como la que antecede, no habían producido aún todos sus efectos.

COMMEMORACIÓN DEL 20 de setiemBRE

Delegación Apostólica

N. 22

Lima, 21 de setiembre de 1899

Excelentísimo señor:

Los diarios de la capital han anunciado que S. E. el Presidente de la República, con algunos señores Ministros, tuvo á bien asistir anoche, oficialmente, á la representación de gala, en el teatro principal, con que terminaron las fiestas organizadas por la Colonia italiana, residente en Lima, en conmemoración del 20 de Setiembre, fecha de muy triste recuerdo para la Santa Sede y para los católicos.

No ignoro que la representación era á beneficio del hospital Vittorio Emanuele; pero esta circunstancia no excluye de ninguna manera su caracter principal de ser una fiesta en conmemoración de la fecha indicada. Dejando completamente á salvo la intención de S. E. el Presidente de la República y de sus Ministros, es evidente que la asistencia oficial, no exigida por ninguna regla de etiqueta, tiene, por su propia naturaleza, el valor de una tácita adhesión al hecho conmemorado por la Colonia italiana, contra el cual el Santo Padre, y todo el mun do católico, no han cesado de protestar.

Ciertamente que el Supremo Gobierno del Perú, en su cortesía tradicional y bien conocida, no estimaría conveniente tomar participación en las fiestas que alguna colonia extranjera se propusiera celebrar, hiriendo los sentimientos de una nación amiga y de su Representante en el Perú. Me parece, excelentísimo señor, que no hay razón para hacer una excepción con el Santo Padre y su Representante, quienes hasta ahora no han dado al Perú sino pruebas inequívocas de afecto, tanto más, cuanto que, al mismo tiempo, se ofende los sentimientos cató. licos de la Nación peruana. Ni vale decir que, en años anteriores, S, E. el Presidente de la República concurrió á la referida

fiesta; porque esa concurrencia no pasó sin la observacion respetuosa de la Delegación Apostólica, y porque, además, la repetición del acto agrava sus efectos.

Al partícipar al Padre Santo todo lo ocurrido, en cumplimiento de mi deber, sería muy grato para esta Delegación poder atenuar la aflicción de su corazón paternal, dándole la seguridad de que no se repetirá un acto semejante, durante el Gobierno de S. E. el Presidente, que acaba de dar una prueba pública de sus sentimientos católicos en su reciente cablegrama á Su Santidad. Confio en que la prudencia y alto espíritu de justicia del Supremo Gobierno encontrará la manera más conveniente de evitar en lo porvenir el doloroso incidente que ha motivado el presente oficio.

Aprovecho esta ocasión para reiterar á V. E. las seguridades de mi más alta y distinguida consideración.

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He tenido la honra de recibir la respetable nota de V. E., de fecha 21 del presente mes, en que, refiriéndose á la presencia del Jefe del Estado y de sus Ministros, en la función teatral celebrada el día anterior, en beneficio del hospital italiano de esta capital, se sirve expresar que estima la asistencia aludida como oficial, y con el alcance de una tácita adhesión al hecho conmemorado por aquella Colonia, contra el cual no han cesado de protestar el Santo Padre y todo el mundo católico.

Agrega V. E. que el Gobierno del Perú, en su cortesía tradicional y bien conocida, no tomaría participación en las fiestas que alguna colonia extranjera se propusiera celebrar, hiriendo los sentimientos de una nación amiga y de su represen. tante, quienes no han dado al Perú sino pruebas inequívocas de afecto, tanto más, cuanto que, al mismo tiempo, se ofenden los sentimientos católicos de la Nación peruana.

Insinúa, asimismo, V. E., que la concurrencia del Excmo. señor Presidente de la Repúblicsa á ea fiesta no pasó sin obser

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