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"Todo el batallon de infantería con sus banderas estuvo puesto en dos filas desde la iglesia hasta la casa de palacio, e hizo los honores acostumbrados, quedando una compañía completa de guardia hasta las doce de la noche, que estuvo puesto al público, i lleno de jente el patio por últíma satisfaccion de verlo i alabar el primor de un retrato en que veneró a su señor i rei tan amado i aclamado, que no cesan los sentimientos del júbilo, reverencia, lealtad i sumision.

"Bien se ha manifestado por último en las tres noches seguidas en que hubo jeneral iluminacion en toda la ciudad, correspondiendo los conventos con una hora de repiques, todos inflamados i entusiasmados en el amor con que han querido i quieren distinguirse por los mas fieles i Ïeales vasallos del mejor i mas amable rei de todos los monarcas del mundo" (1).

(1) Testimonio estendido en la Serena el 22 de julio de 1809, por el escribano real i de cabildo Ignacio de Silva Bórques, i el de real hacienda Pedro Nolasco de las Péñas.

CAPITULO IV.

EL GOBIERNO POLITICO DE LA COLONIA.

Vijilancia mutua que las autoridades coloniales debian ejercer unas sobre otras, e incomunicacion en que debian mantenerse con los subordinados. Arbitrio practicado por los oidores para burlar la prohibicion de negociar, i providencias del rei para hacer cumplir las leyes relativas a la materia.-El casamiento de la hija del oidor Solórzano con don Pedro de Lisperguer.-Otro caso ruidoso acaecido en Chile a consecuencia de la prohibicion impuesta a los altos funcionarios coloniales de contraer matrimonio en el distrito de su jurisdiccion.—Disolucion de costumbres a que por esta causa solian entregarse.

I.

Hemos visto que el estraordinario sentimiento de profunda veneracion a la majestad real, propio de la nacion española, se habia acrecentado a consecuencia del maravilloso suceso del descubrimiento de América, i se habia consolidado mui particularmente en los habitantes de este nuevo mundo.

Los monarcas peninsulares i los estadistas que los dirijian, o aconsejaban, supieron con rara habilidad, aprovechándose de las lecciones que les iba suministrando el curso de los negocios, orgaganizar los establecimientos ultramarinos de tal suerte que todo en ellos contribuyese a fortificar la

creencia relijiosa en el poder divino del rei, i a alejar hasta la sombra de una oposicion.

El prestijio inmenso de Colon, de Vasco Núñez de Balboa, de Hernan Cortes, de los Pizarros, de los otros ilustres descubridores i conquistadores habia en el primer tiempo causado al gobierno español inquietudes i desconfianzas.

Dedicó, pues, un particular esmero a impedir que volvieran a figurar en el teatro de América hombres de tan temible influencia.

Nada mas bien concebido para este objeto que el réjimen colonial tal como quedó arreglado al fin de algunos años, i tal como fué perfeccionándose sucesivamente.

Tomando en consideracion los accidentes jeográficos o las exijencias de la poblacion, se dividió la América en vastos territorios cuya direccion superior se encomendó a un alto funcionario que en unas partes se denominaba virrei, i en otras, presidente-gobernador, segun el grado de supremacía i de autoridad que le habia sido concedido.

Este funcionario era casi siempre un peninsular, mui rara vez un americano, pero casi nunca un natural del reino o provincia que se le encargaba de gobernar.

Segun la observacion de uno de los historiadores nacionales contemporáneos de la independencia, entre los ciento sesenta virreyes que hubo en América, solo cuatro fueron americanos; i entre mas de seiscientos presidentes, solo catorce (1).

Entre los gobernadores de Chile, desde don Pedro de Valdivia hasta don Francisco García Carrasco, solo se encuentra el nombre de un chileno,

(1) Guzman, El Chileno Instruido en la Historia Topográfica, Civil i Política de su país, leccion 69.

que gobernó el país, por ministerio de la lei, interinamente, i por mui pocos meses.

Los virreyes i los presidentes eran mantenidos en sus funciones por un mui corto número de años.

La autoridad de que estaban investidos se hallaba léjos de ser absoluta i omnipotente.

Muchos importantes ramos de la administracion habian sido encomendados a tribunales o corporaciones con cuyo acuerdo los virreyes i presidentes-gobernadores tenian que proceder, o que en ciertos asuntos obraban con entera independencia.

Estas corporaciones, que podian comunicarse directamente con el gobierno peninsular, debian ejercer la mas constante i solícita vijilancia sobre la conducta del virrei o presidente-gobernador, e informar acerca de ella.

Las principales de estas autoridades eran la audiencia, el tribunal de cuentas, los oficiales reales, el cabildo.

El tribunal de cuentas i los oficiales reales desempeñaban cargos mui importantes, pero especialísimos. Los oficiales reales administraban la hacienda del soberano; cobraban los impuestos, hacian los pagos i remitian el sobrante a España. El tribunal de cuentas las tomaba a todos los que manejaban caudales públicos.

La audiencia representaba al monarca i a la lei; hacía justicia; i era para todo, el consejo consultivo del virrei o presidente-gobernador.

El cabildo, representante del respectivo pueblo o vecindario, atendia a los intereses locales de la ciudad donde existia.

Todos los individuos de estas corporaciones eran nombrados por el gobierno peninsular.

En los primeros tiempos, los rejidores de los

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