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cándole no podia permitir que el alférez real ocupase aquel asiento, sin embargo de la posesion de mas de ciento veinte años, patrocinada de una lei de las recopiladas de Indias, para cuya resolucion tenia los sólidos fundamentos de decisiones apostólicas, reales decretos i concordato, que ofrecia hacerlas presentes; i que en caso de que no se allanasen, tomaria el medio de celebrar de pontifical, i colocar el asiento del alférez real en el mismo presbiterio, pero al lado de la epístola, frente de su dosel, segun se practicaba en la iglesia metropolitana de Lima."

La lei de Indias a que aludia el señor Maran, era la 56, título 15, libro 3 de la Recopilacion, por la cual se ordenaba que "en cuanto al lugar que el alférez real habia de tener en la iglesia, se guardase la costumbre."

Los miembros del cabildo, para quienes el pendon real era poco ménos sacrosanto que cualquiera de las insignias de la relijion, o quién sabe aun si tan sacrosanto como ellas mismas, rechazaron con indignacion la propuesta del prelado.

El señor Maran, no obstante, se lisonjeó con que el término medio que habia indicado podria salvarlo todo, i mantener la concordia entre las autoridades, mientras el soberano resolvia en tan delicada materia.

Manifestó, pues, que estaba dispuesto a pontificar en la fiesta, mandando que el asiento del alféreż real se colocara en el presbiterio, pero al lado de la epístola, i frente a su dosel.

Los miembros del cabildo supieron con sumo disgusto todos aquellos insólitos preparativos, que reputaban desdorosos a la autoridad real.

El 7 de diciembre, hicieron en la forma de costumbre el paseo del estandarte por la plaza i calles.

El obispo, con el cabildo eclesiástico i el clero, estaban, mientras tanto, aguardando en la catedral la llegada del estandarte i del acompañamiento para cantar las vísperas; pero en vez de lo que esperaban, vieron llegar con la sorpresa que puede concebirse a varios subalternos que por órden del cabildo vinieron a sacar la cera que la corporacion habia costeado para alumbrar la iglesia, i a Hamar al predicador, porque se habia determinado hacer la funcion en el convento de San Francisco.

El obispo, segun lo espuso mas tarde, "no impidió aquello, usando de su autoridad, por ocurrir por todos medios a la paz;" pero dirijió sus quejas al presidente, quien las sometió a la consideracion de la audiencia.

Aquella alta corporacion decidió en favor del cabildo (1).

Este i los otros incidentes que voi narrando manifiestan cuán profunda i rendida era la veneracion que se tributaba al monarca i a todo lo que le atañia.

No sé si con el objeto de desmentir todavía mas el denuncio del obispo Romero; o bien por un acreeentamiento natural de la devocion al rei, lo cierto fué que desde los primeros años del siglo XVIII se introdujo en el paseo del real estandarte en Santiago una novedad que no se practicaba en otras de las ciudades principales de la América Española; tal fué la de asistir, no solo los altos funcionarios. públicos, sino tambien todos los vecinos i encomenderos, los cuales al efecto eran convocados por bando i bajo pena de multa.

Esta asistencia llegó a ser el motivo de un lujo

(1) Real Cédula espedida en Aranjuez a 27 de abril de 1785.

desenfrenado, que imponia a los jefes de algunas familias un gasto excesivo, a que sus recursos pecuniarios no les permitian sufragar.

Los magnates de Santiago lucian en aquella fiesta trajes i arreos magníficos.

Se presentaban seguidos de lacayos espléndidamente vestidos.

La ostentacion se cifraba, sobre todo, en los ca-. ballos de movimiento, como entónces se llamaban, o de brazos, como ahora se llaman, los cuales eran criados i mantenidos ex profeso a gran costo para solo aquella funcion.

"Para este objeto, segun el naturalista Gay, sostenian con gran cuidado algunos magníficos reproductores, procurando conservar sus crias en toda su pureza, i negándose a propagarlas entre sus amigos" (1).

Aquella fiesta imponia, pues, a los concurrentes un gasto exorbitante.

Esto principió a ser causa de que algunos vecinos para quienes el desembolso era mui pesado buscaran arbitrios de no asistir, bien fuera finjiéndose enfermos, bien fuera ausentándose con tiempo de Santiago.

Para evitar, tanto este abuso, como los inconvenientes de la estacion, el cabildo propuso en 1764 que el paseo se hiciera, no a caballo, sino en coches i calesas.

Voi a copiar la vista que el fiscal dió sobre la materia, porque contiene algunos datos curiosos.

"Señor presidente, gobernador i capitan jeneral. El oidor que hace oficio de fiscal, visto el pedimento del procurador jeneral de esta ciudad, con el testimonio del acuerdo de su cabildo, para que

(1) Gay, Agricultura en Chile, tomo 1.o, capítulo 22.

el paseo i acompañamiento del estandarte en la víspera i dia del glorioso patron i apóstol Santiago se haga en coches o calesas, i no a caballo, dice: que no habiendo lei ni estatuto para que el referido paseo i acompañamiento se haga precisamente a caballo, parece que se solemnizará mas la funcion en coches i calesas, verificándose del mejor modo que puede hacerse; pues, aunque en diversas capitales hai diversos estilos, parece que cada uno debe acomodarse a las circunstancias de su país, pues en la capital de Lima se ha hecho siempre a caballo, como en esta de Santiago, pero con la diferencia de que en Lima solo salen los tribunales, sin que se le precise a ningun vecino o encomendero a montar a caballo en la funcion, como lo ha visto el fiscal por espacio de veinte años, i en Buenos Aires salen todos en coches i calesas; pero en esta ciudad de Santiago, no solo salen los tribunales, sino tambien los vecinos i encomenderos, a quienes se les precisa por bando, i con multa, que se ha sacado muchas veces, para que salgan a caballo; i siendo los vecinos unos hacendados honrados, que mantienen sus obligaciones, casas i familias a fuerza de su trabajo, resulta que no alcanzándoles para salir con aquella decencia i lustre que corresponde a su nacimiento i distinguidas obligaciones, o por no parecer ménos que otros, unos se ausentan con anticipacion a sus haciendas, otros se disculpan por enfermos; i de este modo se desluce la funcion, que la hace célebre i pausible el concurso de todos. I saliendo en coches i calesas, como no se les aumenta gasto, ninguno se escusará a concurrir a la celebracion del patron, de donde resulta que no puede servir de ejemplo la capital de Lima en que no sale ningun vecino, ni se le precisa a ello; i ́si hubiéramos de

seguir su ejemplo, se habian de libertar de esta pension los vecinos de esta ciudad.

"Por las circunstancias de nuestro país, es mas adaptable el arbitrio del cabildo, porque la fiesta del glorioso patron Santiago en que sale el paseo i acompañamiento del estandarte es cuasi a fines del mes de julio, que es la estacion mas rigurosa del invierno, en que comunmente llueve, i están las calles llenas de lodo i barro; i cuando llueve, se ha hecho el paseo en coches i calesas, que es lo mismo que solicita esta ciudad en su acuerdo; i cuando no llueve, se ha hecho a caballo, pero con notable perjuicio del vencidario, porque salpicados del barro con el movimiento del caballo, malogran su vestido mui costoso, i jaez correspondiente; i no hai razon para precisarles a que salgan a caballo con tanto costo i perjuicio. De suerte que por la estacion del tiempo, no se puede hacer comparacion con otras capitales de la América en que no llueve, o es tiempo de primavera o verano.

"El que el acompañamiento se haga a caballo no puede tener respecto a que todos estén prevenidos de armas i caballo para una invasion de enemigos, segun lo mandado en la lei 8, título 9, libro 6 de Indias. Lo primero, porque esta lei habla con los encomenderos a quienes Su Majestad hace merced de los tributos de indios, i en recompensa deben estar prevenidos de armas i caballo para la guerra ofensiva i defensiva, pero no habla con los vecinos i moradores a quienes no ha concedido estas rentas. Lo segundo, porque los caballos, vestidos, jaeces i sillas con que se monta en el раseo del estandarte no son los que sirven para la guerra, pues son caballos de movimiento, que a pocas cuadras se fatigan, i no sirven mas que para estas funciones de lucimiento; i es cosa dura que a

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